Trabajo Social y Derechos Humanos en Chile. Sistematización de la trayectoria profesional 1973 - 2019
Social Work and Human Rights in Chile. Systematization of the professional trajectory
1973- 2019
Fecha recepción: abril 2024 / Fecha aceptación: mayo 2024
DOI: https://doi.org/10.51188/rrts.num31.841
ISSN en línea 0719-7721 / Licencia CC BY 4.0.
RUMBOS TS, año XIX, Nº 31, 2024. pp. 53-82
Patricia Castañeda Meneses
Doctora en Ciencias de la Educación, Universidad de Barcelona (España).
Trabajadora Social y Licenciada en Trabajo Social, Universidad de Valparaíso (Chile).
Académica, investigadora y sistematizadora de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad de Valparaíso (Chile).
https://orcid.org/0000-0002-4676-5872.
Ana María Salamé Coulon
Doctora en Ciencias de la Educación, Universidad de Barcelona (España).
Trabajadora Social, Pontificia Universidad Católica de Chile (Chile).
Coordinadora académica de la Red Chilena de Trabajo Social y Sistematización.
https://orcid.org/0000-0001-6650-7507
Resumen
El artículo presenta los resultados de una sistematización temática que tiene por objetivo caracterizar la trayectoria profesional en derechos humanos del Trabajo Social chileno entre los años 1973 y 2019, asumiendo los contextos sociohistóricos y los marcos institucionales como referentes del desempeño realizado. La trayectoria evidencia el profundo vínculo ético de la profesión con los derechos fundamentales y los permanentes esfuerzos realizados para avanzar en la noción de exigencia de los derechos de la población desde la dignidad y el reconocimiento.
Palabras clave
Derechos Humanos; institucionalidad en Derechos Humanos; Trabajo Social chileno; trayectoria profesional en Derechos Humanos; sistematización
Abstract
The article presents the results of a thematic systematization that aims to characterize the professional trajectory in human rights of Chilean Social Work between 1973 and 2019, assuming socio-historical contexts and institutional frameworks as benchmarks for performance. The trajectory shows the deep ethical link of the profession with fundamental rights and the permanent efforts made to advance the notion of the demand of the rights of the population from the dignity and recognition.
Keywords
Human Rights; Human Rights Institutions; Chilean Social Work; career in Human Rights; systematization
Antecedentes
Según Garretón (1978) el tema de los derechos humanos, fundado en la Declaración Universal proclamada por la Organización de las Naciones Unidas en 1948, fue considerado históricamente en Chile como un área de interés jurídico y una materia especializada del derecho internacional. Su resignificación como sistema de valores surge en forma imprevista con las violaciones masivas y sistemáticas a los derechos humanos cometidas por militares y grupos de civiles a partir del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, en el marco de una situación de excepción que suspendió el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía y quebrantó la tradición jurídica nacional. Sus principales expresiones durante el período dictatorial, que se extendió formalmente hasta el 11 de marzo de 1990, correspondieron a ejecuciones sumarias, detenciones arbitrarias, personas detenidas y desaparecidas o desaparición forzosa, prisión política, sepultaciones y exhumaciones ilegales, tortura, exilio, relegamientos, exoneraciones por razones políticas, amedrentamientos y allanamientos de viviendas, centros de estudio y lugares de reunión y trabajo (Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, 1992; Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, 2005).
Asimismo, se disolvió el Congreso Nacional, se prohibió toda actividad partidaria, se cancelaron las personalidades jurídicas de todos los partidos políticos y se confiscaron sus bienes patrimoniales; se restringió la actividad sindical y de las organizaciones comunitarias; se intervino a las universidades destituyendo a sus autoridades, expulsando a integrantes de los estamentos académico, funcionario y estudiantil, destruyendo fondos bibliográficos y decretando el cierre de carreras; se declaró interinos los cargos de la administración pública y se despidió a miles de funcionarios; se aplicó censura a los contenidos de medios de comunicación social y se clausuró a la prensa opositora; se organizaron organismos de inteligencia responsables de aplicar medidas represivas en el país y en el extranjero a disidentes del régimen y se aplicaron estados de sitio y estados de emergencia en todo el territorio nacional a lo largo del período. Todas estas medidas, conformaron una cotidianeidad marcada por el miedo y la incertidumbre que vulneró gravemente las garantías de la población nacional (Precht, 1978; Cavallo et al., 1988). Más tarde, la normalización democrática del país, iniciada en marzo de 1990, enfrentó la herencia de una sociedad traumatizada, que ha buscado durante las siguientes décadas resolver los temas pendientes respecto a derechos humanos, fortalecer su institucionalidad para evitar la ocurrencia de nuevos episodios y contar con mejores herramientas legales para enfrentar las situaciones de vulneración. Sin embargo, el año 2019 en el marco de una crisis política y social de carácter nacional, los derechos humanos volvieron a ser el tema central en las movilizaciones sucedidas en ese contexto, actualizando aprendizajes y acciones institucionales destinadas a ofrecer protección y garantías a la población; y demostrando la importancia central que han alcanzado como referente valórico en amplios sectores de la sociedad chilena.
Para Trabajo Social, los derechos humanos constituyen un compromiso permanente que se encuentra vinculado en forma directa con los contextos sociohistóricos que ha atravesado el país en las últimas cinco décadas y con los aprendizajes profesionales que han contribuido en la conformación de su repertorio especializado en la temática. Del mismo modo, la preocupación por el rescate de la memoria profesional, iniciada con motivo de la conmemoración de los 40 años del golpe de Estado (Castañeda y Salamé, 2013), representa una fecunda línea de trabajo basada en los derechos humanos, que ha sumado valiosos aportes de diversas autorías y perspectivas de análisis (Sánchez, 2023; Basualto, 2022; Castañeda y Salamé, 2022; Montecinos, 2022; Moyano, 2022; Letelier y Norambuena, 2021; Ciorino, 2021; Morales y Aceituno, 2020; Cáceres, 2015). En este marco, el objetivo del presente artículo corresponde a presentar los resultados de una sistematización temática que busca caracterizar la trayectoria profesional en derechos humanos de Trabajo Social en Chile entre los años 1973 y 2019, asumiendo los contextos sociohistóricos y los marcos institucionales como referentes del desempeño realizado.
Metodología
Se realizó una sistematización temática, entendida como un proceso de reflexión y análisis sobre un tema de interés colectivo de Trabajo Social, respecto del que se busca visibilizar los principales aprendizajes aportados por la experiencia, en vistas a generar nuevos conocimientos que fortalezcan el desempeño profesional (Castañeda, 2014). Con ese fin, se realizó una revisión documental de artículos académicos, registros profesionales, cuerpos legales, informes oficiales y documentos institucionales de diversas fuentes, los que permiten caracterizar el trazado de las contribuciones específicas realizadas por el desempeño de Trabajo Social en derechos humanos durante cinco décadas. Los núcleos de interés temático corresponden a los siguientes: acciones del Estado de Chile en la materia, instancias de protección de derechos humanos, conceptos claves y aprendizajes profesionales, los que son revisados desde las manifestaciones que asumen en los diversos contextos sociohistóricos sucedidos en el país, entre los años 1973 y 2019. Los procesos de análisis fueron organizados en consistencia con los referidos contextos y desarrollados desde una línea argumental que ofrece un relato integrado entre los núcleos de interés temático y los aportes específicos de Trabajo Social en la materia de derechos humanos. La validación de los resultados corresponde a triangulación temporal de cada núcleo temático por contexto sociohistórico analizado. Los resultados obtenidos del proceso de sistematización se exponen en detalle en el presente artículo, el que ha sido elaborado con fines de comunicación desde la modalidad de ensayo.
Resultados
Derechos Humanos, Trabajo Social y Dictadura cívico-militar
La primera respuesta institucional frente a las consecuencias directas del golpe de Estado en Chile fue la creación del Comité de Cooperación para la Paz en Chile, en octubre de 1973, organismo conocido como Comité Pro Paz. Esta iniciativa ecuménica aunó los esfuerzos de las Iglesias católica, luterana, metodista, metodista pentecostal, ortodoxa, bautista y la comunidad israelita, y contó con la representación del Consejo Mundial de Iglesias, la que aportó importantes fuentes de financiamiento a la iniciativa (Ahumada et al., 1989). Su organización se definió por departamentos (Comité Pro Paz, 1975; Miranda, 2012; Del Villar, 2018). El Departamento Asistencial estuvo a cargo de las respuestas inmediatas a los urgentes requerimientos asociados a las necesidades básicas de alimentación, vestuario y atención médica de familiares de personas detenidas desaparecidas, ejecutadas políticas o exoneradas, que habían perdido los ingresos del jefe de hogar como fuente de subsistencia. También entregaba atención psicosocial, orientación sociojurídica y acompañamiento en solicitudes de asilo político. El Departamento Penal gestionó recursos de amparo o habeas corpus para buscar proteger a personas detenidas arbitrariamente y realizó acciones de defensa en los Consejos de Guerra, y su Departamento Laboral entregó asistencia legal frente a despidos masivos. En el organismo también funcionaron Departamentos de Salud, Universitario, Campesino, Comedores Infantiles y de Reubicación en el extranjero, los que desplegaron apoyos a grupos sociales específicos afectados por la represión.
El Comité Pro Paz permaneció en funciones hasta noviembre de 1975, y durante sus dos años de trabajo los equipos interdisciplinarios bosquejaron las primeras acciones inéditas de protección y denuncia en derechos humanos que aportaron la impronta del trabajo especializado en la temática. En este espacio institucional, Trabajo Social alcanzaba a cuarenta profesionales en ejercicio, cuyos aprendizajes iniciales respecto del enfrentamiento social inédito de situaciones represivas demandaron respuestas urgentes, frente a las vidas en riesgo de las personas detenidas o desaparecidas y a las gestiones requeridas para asegurar la sobrevivencia y protección de sus familiares. Su modalidad de trabajo inicial fue atención de casos sociales para evaluación de apoyo asistencial y/o derivación a orientación legal, a la que sumó, durante su segundo año de desempeño, la asesoría grupal a familiares de personas detenidas, facilitando la organización de visitas a campos de detención en diversos lugares del país y las demandas colectivas por mejoras en las condiciones de reclusión. Los sistemas de registros y archivos de las atenciones se organizaban a partir de una ficha social que incluía nombre, fecha, problemas y solicitudes de cada persona afectada, información que sirvió de base para la identificación y estimación de las principales situaciones represivas que se presentaban en el país (Ahumada, et al., 1989). El aprendizaje profesional de esos años fue simbolizado por el concepto de solidaridad, que reconoció la importancia de la participación activa de las propias personas afectadas en la búsqueda de soluciones a sus problemas, junto con la condición integrada del trabajo con derechos humanos, que superaba una mirada acotada respecto de aquellos que parecen más esenciales para avanzar en la concepción de que la defensa de uno de ellos robustece a todo el conjunto (Comité Pro Paz, 1975).
Ante el cierre del Comité Pro Paz por presiones de la dictadura cívico-militar, la Iglesia católica chilena crea la Vicaría de la Solidaridad bajo la tutela del cardenal arzobispo de Santiago monseñor Raúl Silva Henríquez y fundada en el compromiso católico con la defensa de los derechos humanos declarado en las encíclicas papales Pacem in Terris, de 1963, y Populorum Progessio, de 1967, en el Concilio Vaticano II de 1965 y en la Pontificia Comisión de Justicia y Paz de 1974 (Vicaría de la Solidaridad, 1978a). Apoyada en los aprendizajes del Comité Pro Paz, también fue conocida como la Pastoral de la Solidaridad y su labor se organizó a partir de las áreas jurídica, social, asistencial y de comunicación (Vicaría de la Solidaridad, 1976a) y se expresó a través de programas de trabajo solidario, policlínicos, bolsas de cesantes, comedores infantiles, capacitación laboral, talleres de arpilleras y colonias urbanas (Vicaría de la Solidaridad, 1991). Esta iniciativa comenzó a ser replicada en las diversas diócesis del país apoyadas por Cáritas Chile y donativos internacionales de la Iglesia católica y de organismos de cooperación, con especial atención en las acciones asistenciales ligadas a comedores infantiles y policlínicos (Vicaría de la Solidaridad, 1976b). Estas acciones de la Iglesia católica chilena promovieron un Trabajo Social que se construyó desde una metodología que combinaba acciones aparentemente contradictorias, como lo era la entrega asistencial de recursos, la promoción de las organizaciones, la formación social, la capacitación laboral y la reflexión permanente en torno al trabajo realizado (Vicaría de la Solidaridad, 1991). Desde esta mirada integradora, que superaba diferencias entre acciones asistenciales y promocionales, se hizo posible el surgimiento de organizaciones desde las propias familias afectadas por las situaciones de represión, tales como la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, la Agrupación de Familiares de Presos Políticos, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, el Comité Pro Retorno de Exiliados y la Agrupación de Familiares de Relegados y Ex-Relegados, las que fueron acompañadas en sus procesos organizacionales por profesionales de Trabajo Social (Orellana y Quay, 1991).
En este marco y con ocasión de conmemorarse el año 1978 los treinta años de la Declaración de los Derechos Humanos, la Iglesia católica chilena declaró ese año en su homenaje y convocó a diversos encuentros nacionales y a un Simposio Internacional a realizarse entre los días 22 al 25 de noviembre en Santiago de Chile. En este marco, se sucedieron tres eventos que marcaron este año como significativo en el tema para el país. El primer evento correspondió a la denuncia anónima, recibida por un sacerdote, respecto a la existencia de restos humanos en una mina de cal abandonada en la comuna de Lonquén. Esta información fue investigada por la Vicaría de la Solidaridad y denunciada a los respectivos tribunales en fecha posterior al término del Simposio Internacional, para evitar interpretaciones de uso intencionado o malicioso del hallazgo. Las investigaciones posteriores establecieron la existencia de los restos de quince víctimas que se encontraban desaparecidas y que fueron asesinadas por agentes del Estado (Vicaría de la Solidaridad, 1978b; Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, 1992).
Un segundo evento correspondió a la dictación del Decreto Ley N°2.191, promulgado en abril de 1978, norma que concedió amnistía “a todas las personas que en calidad de autores, cómplices o encubridores hayan incurrido en hechos delictuoso durante la vigencia del Estado de Sitio, comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978” (Art.1); y en forma conjunta “a las personas que a la fecha de vigencia del presente decreto ley se encuentren condenadas por tribunales militares, con posterioridad al 11 de septiembre del 1973” (Art. 2). Con ello, la norma comprometió impunidad a los responsables de violaciones a los derechos humanos en el período posterior al golpe militar. El tercer evento fue el reconocimiento internacional con el premio Carter-Menil a la Vicaría de la Solidaridad por su valiosa labor en defensa de los derechos humanos, conferido por el Centro Carter de Atlanta, Estados Unidos (Valech, 1978). Estos tres sucesos marcaron la relevancia del tema a nivel nacional dentro de las organizaciones y personas comprometidas con la causa; aunque sucedieron de forma casi desapercibida para la opinión pública, debido a la férrea censura que afectaba a los medios de comunicación de la época y a la restringida circulación de información en los contextos universitarios, profesionales, políticos y sociales del país. No obstante, estos eventos validaron el tema de las violaciones a los derechos humanos, como una referencia que simbolizaba la impunidad y crudeza con que actuaba la acción represiva dictatorial.
Para Trabajo Social, los dolorosos aprendizajes profesionales atesorados en torno a la protección de los derechos humanos desde la Vicaría de la Solidaridad y desde diversas diócesis a lo largo del país, durante la década de 1970, se enriquecieron con la puesta en marcha de nuevos organismos dedicados a la tarea, tales como la Fundación de Ayuda Social de Iglesias Cristianas, FASIC, Servicio de Paz y Justicia, SERPAJ, Comisión Chilena de Derechos Humanos, Comisión Nacional Pro Derechos Juveniles, PRODEJU, Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia, PIDEE; y de diversos proyectos de acción social realizados por equipos de profesionales o agrupaciones sociales, que por lo general, integraron profesionales de Trabajo Social en sus equipos (Orellana y Quay, 1991). Las acciones que realizaron estos diversos organismos y agrupaciones contribuyeron a ampliar el concepto de derechos humanos desde la atención de los efectos directos de la represión, hacia aspectos relacionados con el deterioro de las condiciones de vida de la población que se sucedían en el marco de una economía nacional que se ajustaba traumáticamente al modelo de libre mercado.
En efecto, a fines de la década de 1970 e inicios de la década de 1980 se sucedieron una serie de crisis internacionales que afectaron directamente la implementación del nuevo modelo económico neoliberal impuesto por la dictadura, basado en la mantención de los equilibrios macroeconómicos, el fomento de las exportaciones y el traspaso de la gestión económica al sector privado. Esta situación trajo como consecuencia crisis económicas que se tradujeron en una disminución del 14,3% del Producto Interno Bruto, índice influido directamente por la quiebra de la industria nacional tradicional, la que a su vez empujó el desempleo al 24%, obligando a la población de menores ingresos a la búsqueda de estrategias de sobrevivencia frente al empobrecimiento de sus medios de vida y trabajo en un marco de represión permanente (Schkolnik y Teitelboim, 1988). En medio de esta angustiosa realidad, la cooperación internacional permitió la constitución de nuevas organizaciones, tales como el Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU, la Comisión Nacional contra la Tortura, la Asociación de Abogados de Presos Políticos, el Centro de Salud Mental y Derechos Humanos, CINTRAS, el Movimiento contra la Tortura Sebastián Acevedo, la Fundación para el Desarrollo de Aysén, la Fundación para el Desarrollo del Vicariato Apostólico de la Araucanía, junto con una serie de fundaciones comunales, regionales o interregionales que permitieron ampliar las acciones de apoyo solidario a nuevos grupos sociales y en las que Trabajo Social formó parte activa como integrante de sus equipos institucionales. Este conjunto de organismos y proyectos fueron definidos como organizaciones no gubernamentales, organizaciones solidarias u organizaciones alternativas, y estaban caracterizadas por su abierta oposición a la dictadura y por un manejo de recursos provenientes de diversas fuentes de financiamiento nacionales e internacionales que les otorgaba autonomía en el desarrollo de sus actividades (Orellana y Quay, 1991). Sus actividades se organizaban en torno a proyectos, cuyas formulaciones, informes de proceso y evaluaciones finales eran realizadas preferentemente por profesionales de Trabajo Social, en atención a su manejo especializado de la metodología de proyectos sociales (Castañeda, 2024).
Durante la década de 1980 y debido a las críticas condiciones económicas que enfrentaba el país, se realizaron una serie de protestas nacionales frente a las que la dictadura desarrolló una abierta represión, la que afectó principalmente a sectores poblacionales, sindicales, universitarios y a toda instancia que fuese considerada amenazante para el régimen, por estar vinculada a la actividad política clandestina. La tarea profesional en este contexto continuó acompañando la urgente demanda social en torno a necesidades básicas, por medio de iniciativas que permitieron aportar recursos directos y servicios esenciales a las personas, familias y organizaciones sociales. Pueden mencionarse, a modo de ilustración, la entrega de alimentos, el apoyo al funcionamiento de ollas comunes y comedores solidarios, la formación en oficios, la organización de bolsas de trabajo, confección de artesanías, arpilleras o tejidos, y entrega de insumos para producción agrícola de subsistencia; a las que se sumaban acciones informativas, socioeducativas, organizacionales, laborales y culturales que contribuyeron a ofrecer acciones sociales colectivas frente a los atropellos de los derechos humanos que se sucedían incansablemente en el país (Castañeda y Salamé, 2019).
Durante esa década, y a pesar de las fuertes restricciones vigentes para el desempeño profesional y para la atención de situaciones ligadas a la represión política, Trabajo Social comenzó a hacerse cargo, en forma incipiente en los centros de salud de atención primaria de la red pública, de los problemas de salud mental que afectaban a la población. Estos problemas eran derivados de las condiciones dictatoriales que se vivían en forma cotidiana y que ocasionaban traumas por situaciones de represión directa; o sentimientos de inseguridad, temor, incertidumbre, angustia, ansiedad y miedo en las personas y comunidades afectadas por persecución política. Estos sentimientos se expresaban reservadamente en un contexto de traumáticos eventos de connotación nacional, tales como crímenes políticos, atentados, crisis económica o desempleo. Con ello, Trabajo Social inicia su intervención en salud mental desde su condición de ser la única profesión de las ciencias sociales presente en los equipos de salud primaria en esos años y contar con el perfil de habilidades para asumir esta creciente demanda, dada la ausencia de profesionales especialistas en el sistema (Castañeda y Salamé, 2022).
Hasta el término formal de la dictadura, el 11 de marzo de 1990, las acciones profesionales de Trabajo Social en derechos humanos se caracterizaron por organizarse desde una primera respuesta de emergencia, asociada a la asistencialidad y a la defensa de la integridad de la vida personal y familiar de las personas atendidas, a la que se fueron sumando progresivamente acciones asociadas a la protección de las condiciones de vida de la población, a través de estrategias informativas, socioeducativas, capacitación, coordinación y testimoniales, las que se desarrollaron desde un espacio organizacional alternativo a la institucionalidad pública y en condiciones de denuncia, resistencia y persecución. Las prácticas históricas de la profesión, vinculadas al uso de registros escritos confidenciales de las situaciones sociales bajo su responsabilidad, contribuyeron a visibilizar la magnitud y sistematicidad de las violaciones que sucedían en el país y a orientar los ajustes requeridos en las técnicas de entrevista individual, entrevista grupal y en las acciones de educación grupal, que permitiera enfrentar profesionalmente la inédita situación de represión que afectaba a las víctimas (Lepe, 1987; Taibo, 1987). A pesar de que el trabajo de las organizaciones no gubernamentales se realizaba en territorios acotados, esta situación no operaba como límite rígido, ya que la acogida de las personas estaba asociada a la gravedad de los hechos que se denunciaban o a la solicitud de apoyo en condiciones de emergencia o de desamparo, independientemente del lugar de proveniencia, correspondiendo a Trabajo Social asumir la primera respuesta y orientar sobre el curso de acciones a seguir una vez realizada la contención inicial.
La acción profesional se caracterizó por sus condiciones de pluralismo y ecumenismo, permitiendo construir fuertes vínculos valóricos, éticos y políticos con la causa de los derechos humanos y una identidad transversal de oposición a la dictadura. Dada la autonomía económica, derivada de sus fuentes de financiamiento, y la ausencia de obligación de adscribirse a las políticas sociales vigentes, los procesos de intervención social de las organizaciones no gubernamentales, en las que Trabajo Social participaba, se basaron en los aportes de la educación popular y la educación de adultos, aplicados inicialmente durante la década de 1960, dando pie a explorar renovadas modalidades de convocatoria e implementación de proyectos sociales, con amplios rangos de experimentación e innovación. Las condiciones inéditas del trabajo realizado, los aprendizajes profesionales obtenidos y la responsabilidad de resguardarlos para enriquecer los procesos de un futuro democrático, impulsó la realización de experiencias de reflexión profesional y de sistematización a nivel de organizaciones y de colectivos (Martinic y Walker, 1988; Castañeda y Salamé, 2021).
La relación entre colegas de Trabajo Social para prestar apoyo en situaciones de riesgo vital, entregar recursos de emergencia o coordinar acciones conjuntas se realizaba exclusivamente entre pares pertenecientes a organizaciones no gubernamentales, no existiendo la posibilidad de concretar coordinaciones directas con servicios públicos, intendencias, gobernaciones o municipalidades; dado que, por una parte, era riesgoso para ambas partes realizar ese tipo de vinculaciones, debido al control ideológico, censura y delación que operaba en aquellos organismos y, por otra, debido a que los equipos profesionales del sector público eran identificados como representantes de la dictadura, y no como representantes del Estado, responsables de garantizar la protección y respeto de los derechos humanos de la población, generando en ocasiones resistencia o rechazo de las personas para solicitar su atención. La vinculación de Trabajo Social entre las organizaciones no gubernamentales y las universidades era inexistente, por lo que no se realizaban prácticas profesionales, proyectos de investigación ni proyectos de titulación en estos organismos, debido a la amenaza permanente de cierre de escuelas que representaba la intervención militar en la academia. En consecuencia, el Estado y las Universidades invisibilizaban el Trabajo Social realizado en defensa de los derechos humanos, siendo adjudicado desde el discurso oficial el estigma de constituir un trabajo político sin aportes relevantes para la profesión (Castañeda y Salamé, 2022).
Derechos Humanos, Trabajo Social, Transición y Democracia postdictadura
El proceso de transición democrática chilena se inició formalmente el 11 de marzo de 1990 y estuvo a cargo de la Concertación de Partidos por la Democracia. Esta coalición de fuerzas políticas de centro izquierda había vencido en el plebiscito de octubre de 1988 a las intenciones de la dictadura de extender su manejo del país por otros ocho años, y se impuso en las primeras elecciones democráticas para ocupar el cargo de presidente de la República y de representantes en las Cámaras de Senadores(as) y de Diputados(as) del Congreso Nacional, celebradas después de 17 años desde el golpe de Estado. Su candidato presidencial electo fue Patricio Aylwin Azócar, con un 55.7% de los sufragios, y su representación parlamentaria obtuvo el 51,49% de los votos (Biblioteca del Congreso Nacional BCN, 2023). Esta importante adhesión ciudadana no se reflejó directamente en la conformación de ambas Cámaras del Poder Legislativo, debido al sistema binominal fijado por la Constitución dictatorial de 1980, que impidió contar con mayorías relativas a la coalición de gobierno que permitieran hacerse cargo de las demandas del país con mayores rangos de libertad, debiendo forzar la búsqueda de consensos en las iniciativas legislativas, en lo que fue conocido como la política de los acuerdos (Martínez-Mejía y Cardoso-Ruiz, 2017). Asimismo, la normativa constitucional transitoria vigente permitió al dictador Augusto Pinochet Ugarte mantenerse en ejercicio como Comandante en Jefe del Ejército de Chile y, posteriormente, como senador vitalicio, lo que aportó tensiones permanentes a las relaciones del poder ejecutivo con el poder legislativo y las Fuerzas Armadas.
En este marco de funcionamiento institucional, las acciones realizadas por el gobierno en torno al tema de los derechos humanos fueron desde una posición de cautela y permanente negociación con las fuerzas opositoras, con el objetivo de mantener los frágiles equilibrios por los que el proceso transicional transitaba. La primera acción relevante en este tema, y que respondió al compromiso declarado en el respectivo programa de gobierno, fue la creación de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación cuyo propósito obedeció a contribuir al esclarecimiento global de la verdad sobre las más graves violaciones a los derechos humanos cometidas en los últimos años, sea en el país o en el extranjero, si estas últimas tienen relación con el Estado de Chile o con la vida política nacional, con el fin de colaborar a la reconciliación de todos los chilenos y sin perjuicio de los procedimientos judiciales a que puedan dar lugar tales hechos. (Decreto 355, 1990, Art. 1)
La Comisión estuvo a cargo del jurista Raúl Rettig Guissen y estuvo conformada por ocho integrantes, dentro de los que se encontraba la trabajadora social Mónica Jiménez de la Jara, quien poseía una importante trayectoria en el trabajo con derechos humanos en organizaciones no gubernamentales vinculadas a la Iglesia Católica chilena. La Comisión fue conocida como Comisión Rettig y su trabajo de recopilación de los antecedentes de violación de derechos humanos con resultado de muerte a lo largo del país, fue un proceso orientado a individualizar a las víctimas, recomendar medidas de reparación y reivindicación, junto con recomendar medidas de prevención de nuevos episodios. En este proceso participaron profesionales de Trabajo Social, aportando su manejo experto en documentación, registros y procesos de levantamiento de información en el entorno familiar (Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, 1992; Castañeda y Salamé, 2022). La información recopilada, revisada y actualizada posteriormente, permitió establecer un total de 3.195 personas víctimas durante el período dictatorial (Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, 1992).
Los resultados del Informe fueron presentados por el presidente Aylwin en un discurso oficial realizado el 4 de marzo de 1991 y transmitido por cadena nacional de medios de comunicación a todo el país. Ese discurso aportó dos hitos en el tema de los derechos humanos. El primero, fue la emotiva solicitud de perdón a los familiares de las víctimas que realizó el mandatario a nombre de la nación, situación que no fue emulada por las Fuerzas Armadas ni el Poder Judicial, instituciones directamente relacionadas con la ocurrencia e impunidad de los hechos informados. El segundo, fue la referencia a la búsqueda de la justicia y la verdad “en la medida de lo posible”, frase que simbolizó las dificultades estructurales a las que se enfrentaba la aplicación de justicia en derechos humanos en el país, y que con el paso del tiempo simbolizó los límites fácticos que instalaron diversos sectores de poder para evitar el avance de los procesos, junto con la decepción de la sociedad chilena respecto a la impunidad que gozaron los autores de crímenes de lesa humanidad, especialmente los uniformados de mayor rango militar.
A partir de esta constatación y reconocimiento oficial de las graves violaciones a los derechos humanos sucedidos en el país, se promulgó la Ley N°19.123 de 1992 que creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, cuyo propósito correspondió a la coordinación, ejecución y promoción de las acciones necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el respectivo Informe de la Comisión. Las medidas reparatorias legisladas correspondieron a pensión de reparación para familiares de las víctimas, beca de educación para hijos e hijas, exención del servicio militar obligatorio, prestaciones médicas y los beneficios del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud y Derechos Humanos (PRAIS), representando cada una de ellas oportunidades de intervención para Trabajo Social desde las tareas profesionales de información oportuna, gestión de beneficios e intervención psicosocial. La Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación finalizó sus funciones en 1996, y a partir de 1997 sus tareas fueron asumidas por el Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría del Interior del Ministerio de Interior (Decreto 1.005 del Ministerio del Interior).
En el año 1993 se dictó la Ley N°19.234, que estableció beneficios previsionales de abono de tiempo por gracia, pensión por transacción extrajudicial y pensión no contributiva a personas exoneradas por motivos políticos o actos de autoridad durante el período dictatorial, con plazo de expiración el 11 de agosto de 1994. Posteriormente, se dictó la Ley N°19.582 que otorgó un nuevo plazo para solicitar los beneficios entre el 1° de septiembre de 1998 y el 1° de septiembre de 1999. Finalmente, en el año 2003 se dictó la Ley N°19.881, que fijó un nuevo plazo entre 1° de julio del 2003 y 30 de junio del 2004.
En el mes de agosto del año 1999, y casi finalizado el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, se convocó a una Mesa de Diálogo en Derechos Humanos en la que participaron representantes de diversas instancias civiles, militares y religiosas, con el objetivo de avanzar en el esclarecimiento de la situación de las personas detenidas desaparecidas o afectadas de desaparición forzosa durante la dictadura, con especial atención a los posibles testimonios que pudiesen entregar las personas victimarias. Para buscar facilitar el proceso, la Ley N°19.687 del año 2000 estableció protección de identidad para quienes entregaran información sobre el paradero de las personas detenidas desaparecidas y obligación de reserva para quienes recibieran esta información. Como resultado del trabajo realizado, en el año 2001 las Fuerzas Armadas entregaron un listado sobre el destino final de 200 víctimas, información que fue remitida a la Corte Suprema por el nuevo presidente Ricardo Lagos Escobar, que había asumido el mandato en marzo del año 2000, quien solicitó avanzar en el esclarecimiento de la verdad de estos casos. Con ese fin se designaron Ministros en Visita, jueces especiales de dedicación exclusiva y jueces preferentes y se ordenó la reapertura de procesos judiciales.
En el año 2003, y también dentro de la administración Lagos, se creó la Comisión de Nacional sobre Prisión Política y Tortura por medio del Decreto Supremo N°1.040, conocida como Comisión Valech I, la que tuvo como propósito determinar las personas que sufrieron privación de libertad y torturas por razones políticas por agentes del Estado en el período dictatorial y recomendar las respectivas medidas de reparación. La Comisión quedó a cargo de monseñor Sergio Valech Aldunate como presidente y estuvo conformada por siete integrantes, entre las que se encontraba la trabajadora social María Luisa Sepúlveda Edwards, en calidad de vicepresidenta ejecutiva, quien había formado parte de los equipos profesionales del Comité Pro Paz y de la Vicaría de la Solidaridad. Durante los seis meses de trabajo directo en regiones y en la ciudad capital, los equipos de profesionales conformados por las áreas de Trabajo Social y Derecho recibieron los testimonios de 35.868 personas, junto con la documentación de respaldo solicitada, la que fue organizada en las respectivas fichas de registro, en vistas a la calificación de la situación dentro de los parámetros de la Comisión.
El trabajo desarrollado permitió reconocer la calidad de víctimas a 28.459 personas, que estuvieron un promedio de 180,1 días privadas de libertad. Asimismo, se identificaron como víctimas menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres. Los antecedentes recopilados permitieron identificar 1.132 recintos que fueron usados como lugares de detención en el país, los que correspondieron a locales deportivos y de organismos públicos, junto con dependencias de Carabineros, Policía de Investigaciones, Fuerzas Armadas, Dirección de Inteligencia Nacional y Central Nacional de Informaciones (Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, 2005).
Posteriormente, en el año 2004, se dictó la Ley N°19.992 que definió los beneficios para las víctimas reconocidas en el Informe, los que correspondieron a pensión de reparación, pensión de viudez, bonos económicos, derecho a gratuidad en las prestaciones médicas del programa PRAIS, apoyo técnico y rehabilitación física para superar lesiones físicas producto de prisión política o tortura, gratuidad en la continuidad de estudios para la víctima o un familiar directo en caso de no ser ocupada por el titular, beneficios en subsidios de vivienda, exención de cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio para parientes de la víctima hasta el cuarto grado de consanguinidad y eliminaciones de anotaciones prontuariales por condenas dictadas por tribunales militares en delitos definidos. En la misma ley, se estableció la reserva absoluta de la información respecto de los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas por un período de 50 años, a excepción del derecho de sus titulares (Art.15). Este este marco, la profesión contribuyó desde las tareas profesionales de información oportuna sobre los beneficios definidos, facilitando el acceso a los trámites respectivos.
Las recomendaciones realizadas por las Comisiones Nacionales sobre Reparación y Reconciliación y Prisión Política y Tortura sentaron las bases para el desarrollo de una institucionalidad que se hiciera cargo en forma permanente del tema de derechos humanos en el país. Así entonces, después de su respectivo proceso de tramitación, el año 2009 se dicta la Ley N°20.405 que crea el Instituto de Derechos Humanos (INDH), que tiene por objetivo la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile, establecidos en las normas constitucionales y legales; en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, así como los emanados de los principios generales del derecho, reconocidos por la comunidad internacional. (Art.1)
Para asegurar su autonomía, el Instituto es una Corporación Autónoma de Derecho Público, independiente de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y se financia con fondos públicos. En el marco de su creación, la Ley definió la creación de una Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, compuesta por los mismos integrantes de la Comisión definida por el Decreto Supremo N°1.040 del 2003, por lo que fue conocida como Comisión Valech II, siendo nuevamente su vicepresidenta ejecutiva la trabajadora social María Luisa Sepúlveda Edwards. El propósito de la Comisión estuvo asociado a la continuidad de los cometidos de la Comisión Rettig y Comisión Valech y como resultado de su trabajo se reconocieron 30 nuevos casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos y 9.795 nuevas víctimas de prisión política y tortura, lo que elevó a más de 40.000 el total de casos documentados de violaciones a los derechos humanos sucedidos en el período dictatorial (Informe de Comisión Valech II, 2011). Nuevamente, los procesos de levantamiento de testimonios, registros y organización de la información contaron con la valiosa participación de profesionales de Trabajo Social.
Otro importante avance en la institucionalidad nacional lo representa la Ley N°20.885 que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiendo de la cartera de Justicia. Esta nueva instancia permitió el traspaso del Programa de Derechos Humanos creado en 1997 desde la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública hacia el Ministerio de Justicia, cambiando como consecuencia la respectiva denominación ministerial a Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo, se han dictado cuerpos legales que contribuyen a fortalecer la normativa en derechos humanos en las materias de tipificación de crímenes de lesa humanidad y genocidio, y crímenes y delitos de guerra (Ley N°20.357), desaparición forzada de personas, (Ley N°20.377), tipificación de delitos de tortura y de tratos crueles, inhumanos y degradantes (Ley N°20.968), y sobre el mecanismo nacional de prevención contra la tortura y de tratos crueles, inhumanos y degradantes (Ley N°21.154). En el mismo sentido, la Ley N°20.960, del año 2016, que regula el derecho a sufragio de las personas chilenas en el extranjero en primarias presidenciales, elecciones presidenciales y plebiscitos, que hasta esa fecha estaban privadas de participar en actos electorales nacionales.
En septiembre de 2023, y con ocasión de conmemorarse los 50 años del golpe de Estado, el presidente de la República Gabriel Boric Font presentó el Plan Nacional de Búsqueda de personas detenidas desaparecidas. El Plan busca esclarecer las circunstancias de desaparición y/o muerte de las personas víctimas de desaparición forzada y su paradero. garantizar el acceso a la información y participación de familiares y la sociedad en los procesos de búsqueda e implementar medidas de reparación y garantías de no repetición (Decreto N°98 del Ministerio de Justicia).
Junto con este marco normativo institucional, desde donde se han abordado los problemas de las violaciones a los derechos humanos en el país, las organizaciones de derechos humanos han impulsado la creación de sitios de memoria que evocan formas de reparación simbólica de los crímenes de lesa humanidad realizados en dictadura. Estos sitios de memoria se inscriben en la Ley N°17.288 de 1970 sobre monumentos nacionales y se concretan a través de monumentos conmemorativos, placas recordatorias, memoriales, museos y museos de sitio, expresando una noción ciudadana de justicia simbólica para las víctimas de la dictadura, con el fin de aportar en la reflexión, educación discusión y debate sobre la protección de los derechos humanos y la promoción de valores democráticos (Del Valle, 2018). Particularmente, Trabajo Social cuenta con un memorial levantado por el Colegio Profesional, e inaugurado con ocasión de la conmemoración de los 40 años del golpe de Estado, que recuerda a 17 profesionales y estudiantes víctimas de desaparición forzosa y ejecución política durante la dictadura. El memorial se encuentra en el antiguo local de la Escuela de Servicio Social de la sede Santiago de la Universidad de Chile, ubicado en Calle Condell 343, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
En una sociedad que incorpora el tema de los derechos humanos en su quehacer institucional y teniendo presente que el espacio de desempeño preferencial de Trabajo Social corresponde a las políticas públicas, resultan relevantes los avances aportados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada el año 1993, la que propuso fortalecer las políticas públicas a partir de la incorporación progresiva del enfoque de derechos humanos en su diseño, implementación y evaluación. Este enfoque es entendido como la incorporación de los principios de igualdad y no discriminación, acceso a mecanismos de reclamos administrativos y judiciales, participación de la sociedad civil, y acceso y producción de información para el diseño de políticas y para el monitoreo de la gestión. El Estado debe facilitar su cumplimiento a través de un rol garante, por medio de las herramientas de gestión que tributan a la cadena de valor público, considerándose que a la fecha es un enfoque que se encuentra en sus etapas iniciales de implementación en Chile y donde sus mayores avances se encuentran presentes en las áreas de infancia, educación y salud mental, en donde Trabajo Social se desempeña en forma preferente (Espejo et al., 2019).
En ese mismo sentido, destaca la formalización de los avances en la materia por medio de normativas y guías técnicas que orientan el quehacer de Trabajo Social. Así entonces, en el área de infancia destaca la ratificación N°44/25 del año 1989 de la Organización de Naciones Unidas sobre el texto de las Convención de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, desde la base de los principios fundamentales de interés superior del niño o niña, no discriminación, respeto por su opinión y derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo. Esta ratificación, realizada por medio del Decreto N°830 del año 1990, que impulsó la presencia de los derechos humanos asociados al grupo de interés en las políticas públicas, debiendo ser ajustada en su oportunidad la normativa del Ministerio de Justicia a estas nuevas definiciones. A lo anterior se suma la Ley N°21.067 que crea la Defensoría de la Niñez, que tiene como propósito la difusión, promoción y protección de los derechos de los que son titulares los niños, niñas y adolescentes conforme la Constitución Política, la normativa chilena vigente y los Tratados y Convenciones Internacionales, velando en todo momento por su interés superior; y la Ley N°21.430 del año 2022, que crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, integrado por el conjunto de políticas, instituciones y normas destinadas a respetar, promover y proteger el desarrollo físico, mental, espiritual, moral cultural y social de los niños, niñas y adolescentes.
Asimismo, en diversas materias se han incluido progresivamente indicaciones que buscan entregar garantías a los derechos de las personas y que pasan a formar parte de los repertorios profesionales de Trabajo Social en sus tareas informativas y socioeducativas. Destacan la Ley N°19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo indígena y crea la Corporación de Desarrollo Indígena, CONADI, para velar por los derechos de los pueblos indígenas y garantizar el respeto de su integridad; la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores del año 1997, que fue refundida en el DFL 3 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo del año 2019, que designa al Servicio Nacional de Consumidor, SERNAC, como organismo responsable de la protección efectiva de dichos derechos; la Ley N°20.422 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social para personas con discapacidad; la Ley N°20.584, del año 2012, sobre Derechos y Deberes de las personas en su atención en salud, que cautela la atención oportuna y no discriminatoria de la población en la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud; la Ley N°20.609, del año 2012, conocida como Ley Zamudio, que establece Medidas contra la Discriminación Arbitraria; la Ley N°20.820, del año 2015, que crea el Ministerio de la Mujer y de Equidad de Género, con el fin de promover la equidad de género, la igualdad de derechos y procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres; y la promulgación del Decreto N°162, del año 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, para contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
En el ámbito de la formación profesional, una vez producido el retorno a la democracia, las escuelas de Trabajo Social del país comenzaron a integrar en forma progresiva en sus planes de estudios los contenidos asociados a los derechos humanos, valorizando los aprendizajes de la etapa dictatorial como nuevos referentes que llegaron a fortalecer los principios éticos desplegados en los desempeños profesionales (Castañeda y Salamé, 2011; Duarte, 2014). Lo anterior se vio confirmado con la Declaración de la Federación Internacional de Trabajo Social, que validó definitivamente su formulación como fundamentos éticos, al reconocer los derechos humanos, la justicia social, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad como principios de la profesión (International Federation of Social Workers IFSW, 2014).
En el marco de las iniciativas revisadas, queda de manifiesto que Trabajo Social ha mantenido una relación significativa con el tema de los derechos humanos a través de las décadas, avanzando desde los aspectos de protección y defensa frente a las violaciones sucedidas durante la dictadura cívico-militar, hacia la colaboración con las demandas de verdad, reparación integral y garantías de no repetición que emergen con el retorno a la democracia. Su aporte ha sido reconocido por medio de la incorporación de profesionales destacadas en la defensa de los derechos humanos en dictadura, como integrantes de las Comisiones responsables de avanzar en los temas de Verdad, Reconciliación, Tortura y Prisión Política; y en la participación directa como equipos profesionales en los procesos de levantamiento de información, organización de los sistemas de registros, entrega de información oportuna y gestión de beneficios, lo que ha permitido evidenciar un compromiso directo con el respeto a la dignidad de la persona humana y su derecho a una vida libre de discriminación y violencia. No obstante, a pesar de los esfuerzos desplegados por la sociedad en general, y por Trabajo Social en particular, la deuda con los familiares de las víctimas y con la memoria histórica del país en torno a obtener Verdad y Justicia por las violaciones a los derechos humanos sucedidos en Chile en la época dictatorial, se mantiene aún pendiente.
Desde la perspectiva normativa, a través de las décadas de 1990 a 2010, la adscripción del Estado de Chile a diversas Declaraciones y Convenciones Internacionales, sumados a los aprendizajes país en torno al tema de los derechos humanos, se han traducido en cuerpos legales que buscan perfeccionar su protección y resguardo. Sin embargo, en el marco de un modelo económico de mercado, que define al Estado desde un rol subsidiario, la noción de políticas públicas con enfoque de derechos humanos, y la condición garante respecto de su cumplimiento, es una brecha que afecta directamente el desempeño profesional de Trabajo Social, en tanto impide resignificar las necesidades humanas como derechos exigibles desde la dignidad y el reconocimiento, debiendo realizar su atención desde criterios tecnocráticos que los evalúan como carencias o demandas insatisfechas. Dado que la profesión busca proteger los derechos humanos de la población en condiciones de igualdad y no discriminación y considerando medidas especiales para la protección de grupos que han sufrido discriminación estructural, como mujeres, niñez, pueblos indígenas, personas en situación de discapacidad, personas mayores o disidencias sexuales, se ha constatado que la focalización de beneficios, el cumplimiento de los requisitos de postulación y renovación, y la estandarización de procedimientos bajo responsabilidad profesional enfrentan el riesgo de constituirse en condiciones de asimetría social o desventaja territorial, generando exclusiones que vulneran las garantías de igualdad, accesibilidad y no discriminación que deben ser resguardadas.
Trabajo Social, Derechos Humanos y crisis política y social del 2019
La crisis política y social del año 2019, conocida también como estallido social o revuelta social, tiene sus antecedentes en una serie de manifestaciones que se realizaron en la ciudad de Santiago de Chile en protesta por el alza del precio del pasaje en el transporte público, anunciada por las autoridades el día 4 de octubre. Siguiendo la cronología de hechos descrita por el Instituto de Derechos Humanos (INDH, 2019), los primeros incidentes correspondieron a evasiones masivas en distintas estaciones del Metro, realizadas por estudiantes secundarios a contar de la fecha señalada, las que fueron subiendo de intensidad a lo largo de los días, obligando en ocasiones a interrumpir temporalmente los servicios, ocasionando el cierre parcial o total de estaciones. Finalmente, el día 18 de octubre en circunstancias de abierta conflictividad urbana, se producen enfrentamientos entre manifestantes y las fuerzas de orden público con el consiguiente cierre preventivo de estaciones. Esta situación escala en expresiones de violencia, culminando con la quema total de 10 estaciones del Metro y con 69 estaciones con daños estructurales, a las que se suman 8 trenes dañados, lo que obliga al cierre total de la red. Esa misma noche el gobierno del presidente Sebastián Piñera Echeñique decreta estado constitucional de emergencia en la Región Metropolitana, autorizando la salida de las fuerzas militares para apoyar el control del orden público. Al día siguiente, la situación de crisis política y social se extiende a todo el país, como así también las medidas de excepción constitucional.
La protesta social y la inestabilidad institucional se extendió durante las semanas siguientes, empujando la pronta legislación de medidas en materias sociales, las que sin embargo no calmaron el malestar social que se expresaba en las calles. Así entonces, el 15 de noviembre y en forma posterior a violentas jornadas de protesta sucedidas en diversas ciudades del país, se alcanza el Acuerdo Nacional por la Paz Social y Nueva Constitución, salida institucional firmada por la mayoría de las fuerzas políticas con representación en el parlamento, que convocó a la ciudadanía a un plebiscito para decidir sobre la necesidad de formular una nueva Constitución o de confirmar la vigente, que data del año 1980 y cuyo texto original, de autoría de la dictadura cívico-militar, ha sido reformado en diversas materias y oportunidades. En el caso de aprobarse la primera opción, se debía definir el órgano que debiera redactar el nuevo texto, presentándose como opciones una Convención Mixta Constitucional o una Convención Constitucional. Si bien este Acuerdo no finalizó inmediatamente el clima de crisis política y social que se extendió en el país hasta el mes de marzo del 2020, fue un hito relevante que contribuyó a aportar una ruta de salida institucional al conflicto y un progresivo descenso de los episodios de violencia en el país.
En este marco, el Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos declaró la existencia de graves y numerosas violaciones a los derechos humanos que afectaron el derecho a la vida y a la integridad personal, el derecho a la libertad personal y seguridad individual, los derechos de niños, niñas y adolescentes, y el derecho de los defensores y defensoras de derechos humanos. Al 30 de noviembre del año 2019, el INDH había presentado 6 querellas por homicidio, 12 querellas por homicidio frustrado, 476 querellas por torturas y tratos crueles de 568 víctimas; 135 víctimas por violencia sexual como tortura. Se catastraron 3.442 personas heridas ingresadas en centros asistenciales, 1.980 lesiones por armas de fuego, 87 niños y niñas con heridas de armas de fuego y 347 heridas oculares, entre las que se cuentan estallidos del globo ocular, pérdidas de visión por trauma ocular irreversible y traumas oculares; y acciones de represión a personal de salud, periodistas y voluntarios de primeros auxilios. Se corrobora el uso indebido e indiscriminado de químicos lacrimógenos, carros lanza agua y escopetas antidisturbios por parte de las fuerzas de orden público. A la luz de esta información, el INDH definió la situación como “la más grave crisis en materia de derechos humanos que el país ha vivido desde la recuperación de la democracia” (INDH, 2019, p.74).
Un año más tarde, el Ministerio del Interior y Seguridad Ciudadana presentó las cifras oficiales de la cartera en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara del Senado (2020). Según sus antecedentes, entre el 18 de octubre y el 30 de marzo del 2020 se registraron 2.904 eventos graves vinculados a incendios, saqueos, destrucción de la propiedad pública y privada; junto con 25.558 detenciones por desórdenes, saqueos y quebrantamiento del toque de queda. En base a los registros de atenciones en establecimientos de salud del país, se reportaron 11.180 personas lesionadas, de las cuales, un total de 3.443 fueron lesionadas por agentes del Estado. Siete personas resultaron fallecidas, siendo las circunstancias de los decesos investigadas por el Ministerio Público. Asimismo, se informó de cinco mil funcionarios(as) de Carabineros con lesiones. Se reportaron 347 lesiones oculares graves, con cinco casos de ceguera irreversible. La autoridad informó de 663 investigaciones sumarias administrativas y 451 sumarios administrativos respecto a la forma en que se ejerció el orden público, dando origen a 1.270 procesos indagatorios que culminaron con sanciones a 17 carabineros, de los cuáles 16 fueron desvinculados. El Ministerio Público presentó 1.230 querellas y el INDH presentó 2.500 querellas por las mismas causales (Comisión Derechos Humanos, Senado de la República, 2020).
Para Trabajo Social la situación fue considerada gravísima y a través de una Declaración Pública del Colegio Profesional de Trabajadores Sociales y Trabajadoras Sociales de Chile (Octubre, 2019) rechazó enérgicamente tanto los hechos delictuales como saqueos, incendios y destrozos a la propiedad pública y privada, como la intervención militar que ha incrementado la indignación de la ciudadanía, expresada en el número creciente de quienes salen a expresarse en concentraciones y marchas de protesta recordando en el comunicado en forma explícita los fundamentos de la acción profesional en torno al respeto irrestricto a la justicia social, a la defensa de los derechos humanos y al apoyo permanente a los sectores sociales más vulnerables de la sociedad. Asimismo, la Comisión de Derechos Humanos de la Provincial Santiago del organismo gremial emitió una Declaración Pública en diciembre del 2019 en que manifestó su apoyo “a todas las iniciativas que busquen la Verdad, la Reparación y la Justicia para todas las víctimas, poniéndonos a disposición para ello desde nuestro Colegio y en todas las organizaciones e instituciones en las cuales trabajamos”.
La crisis política y social de octubre del año 2019 actualizó la situación de violaciones de derechos humanos que marca la historia del país en general, y la historia de la profesión en particular, a partir de los dolorosos eventos sucedidos durante la dictadura cívico militar. El riesgo de quebrantamiento del Estado de Derecho, la pérdida de las certezas en el funcionamiento institucional y la necesidad de acoger a la población en medio del riesgo generado en la vida e integridad personal, por enfrentamientos con las fuerzas de orden, desplazamientos inseguros de personas o vehículos, y acciones de violencia urbana y rural, tales como saqueos, incendios, destrozo de espacios públicos o uso de armas de fuego, puede considerarse la primera situación de orden nacional en que se puso a prueba la trayectoria profesional en derechos humanos, conformada a lo largo de las décadas recientes y basada en la legitimidad de los marcos normativos y de las políticas públicas que respaldan sus desempeños.
Así entonces, los aprendizajes históricos de Trabajo Social se expresaron de manera inmediata frente a la situación de crisis que atravesaba el país. Como primera respuesta, la práctica de registros de denuncia de las situaciones de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura fue restablecida desde los diversos contextos laborales, pasando a constituirse en el marco de trabajo que orientó los sistemas de información, desde donde la tecnología y las redes sociales amplificaron las audiencias de las experiencias y relatos de denuncia pública realizadas por las víctimas de la violencia estatal (Letelier y Norambuena, 2021). La presentación de recursos de amparo, orientación a víctimas, coordinación para la instalación de lugares de atención de personas heridas en manifestaciones sociales, el acompañamiento a la organización social a través de la celebración de cabildos ciudadanos, reuniones de emergencia y la puesta en marcha de ollas comunes, junto con la perseverancia de mantener el funcionamiento regular de los servicios y atenciones comprometidos a las personas usuarias en organismos públicos y colaboradores del Estado, representan los esfuerzos de Trabajo Social por contribuir en la defensa de los derechos humanos de la población en un marco de profunda inestabilidad institucional y violencia callejera. A diferencia de la etapa dictatorial, estas actividades convocaron a la acción gremial, al desempeño profesional y a la academia en forma conjunta.
Reflexiones Finales
Para Trabajo Social, los desempeños distintivos en torno a los derechos humanos se constituyen a partir de los aprendizajes profesionales obtenidos a lo largo de cinco décadas, en un trazado que se inicia con el golpe de Estado del año 1973 y se actualiza con la crisis política y social del año 2019. A pesar de los temas que quedaron pendientes, debido a una justicia transicional implementada en la medida de lo posible, el país y la profesión han buscado avanzar en la protección de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal y a la seguridad individual en una aspiración permanente por proveer garantías a la dignidad humana y el bienestar social, y promover cambios estructurales en las relaciones hegemónicas de poder y en la distribución de los recursos en la sociedad chilena (Cubillos-Vega, 2019). Como hitos intermedios, constitutivos de esta trayectoria, se inscriben los episodios particulares de vulneraciones que han afectado a personas o grupos específicos en diversas situaciones sociales; junto con las medidas de excepción constitucional decretadas con ocasión de desastres naturales, catástrofes, violencia rural en la macrozona sur y emergencia sanitaria por COVID-19, las que constituyen medidas que han buscado garantizar la seguridad y el orden público frente a acontecimientos considerados de calamidad o alarma nacional, y que han sido seguidos con atención por el colectivo profesional, con el fin de prevenir excesos y denunciar oportunamente vulneraciones a los derechos fundamentales de la población.
Frente al tema de derechos humanos en el país, los repertorios de Trabajo Social se han visto fortalecidos desde su contribución a la protección y promoción de derechos, junto con su participación en las medidas de reparación correspondientes a restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, aplicadas en diversas iniciativas y programas, cautelando el cumplimiento de marcos de respeto a las particularidades culturales y sociales de las víctimas (Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, 2022). En esta contribución profesional, se valora la legitimidad que poseen los cometidos de Trabajo Social en la población y la oportunidad que representan sus acciones especializadas, asociadas a la orientación social y a la entrega de contenidos socioeducativos, dada su importante función de educación en derechos humanos desplegada en los diversos grupos sociales con los que se desempeña.
Desde la perspectiva de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos, se constituye en un marco normativo de la acción profesional que se encuentra en pleno proceso de conformación. En consecuencia, no está exento de las tensiones derivadas de la condición subsidiaria que caracteriza el Estado chileno y que se traduce en el aseguramiento de garantías mínimas en las coberturas y accesibilidad de los derechos sociales en grupos focalizados, lo que se contrapone con la noción universal a la que se adscriben los derechos humanos. Para Trabajo Social, el enfoque de derechos humanos en las políticas públicas es una perspectiva que interpela su rol profesional como garante de derechos, conforme lo definido por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura,UNESCO (2023) en relación a la responsabilidad de respetar, promover y garantizar el ejercicio de los derechos humanos que compete a los equipos de trabajo de las reparticiones públicas. Su mayor desafío profesional, en este sentido, es transformar la concepción de las necesidades humanas desde una perspectiva asistencial subsidiaria hacia la noción de exigencia desde la dignidad y el reconocimiento, junto con redefinir la concepción de persona beneficiaria a la noción de sujeto de derechos. A partir de los contenidos revisados, se propone el siguiente cuadro síntesis que permite presentar los aprendizajes profesionales en derechos humanos y los contextos sociohistóricos que les dan origen.
Tabla 1
Síntesis trayectoria Trabajo Social y Derechos Humanos en Chile 1973-2019
Contexto sociohistórico |
Acciones del Estado de Chile |
Instancias de protección a los derechos humanos |
Conceptos claves |
Aprendizajes profesionales de Trabajo Social |
Dictadura cívico militar |
Violaciones a los derechos humanos. Ausencia de institucionalidad vinculada a los derechos humanos a nivel nacional. |
Iglesias. Embajadas. Organizaciones No Gubernamentales. |
Solidaridad |
Protección a la vida. Asistencialidad en torno a necesidades básicas. Promoción de la organización social frente a las acciones de represión. Desarrollo de sistemas de registros especializados para la calificación de violaciones a los derechos humanos. |
Transición a la democracia |
Esclarecimiento, reparación y reivindicación de violaciones a los derechos humanos y prevención de nuevos eventos. |
Medidas reparatorias a familiares de las víctimas. Creación de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Creación del Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría del Interior del Ministerio de Interior. |
Reparación |
Individualización de víctimas. Desarrollo de sistemas de registros especializados para la calificación de situaciones de violación a los derechos humanos. Recomendación de medidas de reparación, reivindicación y prevención. Orientación social y gestión de beneficios. Contribución al rescate de la memoria histórica nacional. |
Democracia post dictadura |
Desarrollo de la institucionalidad a nivel nacional para el reconocimiento, protección, entrega de garantías y educación en derechos humanos. |
Instituto de Derechos Humanos. Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Políticas Públicas con enfoque en derechos humanos. |
Conformación del rol garante de derechos |
Reconocimiento de los derechos humanos como principio fundamental del desempeño profesional. Redefinición de la concepción de persona beneficiaria como sujeto de derechos. Contribución al rescate de la memoria histórica profesional. |
Crisis política y social año 2019 |
Violaciones a los derechos humanos. Existencia de institucionalidad vinculada a los derechos humanos a nivel nacional. |
Instituto de Derechos Humanos. Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Políticas Públicas con enfoque en derechos humanos. Observadores internacionales de derechos humanos. |
Medidas de reparación: restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición |
Individualización de víctimas. Orientación social frente a violaciones de derechos humanos. Denuncia pública. Promoción de la organización social frente a necesidades básicas y acciones represivas. Contribución profesional al funcionamiento institucional bajo condiciones de excepción. |
Fuente: Elaboración propia
Finalmente, se constata que el análisis de la trayectoria de la profesión en el tema de derechos humanos, a lo largo de los contextos sociohistóricos nacionales revisados, evidencia el profundo vínculo que une a Trabajo Social con la defensa de los derechos fundamentales, experiencia que ha fortalecido el marco ético en que se inscribe su desempeño y ha sostenido su permanente compromiso con las garantías fundamentales de la población. Con ello, la profesión se compromete a su resguardo y reconocimiento a todo evento, asumiendo que la expresión de nuevas demandas y necesidades sociales de la población representan oportunidades para nuevas resignificaciones de los derechos humanos, que contribuyen a su permanente perfeccionamiento.
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