Estudios carcelarios latino americanos de adultos mayores privados de libertad. Análisis comparativo de cinco estudios
Latin american prison studies of elderly inmates.
A comparative analysis of five studies
Fecha recepción: septiembre 2024 / Fecha aceptación: octubre 2024
DOI: https://doi.org/10.51188/rrts.num33.776
ISSN en línea 0719-7721 / Licencia CC BY 4.0.
RUMBOS TS, año XIX, Nº 33, 2024. pp. 7-38
Johanna Corrine Slootweg
Antropóloga Cultural, Doctora en Antropología de la Universidad de Tarapacá y la Universidad Católica del Norte, Chile. Actualmente se empeña como investigadora asociada del Instituto de Estudios Culturales y Territoriales (IECyT) del Centro de Vinculación, Universidad Arturo Prat,
https://www.orcid.org/0000-0001-5307-8758
Miguel Ángel Mansilla–Agüero
Sociólogo, Doctor en Antropología de la Universidad de Tarapacá y la Universidad Católica del Norte, Chile. Actualmente es académico de la Universidad Arturo Prat, Iquique y director del Instituto de Estudios Culturales y Territoriales (IECyT) del Centro de Vinculación Universidad Arturo Prat, Victoria. Actualmente trabaja como Investigador Responsable en el Proyecto Fondecyt Regular Nº1211321 “Redes Provisorias de Esperanza: Las comunidades Evangélicas como redes sociales (trans)fronterizas para los aymaras y quechuas detenidos y condenados por tráfico de estupefacientes en el Norte Grande de Chile (2005-2024)”.
https://www.orcid.org/0000-0001-5684-0787
Resumen
El objetivo principal de este artículo es la comparación de visiones académicas de cinco estudios latinoamericanos sobre el adulto mayor encarcelado; Asimismo, evaluar el aporte de los distintos estudios a la elaboración de políticas públicas carcelarias para el adulto mayor privado de libertad. Como es un tema emergente, y hasta ahora poco abordado en el continente latinoamericano y caribeño, se analizaron los únicos estudios disponibles en la región. Cinco estudios en total. Dos de ellos son estudios chilenos, el primero del derecho comparado de Maldonado; el segundo, una tesis de licenciatura en trabajo social de Negrete y Reyes; dos estudios etnográficos de recintos carcelarios, uno de México, de Ramírez y otro colombiano, de Abuanza, y finalmente un último estudio de Argentina, de tipo de revisión de fuentes documentales de Basotti. Se presentan opiniones diferentes de la temática del adulto mayor privado de libertad desde los principios del derecho penal o del derecho internacional, en torno a conceptos de solidaridad y dignidad. Se discutirán las perspectivas teóricas de los estudios etnográficos desde la antropología y psicología que reflejan realidades nacionales distintas y comportamientos de los adultos mayores privadas de libertad diferentes. Se enfatiza la ausencia y la necesidad de políticas públicas especiales para el adulto mayor privada de libertad de realidades nacionales de Chile, México, Colombia y Argentina.
Palabras clave
Adulto mayor recluso; derecho internacional; legislación nacional; discriminación; políticas públicas
Abstract
The main objective of this article is to compare academic views on incarcerated older adults from five Latin American studies and to evaluate the contribution of the different studies to the development of prison public policies for older adults deprived of liberty. As this is an emerging issue and so far little addressed in Latin America and the Caribbean, the only studies available in the region were analyzed. There are five studies in total. Two of them are Chilean studies, the first of comparative law by Maldonado; the second, a graduate thesis in social work by Negrete and Reyes; two ethnographic studies of prisons, one from Mexico, by Ramirez and the other from Colombia, by Abuanza, and finally a last study from Argentina, a review of documentary sources by Basotti. Different opinions are presented on the subject of the elderly deprived of liberty from the principles of criminal law or international law, based on concepts of solidarity and dignity. Theoretical perspectives of ethnographic studies from anthropology and psychology that reflect different national realities and behaviors of older adults deprived of liberty will be discussed. The absence and the need for special public policies for older adults deprived of liberty in the national realities of Chile, Mexico, Colombia and Argentina will be emphasized.
Keywords
Elderly prison inmates; international rights; national legislation; discrimination; public policies
Introducción
En este artículo se presenta un análisis descriptivo y comparativo de cómo el tema del adulto mayor privado de libertad es abordado en cinco estudios distintos, dos del contexto nacional chileno, el tercero y el cuarto son etnografías carcelarias del adulto mayor en recintos penitenciarios mexicanos y colombianos respectivamente, y el último, un estudio de fuentes secundarias sobre la temática del adulto mayor privado de libertad de una autora argentina. El primer estudio, chileno, trata desde el punto de vista del derecho comparado la temática de las políticas carcelarias para el adulto mayor privado de libertad, presentado por un especialista en el derecho penal que ocupa una metodología de fuentes documentales (Maldonado, 2019). El segundo estudio, chileno también, es un estudio exploratorio desde la disciplina del trabajo social realizado con técnicas etnográficas de entrevistas semiestructuradas combinados con un análisis de historias de vida y entrevistas grupales focus group (Negrete y Reyes, 2018) de la población femenina de adultas mayores de la cárcel femenina de San Joaquín, Santiago. El estudio mexicano es una investigación etnográfica que se enfoca principalmente en el concepto del adulto mayor institucionalizado, presentado por un especialista en estudios poblacionales y demográfícos (Ramírez, 2009). Se trata de una investigación con metodología cualitativa y técnicas de entrevistas en profundidad aplicadas en el centro penitenciario de Santiaguito (‘Almoloita’), ubicada en la ciudad de Toluca, en el estado de México. El estudio de Colombia es realizado desde los enfoques de legislación nacional e internacional de los derechos de los adultos mayores y de los adultos mayores privados de libertad. Se trata de una investigación etnográfica combinada con una revisión de fuentes secundarias y una metodología cuantitativa, en forma de aplicación de encuestas, realizado por un equipo interdisciplinario de abogados, psicólogos y sociólogos (Abaunza et al., 2014). Esta investigación es realizada con el apoyo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) en Establecimientos Penitenciarios de Medellín, Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Cúcuta, Establecimiento de Reclusión Especial Bucaramanga, Complejo Carcelario y Penitenciario de Jamundí, Establecimiento de Reclusión Especial de Cali, Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué-Picaleña, Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá, Establecimiento Penitenciarios de Acacias, Centro de Reclusión de Mujeres Bogotá y Centro de Reclusión de Mujeres de Medellín. Finalmente, el estudio de Argentina es realizado por una licenciada en trabajo social con un Magister en Ciencias Penales, Basotti (2022), y al igual que el estudio de Maldonado (Chile) es de tipo de investigación de fuentes secundarias.
Planteamiento del problema:
Aunque a nivel mundial en la legislación internacional se ha abordado la problemática de la defensa de los derechos del adulto mayor, la legislación internacional que garantiza y vigila los derechos del adulto mayor privado de libertad son de data reciente, es decir, de las primeras décadas de este siglo. En el continente latinoamericano, leyes, decretos o disposiciones que regulan la materia de los ancianos/ancianas prisioneros son escasas y de aparición reciente. La relevancia social de la temática del adulto mayor privado de libertad está dado, por un lado, por parte de las políticas públicas carcelarias en cuanto a los pronósticos de aumento de la cantidad de población carcelaria de edades de mayores de 60-65 años. Esto, debido a políticas punitivas internacionales endurecidas y el envejecimiento de la población penitenciaria, considerando, además, la poca preparación de las instituciones carcelarias en cuanto a infraestructura, prestación de servicios y personal penitenciario (gendarmes, médicos, psicólogos, asistentes sociales, etc.) necesarios para atender a este grupo, que será cada vez más numeroso en el futuro. Por otro lado, la preocupación por el adulto mayor (o la adulta mayor) privado de libertad obedece a la necesidad de vigilar que se cumplan los estándares de derechos humanos establecidos por la legislación internacional en situaciones de extrema vulnerabilidad, como es la del encierro en instituciones penitenciarias. En las últimas dos décadas, en Europa y los Estados Unidos, también se ha presentado una producción de estudios carcelarios sobre el adulto mayor, pero su cantidad ha sido más abundante. Todo lo anterior, indica que existe una necesidad de que se hagan, desde distintas disciplinas científicas, diagnósticos de la realidad cotidiana de los adultos mayores presos en el continente de Centro- y Latinoamérica. En el marco de esta inquietud hemos analizado las contribuciones de los escasos estudios disponibles en este continente.
En este artículo nos planteamos los siguientes interrogantes:
¿Cuál es el aporte de los estudios mencionados anteriormente en el ámbito académico, en lo teórico, metodológico y epistemológico, de los incipientes estudios sobre el adulto mayor privado de libertad en el continente de Centro- y Latinoamérica?
¿Cómo estos estudios son útiles para el diseño de estrategias de políticas públicas para el adulto mayor privado de libertad de Centro y Latinoamérica?
Metodología
Se optó por la metodología de la revisión bibliográfica de cinco estudios de Centro-y Latinoamérica. Esta investigación tiene un carácter exploratorio. Con respecto a la habitual motivación de la selección de la muestra, podemos aclarar que en este caso, no se realizó una selección propiamente tal, por los siguientes motivos: en el continente de Latinoamérica y del Caribe el tema del adulto mayor encarcelado es de emergencia reciente, de las últimas dos décadas de este siglo, pero de tal manera que la escasez de publicaciones al respecto implicaba que los estudios anteriormente mencionados fueron los únicos disponibles hasta la fecha en la región.
No obstante esta desventaja inicial, se optó por considerar en el análisis la totalidad de los cinco estudios disponibles, porque se presentan desde disciplinas muy distintas, como el derecho, la antropología, la sociología, la psicología y el trabajo social, ya que la investigación de las realidades carcelarias es de tal complejidad que se beneficia del enfoque interdisciplinario.
El muy reducido número de estudios sobre el adulto mayor encarcelado en la región, nos llevó también a comparar trabajos, no solamente de diversas disciplinas, sino obligatoriamente también de diversos niveles académicos, desde las tesis de la licenciatura hasta de los profesionales con trayectoria mayor, con títulos de doctorado y de formación de post-doctorado trabajando en centros e instituciones universitarias. Sin embargo, esto no fue una desventaja, ya que son frecuentemente los estudiantes que en sus tesis de licenciaturas y maestrías abordan temáticas emergentes y pocos estudiados, y son los que más avanzan en propuestas innovadoras, llenando vacíos en la investigación científica.
Adultos mayores reclusos latino americanos: datos estadísticos y perfil delictivo en cuatro países de la región
¿Los autores Maldonado, Abuanza et al., Negrete y Reyes, Ramírez y Basotti hacen un aporte académico al explicar la emergencia de la temática del adulto mayor privado de libertad, y realizan un diagnóstico de identificación de los adultos mayores reclusos latino-americanos en cada uno o en un conjunto de recintos penitenciarios estudiados, contestando el interrogante quiénes son los adultos mayores reclusos latino americanos? ¿Y señalan a partir de qué edad las personas son consideradas adultos mayores y cómo cambian estos criterios por efectos del encierro? ¿Explican cuáles son las características de los adultos mayores privados de libertad y a qué población representan numéricamente? ¿Hacen una estimación de factores de reincidencia de los adultos mayores privados de libertad? Esto es lo que abordamos en los siguientes párrafos.
En primer lugar, Ramírez (2009), Abuanza et al. (2014), Maldonado (2019), Negrete y Reyes (2018) y Basotti (2022) sostienen que el interés de las últimas décadas en las políticas públicas penitenciarias para el adulto mayor, como temática urgente, está relacionado con el fenómeno del envejecimiento de la población carcelaria en muchas partes del mundo. Sus orígenes se encuentran en el aumento de los delitos (Ramírez, 2009, p.157), la aplicación de condenas más largas (Ramírez, 2009, p.157; Maldonado, 2019, pp.6-8; Abuanza et al., 2014, p.69; Basotti, 2022, p.3) o la aplicación de medidas administrativas que alargan las condenas, y como consecuencia, la mayor parte de la población del adulto mayor recluso ha pasado gran parte de su vida en la(s) cárcel(es), (Ramírez, 2009; Abaunza et al., 2014).
Abuanza et al. (2014, p.64), Ramírez (2009, p.151) y Negrete y Reyes (2018, p.9) señalan que varios países latinoamericanos utilizan el criterio de asignar a una persona la calidad de adulto mayor a la edad de los 60 años, relacionado con las edades del inicio de la jubilación. Este criterio, también es respaldado por la Organización Mundial de Salud. Sin embargo, Basotti (2022) explica criterios diferentes que son adoptados por países, por ejemplo, en Argentina, donde reconocen que las personas, a causa de su reclusión en prisión, sufren un efecto de aceleramiento en su envejecimiento, en el sentido de que son personas que son 10 años mayores que su edad biológica, y optan por considerar los reclusos como adultos mayores a la edad de 55 años (Penal Reform International-Asociación para la Prevención de la Tortura, 2021, p.3). Basotti (2022, p.9). añade también los efectos de factores anteriores a la reclusión en personas residentes en poblaciones socialmente vulnerables, los que aumentan el envejecimiento, como el deficiente acceso a cuidados de salud, abusos de sustancias estupefacientes y/o estilos de vida con costumbres dañinas en cuanto a la dieta.
Los autores Abuanza et al., (2014), Ramírez (2009), Basotti (2022), Negrete y Reyes (2018) presentan algunos datos estadísticos sobre el adulto mayor encarcelado, de acuerdo a cada realidad nacional o local, que mostramos a continuación:
En materia de la población penal mexicana, de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2008), en 2007, de 134.000 personas que fueron sentenciadas y recluidas en establecimientos penitenciarios, 3.154 tenían 60 años o más de edad (2,35%), (Ramírez, 2009, p.158). En 2007, el porcentaje de mujeres mexicanas adultas mayores encarceladas alcanzaba a 4,4%, y de los varones adultos mayores encarcelados, a 2,1% de la población total penal. En Chile, de acuerdo al Compendio Estadístico Penitenciario de Gendarmería de Chile (2018), de los 41.579 recluidos totales a nivel nacional, 1.122 personas son adultos mayores de 60 años (2,7%). De la población total del adulto mayor chileno recluido se registraron 119 mujeres (10,6%), y 1.003 varones (89,4%). En Colombia, de acuerdo al Informe Estadístico del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) (2013), el total de la población de adulto mayor encarcelado de mayores de 65 años es de 1.666 personas (1,4% del total de la población penal), de las cuales 95,29% son varones adultos mayores y 4,71% mujeres adultas mayores. En Argentina, de acuerdo al Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) (2020), del total de las personas privadas de libertad, 100.634, 6.530 personas eran adultos mayores de 55 años, representando al 7% del total de la población reclusa del país. Además, las cifras indican un aumento de la población de adulto mayor de 55 años encarcelado en Argentina, entre el período de 2010 a 2019, de un 5 a 7% (Basotti, 2022, p.1).1 Negrete y Reyes (2018, p.13) citan datos de Gendarmería de Chile2, indicando, que en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, Santiago, residen 30 mujeres mayores de 60 años. Las autoras no hacen mención a la cantidad total de mujeres privadas de libertad en el CPF de Santiago que es de 625 mujeres (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2015), representando las mujeres adultas mayores reclusas al 4,8 % del total de todas las mujeres prisioneras de dicho penitenciario. En resumen, los cuatro países latinoamericanos abordados en este artículo muestran todos porcentajes muy bajos de adultos mayores de 55 o 60-65 años privados de libertad.
A continuación, presentamos los antecedentes acerca del perfil del delito del adulto mayor.
Los adultos mayores reclusos investigados presentan diferentes perfiles delictivos, así lo demuestran los estudios de Abuanza et al. (2014), Ramírez (2009), Negrete y Reyes (2018) y Maldonado (2019). En el caso mexicano, se señalan condenas por riñas violentas, homicidio a causa de falta de control de impulsos y se relaciona la agresividad y las conductas anti-sociales de los presos adultos mayores en la convivencia cotidiana penitenciaria con haber perdido la esperanza y la paciencia, junto con haber desarrollado una baja auto-estima en los largos años de encierro en condiciones de hacinamiento, tamaño reducido de la celda, mala alimentación y los deficientes servicios de salud física (Ramírez, 2009, pp.161-163). En el caso colombiano, el perfil delictivo del adulto mayor es caracterizado por riñas asociadas al abuso del alcohol y las drogas, por consumo, fabricación o tráfico de sustancias estupefacientes en calidad de burreros (Abaunza et al., 2014, p.221) o por haber cometido delitos persuadidos por otros, a causa de la mayor vulnerabilidad y aislamiento social que presentan los adultos mayores, lo que les convierte más fácilmente en víctimas de engaños (Abaunza et al., 2014, p.223; Slootweg, 2023). En el caso de Chile, son los condenados por crímenes de lesa humanidad quienes representan a la gran mayoría de los adultos mayores presos chilenos (Maldonado, 2019). Negrete y Reyes diferencian por sexo, señalando que con respecto a la población reclusa femenina chilena, de mayor de 60 años, son personas que mayoritariamente se involucraron en la venta de drogas, a través del micro-tráfico o narcotráfico en las escalas menores, como burreras, por medio de una red familiar o barrial en poblaciones de alta vulnerabilidad socio-económica y grados de violencia y delincuencia alta (Negrete y Reyes, 2018, pp.12-13). Indican que la población femenina de mayor edad llegó a ser un factor importante en estas actividades ilegales por la facilidad de poder realizar este negocio desde sus casas, y por representar una población poco sospechosa. De los otros delitos cometidos por las mujeres adultas mayores, se mencionan los delitos de parricidio, homicidio, violación impropia3 y secuestro. El mayor porcentaje (70,9%) de las reclusas adultas mayores de la cárcel de San Joaquín, Santiago, está condenado por delitos de narcotráfico o micro-tráfico, y los otros delitos cometidos por adultas mayores mencionados anteriormente representan apenas al 26,6% (Negrete y Reyes, 2018, p.13).
¿Los autores de los estudios mencionados se pronuncian sobre los adultos mayores privados de libertad y el riesgo de la reincidencia?
Encontramos en los estudios de la etnografía carcelaria del adulto mayor, en México y en Colombia, una estimación que señala que este recluso no representaría un peligro para la sociedad en términos generales (Ramírez, 2009, p.175). Sin embargo, los factores intelectuales, sociales e individuales podrán ser cercanos a factores de riesgo en una eventual reincidencia (Abaunza et al., 2014, p.238).
Este mismo factor de riesgo de reincidencia y reincidencia efectiva es confirmado por el estudio de Negrete y Reyes (2018), que describen el perfil de las mujeres adultas mayores involucradas en el micro-tráfico a través de las ventas de drogas desde el domicilio, personas residentes en barrios de alta marginalidad social4 con altos índices de delincuencia y violencia, ubicados en la capital de Chile, Santiago. Ellas, se encuentran en situaciones precarias, ya que no participan del sistema de pensiones, por haber trabajado en el sector informal del comercio, y fueron inducidas en estas actividades ilegales por familiares o vecinos que observaron sus necesidades económicas agravadas por la edad, de tener que comprar remedios u otras necesidades en el marco de la reactivación de su maternidad, haciéndose cargo de los nietos, y les aconsejaron la inserción en estas actividades ilegales (Negrete y Reyes, 2018, pp. 5,9,11,36). Sin embargo, transcurrido el tiempo, sus ingresos ilegales no representaban una respuesta directa a la pobreza, sino que se transforma en ambición, ya que para las adultas mayores los ingresos regulares representaron independencia económica de las generaciones más jóvenes, pues éstas ya no necesitaban hacerse cargo de ellas, y les permitía hacer regalos a hijos y nietos, etc., lo que aumentó su autoestima. Sus primeras transgresiones, entonces, no siempre implicaron la sanción de la privación de libertad, sin embargo, con la reincidencia, las medidas legales se transformaron en condenas de encierro. Hay altos índices de reincidencia, sobre todo para mujeres adultas mayores, que regresan, después de su liberación, a los mismos barrios residenciales donde los contactos con las personas conocidas y las redes familiares y vecinales representan un alto peligro para la reincidencia (Negrete y Reyes, 2018, pp.70,118,124).
¿Cómo los diferentes estudios relacionan el tema del adulto mayor encarcelado con las políticas públicas carcelarias? ¿Los autores analizan las causas históricas y actuales de la necesidad de las políticas penitenciarias para el adulto mayor? ¿Se pronuncian sobre el dilema de la eximición o transformación de la pena para el adulto mayor? ¿Debaten la necesidad de medidas especiales, administrativas o penitenciarias, para el adulto mayor? ¿Han incluido en su investigación antecedentes de prácticas de discriminación del adulto mayor preso como base de políticas públicas carcelarias para este grupo objetivo? Estas temáticas son discutidas en los siguientes párrafos.
Las perspectivas teóricas de los estudios carcelarios mexicanos, colombianos, chilenos y argentinos.
Como parte del análisis académico de los estudios mencionados, comparamos en esta sección las diversas perspectivas teóricas empleadas de los estudios abordados.
México
La perspectiva teórica de Ramírez (2009) en su investigación etnográfica de las cárceles mexicanas es desarrollada bajo el concepto de la institucionalización, siguiendo el término de Hidalgo (2001) que hace referencia al “proceso social de ubicar a las personas bajo la jurisdicción de una institución formal o semiformal cerrada o semicerrada, como son cárceles, reformatorios, hospitales, hogares para personas indigentes, clínicas, ejércitos o fuerzas armadas”. En el caso específico de los adultos mayores, la institucionalización acontece en hospitales, asilos, casas para ancianos, centros diurnos y otras instituciones semejantes, incluyendo también a las cárceles. No obstante, cualquiera que sea el tipo de institución, dicho proceso se lleva a cabo casi siempre por falta de apoyo social, escasez de recursos económicos, abandono familiar, enfermedades y/o discapacidades, así como la pobreza y marginalidad en que se encuentran esta generación y sus familias (Aranda et al., 2001; Hidalgo, 2001).
La institucionalización de los adultos mayores puede tener consecuencias positivas en la vida de las personas, pero también negativas. La entrada de un adulto mayor a un asilo, por ejemplo, puede proporcionarle comodidad, tranquilidad, compañía con otras personas, pero también puede generarle sentimientos de añoranza, tristeza, falta de intimidad y hasta problemas relacionados con la convivencia con personas extrañas e incluso sentimientos de soledad. Según un estudio realizado por el Instituto de Salud Pública de Madrid, España (2003), con el ingreso a la institución muchos adultos mayores experimentan un sentimiento de despedida del pasado, de abandono del propio ámbito existencial y, una vez en la institución, disminución del contacto con la gente de la comunidad, como la familia, los amigos del barrio y parientes rituales, etc. (Ramírez 2009). Esto, sobre todo se aplica en mayor grado al contexto institucional de la cárcel y de las experiencias de los adultos mayores reclusos.
El autor hace hincapié sobre el rol que juega la familia en México en cuanto al apoyo al adulto mayor, ya sea en el ámbito de las relaciones socio-afectivas o en el caso de problemas de salud, o deterioro en su autonomía personal, es la institución más idónea que proporciona sentimientos de arraigo, seguridad, de capacidad, utilidad, autoestima, confianza y apoyo social (Rodríguez, 1994). Por lo tanto, el autor analiza las consecuencias de la institucionalización carcelaria del adulto mayor citando los resultados de algunos estudios mexicanos anteriores (Instituto Mexicano de la Defensa Legal, 1999; Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal de México, 2006; Moreta, 2007; García, 2002) acerca de la situación de los adultos mayores privados de libertad, que señalan que la mayoría de adultos que envejecen en las cárceles por su larga condena e historial delictivo, tienen altas probabilidades de perder el contacto con sus familiares5, ya ancianos y sin familia, no saben adónde ir ni qué hacer (Ramírez, 2009).
El autor también afirma que el proceso de adaptación del recluso a las prácticas y vida cotidiana en la cárcel representa, en términos de Arnoso (2005), citando a Goffman (2001), una desculturación, que implica que el individuo ya no tiene capacidades de adaptarse al entorno de su nueva realidad pues el encierro reduce su repertorio conductual (Ramírez, 2009).
Colombia
Los autores de los estudios etnográficos carcelarios colombianos sobre el adulto mayor recluso, en su marco teórico hacen referencia a los derechos del adulto mayor, que de acuerdo a la Constitución Colombiana, en su artículo Nº46 ordena que el Estado, la sociedad y la familia concurran para la protección y la asistencia de las personas de tercera edad, promoviendo su integración a la vida activa y comunitaria, y garantizándoles los servicios de seguridad social (artículo Nº48) y el subsidio alimentario en caso de indigencia (artículo Nº5).También se señala que la Constitución protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de ‘debilidad manifiesta’ y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan (artículo Nº13) (Abaunza et al., 2014, pp.14-15).
Asimismo, los autores se refieren, en materia internacional de los derechos de los detenidos, a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de la Organización de los Estados Americanos (OEA), (1948) firmado por Colombia en este mismo año, que en el artículo XXV establece que todo individuo que haya sido privado de su libertad tiene derecho a un tratamiento humano, y en el artículo XXVI instituye que toda persona acusada de delito tiene derecho a que no se le impongan penas crueles, infamantes o inusitadas.
En el ámbito social, los autores se basan en los principios valóricos de la solidaridad6 que desde las Naciones Unidas es definida como un derecho que se debe garantizar a la población de mayor edad y a la población carcelaria. Esta solidaridad social está emparejada con otro derecho, tanto del adulto mayor como del adulto mayor privado de libertad, y es la base de su dignidad de acuerdo a las definiciones de la Declaración de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de edad (1991), de acuerdo a la Resolución Nº46. Los autores manifiestan que se ha desarrollado un precedente jurisprudencial en los que se protegen los derechos de las personas que se encuentran en la vejez y que, posiblemente, están inmersas en un estado de ‘debilidad manifiesta’ que atenta especialmente contra el derecho a la vida digna. La garantía de este derecho del adulto mayor a la dignidad es muy problemática en el contexto de una vida encarcelada (Abaunza et al., 2014, p.30).
Los autores manifiestan que tanto el derecho a la dignidad del adulto mayor como el derecho a no recibir tratos crueles, inhumanos o degradantes del adulto mayor privado de libertad han sido infringidos por el hacinamiento y las malas condiciones de la estructura física y de servicios públicos que se encuentran en los centros de reclusión colombianos; los derechos a la vida y la integridad física son vulnerados o amenazados de manera inminente por el mismo hacinamiento, por la mezcla de todas las categorías de reclusos y por la carencia de guardias requeridos para estos controles (Abuanza et al., 2014, p. 44). El derecho del adulto mayor privado de libertad a la familia y a la integración comunitaria es quebrantado por la sobrepoblación carcelaria y las deficiencias administrativas, condiciones que implican que los visitantes de los reclusos han de soportar prolongadas esperas bajo las inclemencias del clima para poder ingresar al centro penitenciario, y que dificultan en grado extremo las visitas conyugales y familiares. El derecho a la salud del adulto mayor privado de libertad es infringido por la mala calidad de las instalaciones sanitarias en los penitenciales, deficiencias de servicios de agua y alcantarillado, la mala calidad de la alimentación, la escasez de personal de guardias para facilitar los ingresos oportunos de los adultos mayores enfermos a los centros hospitalarios. El derecho a trabajo y educación de los adultos mayores privados de libertad son infringidos por las prácticas de corrupción o extorsión de parte de las guardias (Abaunza et al., 2014, p. 44).
En resumen, destacan los autores que estos marcos legales constitucionales e internacionales no han generado una normativa apropiada y coherente para abordar la vulnerabilidad del adulto mayor, y en especial del adulto mayor privado de libertad en Colombia. En este sentido, registraron un contraste con las garantías de los derechos de otros grupos sociales, como los jóvenes privados de libertad, que sí han sido abordados en las políticas estatales (Abaunza et al., 2014, p.16).
Asimismo, siguiendo una perspectiva que se basa en las teorías biológicas de Cristófalo (1991), los autores de la etnografía carcelaria colombiana asocian el envejecimiento con la disminución para responder de manera funcional a las variaciones del ambiente, con un incremento de la vulnerabilidad a enfermedades y la mortalidad de las personas (Abaunza et al., 2014, p.74). Los autores adoptan, además, otra propuesta basada en los conceptos de la Organización Mundial de la Salud sobre el envejecimiento como proceso, donde este que es producto normal y esperable del avance de la edad, sin influencia de las condiciones del entorno y de las enfermedades, distinguiéndolo del proceso de envejecimiento donde influyen factores medio-ambientales y enfermedades, y también del envejecimiento activo que trata de retrasar el envejecimiento normal por medio del estímulo continuo a través de actividades mentales, físicas y espirituales (Abaunza et al., 2014, p.74). Los autores afirman que el envejecimiento no puede ser solamente definido en términos de edad, ya que se deben estudiar otros factores que influyen, tales como los hábitos o estilo de vida, ocupación, condiciones económicas y salud, por lo tanto, los imaginarios de la vejez varían social y culturalmente (Abaunza et al., 2014, p.63). Asimismo, destacan el aporte de la psicología evolutiva sobre el concepto de vejez, que está ligado al proceso del desarrollo que tiene lugar a lo largo de la vida como una etapa complementaria a la adultez y está principalmente caracterizado por el deterioro en diversas funciones físicas, psicológicas y sociales del ser.
Chile
En la segunda parte del estudio de Maldonado acerca de los adultos mayores reclusos, desde las disciplinas del derecho penal y el derecho comparado, el autor opta, desde una perspectiva interdisciplinaria, incluir perspectivas psicológicas, siguiendo a Ornduff (1996), considerando que la encarcelación de los adultos mayores podría ser discriminatoria y que, además, los adultos mayores privados de libertad sufren más con una condena de igual duración que los reclusos más jóvenes, lo que hace distorsionar el sentido general de la pena (Maldonado, 2019, p.27). Sostiene el autor, que aunque toda la población carcelaria, también la de edades menores, está sujeta a un envejecimiento prematuro por las características de su aislamiento físico, pero sobre todo social por la pérdida de las redes familiares que generalmente experimentan los presos al aumentar los años de encierro, y las consecuencias económicas por la falta de redes de apoyo (Maldonado, 2019, p.27), estos efectos negativos del encierro se presentan doblemente en los adultos mayores. Por lo tanto, la pena carcelaria no será equitativa para una persona de mayor edad (Maldonado, 2019, p.24). Estas conclusiones también son confirmadas por el estudio etnográfico carcelario de Colombia (Abaunza et al., 2014, p.224).
En estas perspectivas psicológicas, adoptadas por Maldonado siguiendo a Ornduff (1996), y otros, desde la disciplina de trabajo social, la vejez se caracteriza por constituir una etapa de la vida en la que natural y paulatinamente se detonan una serie de procesos degenerativos y carencias vinculadas al desarrollo físico y psicológico del individuo que impactan en otras pérdidas asociadas a su desempeño social o económico (Huenchuan, 2011). Desde este punto de vista, se define la vejez como un “proceso” vinculado a la idea de “deterioro”, referido específicamente a diversas condicionantes que inciden negativamente sobre las capacidades de desempeño autónomo del individuo (Kemelmajer, 2006, p.47). En el plano físico, por ejemplo, dicha condición se expresa en una disminución en las capacidades funcionales del cuerpo, asociada a una menor fortaleza de su estructura ósea (con incidencia en reumatismos o artritis), dental, en el tono muscular y en la energía o fuerza (Huenchuan, 2011, p.3).También, en el desgaste que presenta la estructura y funcionamiento de órganos vitales -como el aparato digestivo o respiratorio- con incidencias que también afectan a la capacidad funcional de los sentidos (Marchiori, 2012, p.81; Abuanza et al., 2014, p.56) con particular énfasis en la audición y la visión; con ello, este conjunto de características decanta en una sensible merma en las capacidades de dominio y desempeño autónomo, favoreciendo la percepción de que son individuos dependientes y vulnerables (Brank, 2007, p.703).
Asimismo, el autor afirma que las estructuras físicas de las cárceles para los adultos mayores con enfermedades crónicas o discapacidades físicas podrán ser discriminatorias, en el sentido de que forman impedimentos para desenvolverse en forma satisfactoria en sus rutinas cotidianas (obstáculos como literas o escaleras, etc.), o por ejemplo, en las rutinas exigidas por los gendarmes, como en las redadas o controles para detectar posesión de sustancias ilícitas como drogas o alcohol fabricada en forma casera, armas (caseras), celulares, etc. En la práctica, la inversión implicaría la adaptación de los espacios de infra-estructura en los recintos penitenciarios a un grupo minoritario de reclusos de adultos mayores, y por lo tanto, no será tan factible o tan frecuente de aplicar. Los casos de dependencia física en mayor grado implicarían que las cárceles requieren de mayores cuidados personales y físicas en forma permanente para los adultos mayores privados de libertad, faltando la presencia de guardias especializados en el cuidado del adulto mayor, y también en algo que parece tan sencillo, como experiencia en la administración adecuada de los medicamentos que ellos requieren (Maldonado, 2019, p.22-23).
Negrete y Reyes (2018), desde la disciplina de trabajo social, realizan un estudio en Chile (que tiene carácter de una tesis de licenciatura); son unos de los pocos autores que abordan los estudios del adulto mayor encarcelado a nivel de América Latina desde una perspectiva de género, analizando la problemática de la mujer adulta mayor encarcelada. Su análisis se enfoca en los siguientes conceptos: envejecimiento, prisonización, pobreza, género y delito. Desde la temática de envejecimiento se analiza el rol que juegan los y las adultos mayores en perspectiva histórica desde las sociedades antiguas, la edad media hasta la revolución industrial (Acerbi, 2013; Martínez et al.,2002), y en la sociedad contemporánea. Posteriormente, desde la perspectiva biológica, se mencionan las teorías de Goldstein, citado en Hoyl (2000), distinguiendo en teorías estocásticas, las cuales se basan en que el envejecimiento es el resultado de consecuencias de alteraciones que ocurren en forma aleatoria y se acumulan a lo largo del tiempo; y, por otro lado, están las teorías no estocásticas, como por ejemplo, el efecto de las radicales libres de Harman (1956), basadas en que el envejecimiento está predeterminado, siendo la continuación del proceso del desarrollo y corresponde a la última etapa (Negrete y Reyes, 2018, p.20). Desde las teorías psico-sociales del envejecimiento, citan a las teorías de desvinculación de Cumming y Henry (1961), y la teoría de Havighurst (1961) de la continuidad de las actividades, y de Rose (1965) la teoría de la subcultura de las personas de mayor edad. En su perspectiva global del envejecimiento incluyen las referencias a la legislación internacional sobre el adulto mayor (Negrete y Reyes, 2018, p.36-38) y el adulto mayor encarcelado (Negrete y Reyes, 2018, p.39-40). Enfocándose en el estudio del envejecimiento en Chile, se destaca la relación entre la pobreza y vulnerabilidad social en Chile, relacionado con los grupos de adultas mayores provenientes de barrios marginales con alta incidencia de violencia y delincuencia, que trabajan en los sectores informales de la economía o como trabajadores independientes, y la consecuente no participación o participación escasa de estos grupos sociales en los sistemas de pensión (Encuesta Casen 2015, en Negrete y Reyes, 2018, p.10). A través del análisis de las historias de vida abordaron los factores individuales, familiares y sociales que incidieron en el comportamiento delictual. Optaron por una perspectiva de la criminología crítica, en el marco de la teoría de la desigualdad de oportunidades, en que los pobres se perciben con mayores posibilidades de caer en actos delictivos, ya que en el mundo capitalista son obligados a endeudarse para conseguir ciertos bienes de consumo que confieren prestigio a sus poseedores, enfatizando que la desigualdad de oportunidades es reforzada aún más por factores de género (Negrete y Reyes, 2018, pp.63, 67, 69).
Argentina
El estudio de Basotti (2022) emplea la perspectiva de Trecco (2020) en cuanto a que los adultos mayores pertenecen al grupo de personas en situación de vulnerabilidad por sus características de desventaja por edad, condición física y/o mental; requieren de un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y la convivencia, añadiendo que esta etapa de la vida está caracterizada por una serie de procesos degenerativos vinculados al desarrollo físico y psicológico del individuo que inciden negativamente en sus capacidades de desempeño autónomo. Otros marcos teóricos sobre los procesos de envejecimiento, que cita la autora, son los mismos empleados por el estudio de Maldonado, a quien cita en varias oportunidades, y un análisis en el marco de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (ONU, 2015), similar al marco teórico del estudio de Abuanza et al. (2014) de Colombia.
Análisis de metodologías empleadas y epistemológicas de sujetos adultos mayores reclusos en los cuatro estudios carcelarios de Chile, México, Colombia y Argentina
En esta sección en primer lugar, comparamos las metodologías de investigación empleadas en los distintos estudios carcelarios, y en la segunda parte comparamos como los distintos estudios perciben epistemológicamente a los adultos mayores privadas de libertad.
Los estudios con metodologías etnográficas, tales como de Abuanza et al. (2014) y de Ramírez (2009) presentan más posibilidades de abordar temáticas más cercanas a la realidad cotidiana de los adultos mayores presos, sus imaginarios y perspectivas de vida que las de referencias de terceros más globales sobre su conducta (Maldonado, 2019). La metodología cualitativa de estudios de casos o las técnicas de las entrevistas en profundidad y la participación observante, permiten al investigador conocer las conductas reales de los adultos mayores reclusos en la vida cotidiana de las instituciones penitenciarias, como también indagar en las opiniones y experiencias de los adultos mayores reclusos. En el siguiente párrafo mostramos un ejemplo de la ventaja del método etnográfico por sobre la exclusividad del método de los estudios de fuentes documentales en los resultados de investigación en la temática de la participación o no participación de los adultos mayores privados de libertad en actividades carcelarias.
Al referirnos nuevamente a las conclusiones generales de Maldonado (2019) sobre un patrón de inactividad o pasividad en las actividades cotidianas de los reclusos adultos mayores, un patrón que se presenta en mayor medida que en la población carcelaria general (ver también Ordnuff, 1996, p.184), estas se contradicen con la conducta observada en otros segmentos poblacionales penales de grupos étnicos chilenos, tales como los adultos mayores aymaras encarcelados, que se destacan por su laboriosidad, independiente de la edad (Montero Lucic, 2010, pp.119-120). Asimismo, los estudios etnográficos carcelarios sobre las cárceles mexicanas indican que los adultos mayores privados de libertad, sobre todo los analfabetos, aprecian la oportunidad de educación gratuita que la cárcel les ofrece (Ramírez, 2009, pp.164-165). Además, los adultos mayores reclusos mexicanos no presentan ociosidad, ya que los trabajos en la cárcel les permiten costear sus propios artículos de aseo personal que la administración debe proporcionar a los reclusos, pero esto ocurre con gran irregularidad (Ramírez, 2009, p.166). Y finalmente, en los estudios etnográficos de la realidad carcelaria mexicana las personas adultas mayores presos demuestran esperanzas para iniciar una nueva vida después de la liberación de la cárcel, por muy compleja que está podría resultar (Ramírez, 2009, p.175). Esto también es confirmado por los estudios etnográficos colombianos de los adultos mayores reclusos que enfatizan que, aunque estos se encuentran en las postrimerías de su existencia, siguen siendo persona y poseedor de sueños y esperanzas (Abaunza et al., 2014, p.53).
El estudio carcelario mexicano enfatiza los beneficios sicológicos del trabajo carcelario para el adulto mayor privado de libertad ya que facilita la autoestima por sentirse útiles y poder valerse por sí mismo, y además permite soltar tensiones acumuladas por el encierro y enfocar la mente en otros quehaceres evitando de este modo las preocupaciones por las circunstancias de los familiares fuera de la cárcel (Ramírez, 2009, p.167). Asimismo, los prisioneros adultos mayores colombianos entrevistados manifiestan que son discriminados al momento de asignar trabajos en la cárcel o con respecto a la integración en actividades formativas, porque los guardias dan la preferencia a los presos más jóvenes o a las personas que dispongan de más recursos para garantizar su acceso a estos beneficios, indicando prácticas de corrupción interna al respecto (Vea también Abaunza et al.,2014, p.44).
Tanto la investigación de México (Ramírez, 2009) como de Colombia (Abuanza et al., 2014) contrastaron sus propias investigaciones con otros estudios de los adultos mayores reclusos, tanto nacionales como internacionales, o los combinaron con estudios internacionales desde la perspectiva geriátrica, empleando de este modo el método de las fuentes secundarios o documentales en forma complementaria al trabajo etnográfico, muy necesario en este ámbito de estudio porque el tema es de emergencia reciente.
En el caso del estudio colombiano de Abuanza et al., (2014) aprovechando que se aplicó a una gran cantidad de cárceles, se combina la investigación etnográfica con técnicas de investigación cuantitativa en forma de aplicación de encuestas que arrojan datos relevantes para esta temática tan desconocida. En cambio, el estudio de Maldonado (2019) sobre los adultos mayores reclusos de Chile, aunque trae datos, puntos de vistas y debates relevantes sobre el derecho penal chileno con respecto al adulto mayor recluso, y también recurre al trabajo interdisciplinario con la ayuda de la psicología y el trabajo social acerca del adulto mayor, el método de fuentes documentales como método único de estudio es limitado, porque no permite comprobar las aseveraciones sobre las conductas de los presos adultos mayores en la realidad, ni permite conocer sus perspectivas y proyecciones de vida.
En el caso del estudio chileno etnográfico de las mujeres adultas mayores encarceladas (Negrete y Reyes, 2018), la ventaja de su investigación cualitativa con enfoque fenomenológica es la perspectiva longitudinal de investigación en la metodología de las trayectorias de vida que contemplan los períodos antes de la reclusión, período de encarcelación, como también las proyecciones futuras para el período post-liberación, y análisis de datos a través del método de análisis de contenido. Estos métodos permiten registrar la transformación de perspectivas de las reclusas adultas mayores con respecto a las actividades ilegales del micro o narcotráfico, y en su percepción de los lazos familiares o vecinales que los indujeron al delito o el cambio en su conciencia social acerca de las consecuencias del delito, por ejemplo. La ventaja del método empleado de focus-group, es la participación de un grupo mayor de reclusas, que estaban dispuestas a compartir sus experiencias con otras mujeres reclusas a través de una experiencia grupal7, actividad que permite la reflexión grupal sobre una temática de interés común y estimula la reflexión sobre las experiencias personales a través de las experiencias compartidas.
Con respecto al estudio argentino de Basotti, (2022), este comparte con el estudio de Maldonado (2019) la desventaja de emplear exclusivamente la metodología de las fuentes secundarias.
A continuación, en esta segunda sección comparamos, el perfil epistemológico del adulto mayor privado de libertad empleado en los estudios en referencia.
El estudio de Maldonado, (2019) que no manifiesta una visión del sujeto adulto mayor privado de libertad explícito por falta de antecedentes etnográficos, muestra en forma implícita, sobre todo en su estimación sobre la participación de los presos adultos mayores en actividades formativas y educativas carcelarias, la proyección de un sujeto social débil, sin esperanzas para su propia rehabilitación, y sin proyecciones futuras en un modo fatalista.8
Más bien, su perspectiva de los adultos mayores reclusos obedece a un enfoque durkheimiano, en que las personas son víctimas condicionadas por las estructuras e instituciones sociales (Durkheim, 1982). Perspectiva que es cuestionada también al incluir factores étnicos en el análisis. Al estudiar la conducta de los presos aymaras chilenos (de mayor edad) por Montero Lucic (2010), quien enfatiza la agencia de los presos aymaras al continuar con sus hábitos anteriores de laboriosidad en situación de recluso, de este modo actuando no como víctimas de las instituciones sociales, sino como agentes que manipulan los recursos sociales y culturales a su disposición para favorecer su propia rehabilitación. Los presos, de acuerdo a Lucic, son personas que en los intersticios del sistema carcelario evalúan, priorizan, negocian y generan estrategias. En su visión, los reclusos no son objetos inanimados presos de las redes carcelarias que lo controlan y lo deshumanizan. Muy por el contrario, actúan y se mueven en una dinámica la que construyen permanentemente (Montero, 2010, p.107).
En cambio, las etnografías colombianas de Abuanza et al. (2014) o las mexicanas de Ramírez (2009), proyectan una imagen del adulto mayor recluso como un sujeto que actúa como agente social, y aunque es consciente del peso de su adversidad, de lo difícil de su aislamiento social y económico de sus redes sociales y familiares en sus años de estadía en la cárcel, de los riesgos que enfrentan en forma física y psicológica a su edad, de la discriminación que sufren por edad, también dentro de la cárcel, y de las futuras complicaciones en el mercado laboral y en el ámbito social después de su liberación de la cárcel, se comportan en forma tranquila para no tener problemas en la convivencia con otros presos, para favorecer su más pronta salida, y jamás pierden la esperanza de la reconstrucción social y familiar en el futuro en el mundo libre.9
Con respecto a las reclusas adultas mayores presas en el caso del Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, Santiago, Chile, objeto de estudio de Negrete y Reyes (2018), ellas manifiestan también capacidad de agencia de acuerdo a las autoras, cuando en sus proyecciones a futuro decidan reforzar sus actividades en el sector informal, como, por ejemplo, la gastronomía, con ayuda estatal, como estrategias para enfrentar la tentación de caer nuevamente en el narcotráfico para el período post-liberación, o también en los planes de aquellas mujeres que piensan cambiar de residencia para romper con los contactos familiares o vecinales que los indujeron a la inserción en actividades ilegales. O en la conciencia expresada por ellas de que necesitan a toda costa evitar la reincidencia reiterada, la que podría causar un eventual fallecimiento en cautiverio. O, también, tal vez en la manifestación de su conciencia social adquirida durante el encierro, la que se expresa en el deseo de obtener ingresos familiares los que no obedecen a unas tendencias consumistas con actitudes de indiferencia hacia sus fuentes de obtención y sus consecuencias en el ámbito social, pero las que manifiestan el deseo alejarse del micro- o del narcotráfico- para no afectar a otras familias con el flagelo de la drogadicción. Y, como último, también en su deseo expresado que en la sociedad encontrarían el mismo respeto y reconocimiento que en sus familias por su sabiduría y experiencia acumulada como persona de mayor edad que denota su autoestima, pese a las condiciones de su encierro. La perspectiva del ser humano recluso en este estudio es de ‘agente’, que, pese a las adversidades y las historias de vida, frecuentemente marcadas por la reincidencia en el delito, representa a un grupo social que ya no puede proyectar su vejez por falta de participación en el sistema nacional de pensiones. Sin embargo, se proyecta a futuro en actividades lucrativas legales y de iniciativa propia, con la esperanza de contar con apoyo estatal para poder llevar estas a cabo. Y la capacidad de agencia que se refleja en un ser femenino, adulta mayor, luchadora y activamente comprometida con su familia extendida, con algo de desprecio para las actividades organizadas para el adulto mayor ‘ocioso’ por los Clubs de los Adultos Mayores en su barrio (Negretes y Reyes, 2018, p.122).
Los estudios de los adultos mayores privados de libertad en Chile, México, Colombia y Argentina y sus análisis sobre las políticas públicas carcelarias para el adulto mayor en su país
En esta sección abordaremos cómo los autores de los estudios de Chile (Maldonado, 2019), de Colombia (Abaunza et al., 2014) y de Argentina (Basotti, 2022), opinan sobre el tema de la eximición o transformación de la pena para el adulto mayor privado de libertad, como parte de las políticas públicas especiales para este grupo de edad.
El estudio chileno acerca del adulto mayor privado de libertad, trata desde el punto de vista del derecho penal comparado chileno la temática de las políticas carcelarias para esta generación de reclusos (Maldonado, 2019). El autor rechaza una opción a priori por el tradicional recurso de razones humanitarias como razón para la eximición de la pena, y del mismo modo objeta las nociones de dignidad del adulto mayor basadas en principios antropológicos y jurídicos de los derechos internacionales del adulto mayor como justificación a priori de la absolución de la pena. Al contrario, argumenta que hay que analizar la situación y las condiciones físicas y mentales en cada uno de los casos particulares. Enfermedades mentales graves que afectan la capacidad de comprensión y de desempeño autónomo y que asimismo impiden la conciencia sobre el carácter retributivo de la pena y su rol de resocialización para el adulto mayor involucrado son incompatibles con la encarcelación. Lo mismo, en el caso del adulto mayor enfermo terminal, en lo que su situación de salud transforma totalmente el significado de la pena impuesta por falta de proyección de vida y perspectivas de reinserción social (Maldonado, 2019, pp.5,10,13).
Maldonado (2019) no está de acuerdo con una absolución automática en el caso de los adultos mayores a través de recursos legales como el indulto, la gracia o decretos especiales, como es habitual en el contexto latino-americano, por considerar las apelaciones a la dignidad del detenido y los conceptos de piedad o compasión demasiado ambiguos y sin parámetros de comparación. Para este autor, la mera condición de ser adulto mayor no es igual a la inaptitud para las condiciones de la vida carcelaria en sí, sobre la base de que existe una mayor probabilidad de un deterioro de las condiciones físicas y mentales en este grupo de edad. Señala que no existe un patrón geriátrico común a todos los adultos mayores, ya que muchos factores influyen en la manifestación de determinados problemas etarios, tales como estilo de vida, condiciones económicas o sociales (Maldonado, 2019; ver también Abaunza et al., 2014, p.64). Enseguida, aborda dos modalidades de transmutar la pena: el de la libertad condicional vigilada y controlada (Yagüe Olmos, 2009, p.45) y del arresto domiciliario (Maldonado, 2019, pp.15,19). La libertad condicional vigilada, de acuerdo a Maldonado, no será muy factible de aplicar a los adultos mayores privados de libertad, ya que los requisitos para acceder a esta, implican la participación constante en actividades de carácter educativo, formativo o laboral en pos de los objetivos de la reinserción social. Sostiene el autor que los adultos mayores privados de libertad en el contexto chileno10 no se sientan motivados para participar en dichas actividades por no percibir sus beneficios y su utilidad a edad avanzada, y no poder imaginarse sus efectos sobre la vida después de la liberación. Al mismo tiempo, sostiene el autor que los adultos mayores participan menos de estas actividades porque de parte de gendarmería no se les exigen una participación tan rigurosa en estas actividades como a las generaciones menores de la población penal (Maldonado, 2019, pp.25-26). Volveremos sobre esta temática cuando más adelante discutimos los resultados de la investigación etnográfica carcelaria de México y de Colombia con respecto a las actividades formativas, educativas y laborales de acuerdo a la experiencia de los adultos mayores presos.
El autor considera como una alternativa más factible para transmutar las penas para el adulto mayor, cumplir la condena en forma de arresto domiciliario, en sus formas parciales nocturnas o diurnas, ya que esta medida no hace de ninguna manera disminuir el carácter retributivo de la pena, porque se cumple con el objetivo del encierro. Solamente estaría contra-indicado en el caso de que las condiciones habitacionales del adulto mayor detenido presenten una seguridad sanitaria defectuosa, y de este modo podría encontrar mejores garantías en los sistemas médicos de los recintos penitenciarios (Maldonado, 2019, pp.15-16).
En cambio, opiniones distintas al respecto son expresadas por los autores del estudio carcelario colombiano de Abaunza et al., (2014), que destacan que la persona adulto mayor que cometió un delito debe ser considerado como un sujeto que socialmente merece recibir un trato o acompañamiento especial. Sin embargo, esto no implica en términos generales automáticamente considerarlo como inimputable, sino que cumpla su condena en condiciones especiales lo que le permite alcanzar a un estado de rehabilitación y socialización deseada (Abaunza et al., 2014, p.53). Al mismo tiempo, confirman estos autores que no hay reglas legales para la eximición del adulto mayor de acuerdo a la constitución colombiana, con la excepción de substituir la detención preventiva cuando el imputado es mayor de 65 años de acuerdo a Ley Nº 1.127 de 2007, siempre que su personalidad, la naturaleza y modalidad del delito hagan aconsejable su reclusión en el lugar de residencia (Abaunza et al., 2014, p.55).11
En el caso de Argentina, Basotti (2022, p.4), cita a las observaciones de la Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODOC) (2009), las que señalan que para los adultos mayores debido a su mayor grado de vulnerabilidad el encarcelamiento para la población adulto mayor sería un castigo desproporcionadamente cruel, y recomiendan el uso de medidas y sanciones comunitarias siempre que los reclusos no representan un riesgo para la seguridad pública. Además, se plantea que la reintegración social de las personas privadas de libertad, siempre se lleva a cabo más fácil en un contexto comunitario que en un contexto de encierro (Basotti, 2022, p.4). En Argentina, la Ley Nº 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad (1996), permite a las personas mayores de 70 años solicitar la transformación de la pena del encierro por arresto domiciliario a los jueces, quienes podrán conceder este favor o no de acuerdo a su juicio, lo que lo torna esta disposición en un derecho discrecional (Basotti, 2022, p.4).12
Los aportes de los estudios en referencia en relación a medidas administrativas especiales para el adulto mayor preso
A continuación presentamos, en el siguiente apartado, las diferentes opiniones expresadas en los estudios nacionales abordados con respecto a la necesidad de tomar medidas especiales administrativas carcelarias para los adultos mayores privados de libertad, incluyendo la temática de los módulos o cárceles especiales para el adulto mayor.
Algunos distinguen entre la situación de los adultos mayores que presentan las condiciones propias de su edad y de los que sufren patologías crónicas, terminales o mentales, situaciones que presentan distintas problemáticas que requieren soluciones diversas (Maldonado, 2009). En su análisis de los casos particulares, este autor toma en cuenta las supuestas condiciones administrativas e infra-estructurales de los recintos penitenciarios en Chile con respecto a la seguridad física, los servicios en cuidados de salud y la disponibilidad del personal especializado para el adulto mayor privado de libertad. Además, el autor realiza un tipo de balance de las ventajas y desventajas de cada uno de las soluciones propuestas, tomando en cuenta a que estas no debieran afectar al carácter retributivo de la pena y la factibilidad de poner en práctica estas soluciones dentro de las características de la mayoría de los sistemas penitenciarios chilenos.
La perspectiva del autor a veces parece aproximarse a una ‘no discriminación positiva’ del adulto mayor recluso, con respecto a las generaciones menores de la población carcelaria, en el sentido de que la pena debiera ser equitativa para todos, o, en otros términos, se debe cumplir con la intención retributiva de la condena en todos los casos. Plantea que se debe llegar en los casos problemáticos de los adultos mayores presos a una ponderación de los derechos de los reclusos adultos mayores y las obligaciones asociadas a la satisfacción de la condena (Maldonado, 2019, p.10).
Comparamos esta visión con la perspectiva del estudio etnográfico de Colombia (Abaunza et al.,2014)., en que los autores afirman que en el caso del adulto mayor encarcelado todos los derechos legales del adulto mayor no han sido levantados, con la excepción parcial de su derecho a la libertad. Los autores sostienen que el Estado debe proteger de manera especial y tratar de forma desigual a los que se encuentran en situaciones disímiles, como es el caso de una persona reclusa de la tercera edad en comparación con el resto de la población carcelaria (Abaunza et al., 2014, p.31). O, también con la visión del estudio de fuentes secundarias de Argentina (Basotti, 2022, p.6), quien se refiere a las observaciones de la organización de Human Right Watch (2012), indicando que las cárceles son lugares de residencia difíciles para los adultos mayores, por la falta de privacidad, los controles intrusivos, las limitaciones en sus contactos con familia y su comunidad, que les afecta en su salud física y psicológica a través de la depresión y otros síntomas de la salud emocional, la exposición a una convivencia conflictiva, requiriendo de dispositivos especiales en caso de desarrollar una discapacidad en su desenvolvimiento diario, la escasez de baños adecuados, pisos anti-deslizantes, elementos de seguridad, rampas y barandas, etc. La autora señala que los adultos mayores deben ser alojados en celdas privadas y no en celdas con múltiples integrantes, de acuerdo a las recomendaciones de organismos de defensa de los derechos humanos como la Procuración Penitenciaria de la Nación de Argentina (Basotti, 2022, p.13). Aunque las legalizaciones avanzan, en muchos casos existe escasez de presupuesto para modernizar estos centros penitenciarios y transformarlos en espacios adecuados para los y las adultas mayores, afectándoles en su calidad de vida (Basotti, 2022, pp. 6-7).
Con respecto al estudio carcelario de Chile, Maldonado (2019) parte del presupuesto que la vida carcelaria de los reclusos está sujeta a un régimen colectivo en su desempeño vital y actividades diarias que representan un patrón homogéneo, acotado y estandarizado. Por lo tanto, para las personas que presentan condiciones especiales que implican una mayor dificultad para cumplir con este régimen de vida deberían existir modificaciones de los estatutos que adaptan las condiciones de encierro a estas modalidades especiales, lo que generalmente se hace en forma transitoria para grupos especiales como las mujeres embarazadas, o con hijos pequeños o con los enfermos. Sostiene que dentro de la perspectiva jurídica estas excepciones, aunque tienen como consecuencia aliviar la condena impuesta no son cuestionadas. O se refiere a la existencia de programas especiales sanitarios, algunas veces preventivos, de ciertos problemas de salud o recreativos como una respuesta a estas condiciones especiales (p.22).
Maldonado (2019) plantea que existen diversas respuestas administrativas penitenciarias a la situación de los reclusos que presentan condiciones especiales: uno, que implica una política de segmentación de la población carcelaria, lo que significa cumplir su pena dentro de las instituciones carcelarias en recintos especiales independientes ubicados al interior de los recintos comunes. El autor percibe tanto beneficios como desventajas de la segmentación poblacional al interior de las cárceles para el adulto mayor privado de libertad: de este modo, el adulto mayor recluso está protegido de las acciones violentas que podrán ser ejercitadas contra los detenidos más vulnerables por los presos más jóvenes. Sin embargo, al mismo tiempo, tiene un efecto de aislamiento social para el adulto mayor recluso, por la condición de convivir solamente con su co-etarios, y esta disminución de la interacción social por no ejercitar las capacidades propias, podría tener un efecto negativo en su salud mental (Maldonado, 2019; Trecco, 2020).
Otra medida alternativa será el de un centro penitenciario especializado en detenidos que se encuentran en las mismas condiciones especiales, como, por ejemplo, en el caso de cárceles de hombres o de mujeres. Dichos recintos cumplen con espacios y rutinas adaptados a las condiciones especiales de los detenidos (Maldonado, 2019). Casos de tales unidades para adultos mayores reclusos existen en Estados Unidos (Yagüe Olmos, 2009, p. 22; Ahuerhahn, 2002, pp. 353-388) y en Gran Bretaña, para adultos mayores reclusos en condiciones de salud mental o físicamente deterioradas (Renart, 2016, p.894). En Latinoamérica existe una cárcel para adultos mayores recluidos en Costa Rica, ubicado en el cantón de San Rafael de Alejuela, provincia de Alejuela, que cuenta con una infraestructura específica y que funciona bajo una forma diseñada para satisfacer las necesidades de las personas mayores de una manera menos represiva. Las habitaciones no tienen barrotes, hay asideros en los pasillos, aseos y duchas, camas de un solo nivel, agua caliente, cocina y consultorio específicos, una biblioteca, zona de ordenadores y espacios verdes para pasar el día (Penal Reform International (PRI) y Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), 2021, p.7).
Maldonado afirma que las cárceles especializadas para adultos mayores no son una alternativa muy factible de reproducir en la práctica nacional de Chile, ya que el número de reclusos adultos mayores es muy reducido en comparación con el resto de la población penal por lo que no se justificaría la inversión (Maldonado, 2019). Destaca que otros supuestos motivos que impiden la instalación de centros penitenciarios especiales para adultos mayores se radica en que podría conllevar una práctica discriminatoria con respecto a los derechos de visita de los adultos mayores encarcelados, ya que muy probablemente estos recintos especiales tendrían por motivos de inversión un solo recinto penitenciario a nivel nacional, lo que dificultaría la frecuencia de las visitas de los familiares por distancias geográficas (Maldonado, 2019). El estudio chileno de Maldonado objeta también desde la perspectiva de la teoría económica a la encarcelación de la población adulto mayor, ya que las condiciones especiales de este tipo de recluso requieren una mayor inversión que el de la población carcelaria en régimen común. Sin embargo, dichos argumentos de mayores gastos públicos son posteriormente descalificados por el mismo autor como carentes de valor para el debate jurídico sobre el adulto mayor encarcelado (Maldonado, 2019, pp. 8-10).
Ya que las cárceles no son instituciones que podrán ofrecer cuidados de salud muy especializados para el adulto mayor, se requiere recurrir a alternativas de tratamiento en el medio libre lo que implica traslados temporales o permanentes a instituciones como hospitales, clínicas o instituciones psiquiátricas bajo medidas de vigilancia adecuadas y contabilizando estos días de tratamiento como parte de la condena experimentada. En este caso, aplicar una pena alternativa no está en conflicto con la necesidad de que la pena sea retributiva o preventiva (Maldonado, 2019).
La discriminación experimentada por el adulto mayor en los penitenciarios de acuerdo a los estudios de investigación etnográfica
A continuación, analizamos los hallazgos de los estudios etnográficos carcelarios de diferentes realidades nacionales carcelarias con respecto a la discriminación experimentada por el adulto mayor o la adulta mayor privado/privada de libertad. Estos resultados son relevantes para las políticas públicas carcelarias porque indican situaciones donde los derechos de los adultos mayores encarcelados podrán ser infringidos y las que deben ser remediadas a través del diseño de nuevas estrategias carcelarias para este grupo objetivo.
La investigación etnográfica colombiana, con respecto a la discriminación del adulto mayor recluso, ha demostrado que el derecho a la salud es el derecho que, de acuerdo a los investigados, ha sido más vulnerado en la vida cotidiana carcelaria (36%), seguido por el derecho a la protección y asistencia (16%), educación (15 %), familia (13 %), defensa (8 %), libertad de culto (7%) y vida (5%), (Abaunza et al., 2014, p.102). Los autores colombianos también mencionan la discriminación ocupacional de los adultos mayores privadas de libertad: se refiere a que acuerdo a características estadísticas, se reduce el número de ocupaciones que estas personas pueden llegar a realizar en las cárceles, lo que induce a que los tomadores de decisiones de las instituciones penitenciarias los aparten o segreguen de distintas actividades, considerando, sin razón o con ella, que estos grupos pueden tener una productividad menor que la de otros internos. El acceso a estas dependerá de las relaciones informales con el personal administrativos de las cárceles y no de reglamentos (Abaunza et al., 2014, pp.119,122). Otros tipos de discriminación del adulto mayor encarcelado se relaciona por no ser elegido como capital humano para la inversión, ya que factores relacionados con la edad como escasas posibilidades de resocialización, pocas posibilidades para volver al mercado laboral, este recluso no representa un retorno a la inversión lo que redunda en un sentimiento de desplazamiento y desmotivación en los reclusos adultos mayores. Entre los factores de sentirse discriminados los autores refieren a que los adultos mayores encarcelados de los centros penitenciarios colombianos se sientan estigmatizados porque se les asocia con el prejuicio de haber cometido el delito de violación (de menores), (Abaunza et al., 2014, pp.116, 195).
Los estudios de Negrete y Reyes (2018) acerca de la cárcel femenina de San Joaquín, Santiago, Chile, indican que las mujeres adultas mayores se sentían discriminadas como personas adultas mayores al momento de la detención por Carabineros o PDI, no recibiendo el debido respeto para su edad, obligándoles al tirarse al suelo y tratada en forma agresiva al momento de allanamiento de sus hogares, durante los que se produjeron, entre otros actos violentos, la destrucción de objetos del hogar y que fue una experiencia muy traumática para sus familiares menores, hijos o nietos que la presenciaban (Reyes y Negrete, 2018, pp.92-98). Aunque, sobre todo, las reclusas reincidentes mantienen relaciones de mutuo respeto con el personal penitenciario, porque estos conocen su trayectoria de vida, sin embargo, no reciben tratos de privilegios por edad, de parte del personal penitenciario, sino entre las mismas internas se fomentan reglas de respeto para las mujeres adultas mayores reclusas (Reyes y Negrete, 2018, p.101). En otras ocasiones manifiestan que se sientan discriminadas en relación a la población femenina más joven de este centro penitenciario, con respecto a las oportunidades de educación, capacitación o trabajos carcelarios, y argumentan que les gustaría recibir una ayuda especializada, en el ámbito de la educación informática u otros áreas que les apoyarían en su futura reinserción social y evitar la reincidencia, y que pese a su edad avanzada, estas actividades son de crucial relevancia para ellas, ya que muchos continúan encargándose de las familias extendidas en calidad de jefes de hogar (Reyes y Negrete, 2018, pp.102-103). Las autoras señalan una discriminación por edad, con respecto a que las reclusas adultas mayores deben adaptarse a la infra-estructura del centro penitenciario femenino San Joaquín, como escaleras, camarotes, agua helada en las duchas durante todo el año, etc. (Reyes y Negrete, 2018, p.104).
Varios estudios etnográficos carcelarios mexicanos señalan la falta de cuidados de los servicios de salud, el difícil o tardío acceso a estos, como también unos de los primeros problemas indicados con respecto a los ámbitos en que los adultos mayores reclusos investigados manifestaron sentirse discriminados (Ramírez, 2009, p.167; Azaola y Cristina, 1996; Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal México, 2006). En segundo lugar, los investigados manifiestan su descontento sobre la calidad de la alimentación y las condiciones insalubres al momento de ser servidos a los presos (Ramírez, 2009, p.167). Por lo tanto, por desconfiar de la comida ranchera de la cárcel muchos de los reclusos suelen fabricar su propia comida.13
Basotti (2022) señala, para la situación de las cárceles de Argentina, desde la investigación de fuentes secundarias de los organismos de defensa de los Derechos Humanos, Human Right Watch (2012), una discriminación de género y de edad con respecto a la escasez de oportunidades de que los centros penitenciarios ofrecen programas recreativos, educacionales y vocacionales que aportan a la rehabilitación social de los adultos mayores detenidos (Basotti, 2022, p.6).
A continuación, analizamos los aportes de los estudios mencionados del adulto mayor privado de libertad con respecto a la evaluación de las políticas penitenciarias de acuerdo a su realidad nacional.
Se señala la escasez de políticas especiales reguladas por el ámbito legislativo para el adulto mayor recluso en Chile (Maldonado, 2019; Negrete y Reyes, 2018). Con la excepción de las políticas para los condenados por crímenes de lesa humanidad, quienes representan a la gran mayoría de los adultos mayores presos chilenos y la presencia de cárceles especiales para este grupo (Maldonado, 2019, p.38).14
En el caso del estudio etnográfico mexicano también se enfatiza la necesidad de generar políticas públicas para los adultos mayores encarcelados que van en apoyo a la vejez institucionalizada, extendiendo este concepto no solamente a la población de adulto mayor encarcelada, sino también a los adultos mayores en asilos, clínicas psiquiátricas, centros diurnos, etc. Sobre todo, el autor invoca a los investigadores de las ciencias sociales realizar diagnósticos de la situación del adulto mayor institucionalizado como herramienta para elaborar dichas políticas públicas (Ramírez, 2009, p.176).
El Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC) de Colombia ha diseñado pautas de integración social dirigidas a grupos con condiciones excepcionales, que optan por la inclusión y la solución a necesidades culturales a través de la participación. Para los adultos mayores privados de libertad, se propone facilitar el acceso a los programas de promoción y prevención, considerar factores de riesgo físico, psicológico o social, que impidan el adecuado desenvolvimiento en las actividades cotidianas. Así como fomentar la colaboración de organismos nacionales e internacionales que trabajen en pro de los Adultos Mayores Privados de Libertad. Este programa refleja la conciencia a nivel institucional acerca de la relevancia de reglamentos especiales para el adulto mayor recluso, sin embargo, el INPEC no cuenta con financiamiento para la implementación de dicho programa por lo que no existe por el momento implementación real de políticas de tratamiento diferenciales (Abaunza et al.,2014, p.59).
Aunque el estudio de Basotti (2022) no se refiere en el marco de una investigación etnográfica propia a las políticas públicas para el adulto mayor privado de libertad en Argentina, la autora cita a su coterránea Trecco (2020), quien señala que admite que si bien en la mayoría de las cárceles de su país las condiciones para el adulto mayor encarcelado no son óptimas, existen algunos centros penitenciarios excepcionales, como por ejemplo en Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la Unidad Nº20 de la cárcel de las “Tunas”, un pabellón especial para adultos mayores con un buen acceso a la salud, y lo más importante es que se trata de un régimen semi-abierto, y esta modalidad permite a los adultos mayores irse a trabajar o visitar libremente a los familiares, de este modo reduciendo los efectos más nocivos sobre los adultos mayores en su salud física y emocional a causa del aislamiento. Se han destacado que son los presos o presas menos conflictivas, y más activas dentro del penal (Trecco, 2020, p.22).
Conclusiones
Emitir un juicio acerca de los aportes a las ciencias, en el ámbito académico y en el terreno de la elaboración de políticas públicas carcelarias, de los estudios latinoamericanos en referencia al adulto mayor recluso hubiese sido distinto si estos estudios no fueron una tendencia en emergencia a partir de las primeras décadas de este siglo en este continente, y con una producción extremadamente escasa de estudios hasta la fecha. Con una producción más abundante y/o una historia más larga de la presentación de estos estudios en nuestra región existirían probablemente otros parámetros más críticos de comparación.
Aunque los tres estudios etnográficos, además son de envergaduras distintas, variando de estudios de un solo centro penitenciario, como en los casos del estudio chileno de Reyes y Negrete (2018) y del estudio mexicano de Ramírez (2009), a una investigación de una gran cantidad de cárceles nacionales, como es el caso del estudio colombiano de Abuanza et al. (2014), estos presentan diferencias en la cantidad de sujetos investigados, de dos a diez casos en profundidad, en el caso del estudio de un solo centro penitenciario, a una totalidad de 221 personas, en el caso de involucrar varios centros penitenciarios. Sin embargo, el aporte de todos los estudios involucrados del adulto mayor privado de libertad en este análisis es relevante, en una situación de un gran vacío en los estudios centro y latino americanos en este ámbito.
Reiteramos que al comparar los métodos de investigación empleados en los estudios analizados para los estudios del adulto mayor privado de libertad, la metodología adecuada es la investigación cualitativa y el método etnográfico, que permite recoger las perspectivas y experiencias de las personas en situación de encierro. El estudio de Abuanza et al., (2014) aplica el método de focus group como complementaria a las entrevistas en profundidad, que permite recoger experiencias en común en un ambiente de confianza mutua. Los estudios de Negrete y Reyes (2018) aplican la metodología de la historia de vida a través de una investigación longitudinal, métodos muy relevantes para poder estudiar la evolución en las perspectivas y actitudes del adulto mayor encarcelado. Las investigaciones que combinan varios métodos, favorecen el aporte científico a los estudios del adulto mayor encarcelado, e incluso los que incluyen también el método cuantitativo de las encuestas como de Abuanza et al. (2014), por aumentar la disponibilidad de los datos sobre un fenómeno poco conocido. Los tres estudios etnográficos incluyeron marcos teóricos relevantes y adecuados para el análisis de la situación del adulto mayor privado de libertad
Las investigaciones etnográficas de Abuanza, Ramírez, Negrete y Reyes aportan a las ciencias a través de los datos del perfil de delito cometido por el adulto mayor. Destacándose entre ellos, uno de los estudios más reciente, el estudio de Reyes y Negrete, a través de la profundización en las condiciones sociales como la pobreza, redes familiares y residencia en barrios marginales que llevan al delito en las adultas mayores en la región metropolitana de Chile. Además, este estudio es el primero en Latinoamérica que hace una diferenciación entre los sexos, presentando un estudio enfocado en la mujer adulta reclusa.
No obstante, todos los estudios incluidos en este análisis son relevantes desde diferentes ángulos, los estudios de fuentes documentales, como de Maldonado desde la disciplina de derecho, si bien no aportan datos etnográficos propios, planteó muchos ítems importantes en el debate que pertenece a las políticas públicas carcelarias acerca de la eximición o transformación de la pena para el adulto mayor, las medidas administrativas carcelarias especiales para el adulto mayor, la factibilidad de instalar módulos o cárceles especiales en Chile. Como también el estudio de Basotti, planteado desde el trabajo social y la disciplina de derecho, lo que trae antecedentes estadísticos sobre los adultos mayores reclusos argentinos y acerca los parámetros de edad para ser considerados adulto mayor en el ámbito carcelario. Todos los estudios incluyen reflexiones relevantes sobre las perspectivas y teorías acerca del envejecimiento biológico y el envejecimiento acelerado en contextos carcelarios, y sus implicancias jurídicas con respecto al tema de la discriminación en relación a las condenas o medidas alternativas de sanciones.
Con respecto a la utilidad de los estudios del adulto mayor privado de libertad en referencia, para las políticas públicas carcelarias, los tres estudios etnográficos, de Chile, Colombia, México, pero también el estudio documental de Argentina, recolectaron experiencias de discriminación experimentadas por los y/o las reclusas adultas mayores referentes a sus cuidados en salud, su relegación en la participación en actividades de formación y de trabajo, las prácticas de corrupción al respecto al acceso de estas actividades, los métodos de allanar las casas en los procedimientos de la detención, por ejemplo, resultados que podrían servir de insumos a políticas públicas futuras carcelarias para el adulto mayor privado de libertad. Todos los estudios en referencia, independiente de su metodología empleada, señalan la escasez de políticas penitenciarias nacionales actuales para el adulto mayor o implementadas en la práctica, ya que el diseño de estrategias carcelarias para este grupo en la mayoría de los países de nuestra región también se encuentra en ciernes. Con algunas excepciones sorprendentes, como una cárcel modelo para el adulto mayor, mencionado por Basotti en Argentina.
Para finalizar, queremos señalar que es tarea de los investigadores de las diferentes ciencias sociales en un trabajo interdisciplinario, junto con las ciencias jurídicas, levantar estudios con metodologías adecuadas que podrán reflejar las experiencias, opiniones y prácticas de los adultos mayores privadas de libertad como aporte a las ciencias sociales, pero también como una contribución a una futura ampliación de la legislación nacional o incluso internacional sobre el adulto mayor recluso. Pese a la escasez de estudios generales sobre el tema del adulto mayor privado de libertad en el continente latinoamericano y caribeño, también se recomienda realizar más investigaciones interdisciplinarias diferenciadas por variables como factores étnicos, de género, procedencia de los detenidos de sectores urbanos o rurales, o de detenidos migrantes adultos mayores.
Agradecimientos
Johanna Corrine Slootweg agradece al Proyecto Fondecyt Regular Nº1211321 “Redes Carcelarias Provisorias de Esperanza: Las comunidades Evangélicas como redes sociales (trans)fronterizas para los aymaras y quechuas detenidos y condenados por tráfico de estupefacientes en el Norte Grande de Chile (2005-2024)” la publicación de este artículo.
Miguel Ángel Mansilla Agüero agradece al Proyecto Fondecyt Regular Nº1211321 “Redes Carcelarias Provisorias de Esperanza: Las comunidades Evangélicas como redes sociales (trans)fronterizas para los aymaras y quechuas detenidos y condenados por tráfico de estupefacientes en el Norte Grande de Chile (2005-2024)” la publicación de este artículo.
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1 Otras fuentes, tales como Las Reglas de Brasilia (2008), mencionan para la realidad de Argentina un total de 1.172 personas de adultos mayores encarceladas, de las cuales apenas el 5% son mujeres. https://www.defensorba.org.ar/pdfs/adultos%20mayores%20prisionizados%20peru.pdf, p.11.
3 La violación impropia se refiere a tener accesos carnales o sus intentos por vía vaginal, anal y bucal con personas menores de 14 años, Código Penal Artículo 362, Chile.
4 Las mujeres reclusas adultas mayores eran provenientes de los siguientes barrios de la capital de Santiago: sectores Sur, Surponiente, Suroriente, Norponiente o de la Provincia de Chacabuco (Negrete y Reyes, 2018, p.77).
5 De acuerdo a Ramírez (2009, p.172) varios de los investigados mencionaron prácticas de corrupción de las guardias, que dificultaron y desincentivaron la continuidad de las visitas de los familiares en el transcurso de los años.
6 Sebastián (2000, p.11) ha definido la solidaridad como “el reconocimiento práctico de la obligación natural que tienen los individuos y los grupos humanos de contribuir al bienestar de los que tienen que ver con ellos, especialmente de los que tienen mayor necesidad”.
7 Esta disposición a las entrevistas grupales entre los varones reclusos no es tan común, ya que aquí influye el código de comportamiento de la cárcel para los reclusos masculinos quienes no deben demostrar empatía con otros, ni compartir sentimientos, ni experiencias personales, actitudes que son considerados como muestras de debilidad (Kalinsky, 2016, p.20).
8 Aunque podemos matizar esta opinión en alguna medida, ya que Maldonado también explica la falta de interés de participación en estas actividades formativas y educativas de parte de los reclusos adultos mayores, debido al carácter inadecuado de estos programas para este grupo de edad (Maldonado, 2019, pp.15, 19).
9 A pesar de que Ramírez cita incidentalmente a Goffman y Armoso, quienes asocian a la cárcel con un sistema totalitario que desculturaliza a los presos (Ramírez, 2009, p.162), se presenta esta como una visión contraria a la visión de los adultos mayores reclusos, que actúan como sujetos agentes de su situación carcelaria.
10 Maldonado (2019, p.25) se refiere también a la pasividad de los reclusos adultos mayores españoles citando a Yagüe Olmos (2009), y a los prisioneros adultos mayores en California, citando a Zimbardo (1994).
11 De acuerdo a los peritajes antropológicas, en el caso de Chile, a muchos aymaras adultos mayores detenidos por haberse involucrado como burreros en el narcotráfico (Ver Slootweg, 2024), se les niega el derecho a transformar la detención preventiva en arresto domiciliario, medida aún más difícil de concretarse cuando se trata de imputados viajeros de Bolivia y de Perú, ya que muchos de ellos no tienen familiares residentes en Chile.
12 Sin embargo, Trecco (2020, pp.27-28) señala que si bien es cierto, no se trata de que esta disposición se transforma automáticamente en un derecho del adulto mayor privado de libertad, tampoco es una discrecionalidad sin criterios ni arbitraria, ya que los jueces deben basarse en informes de una evaluación biológica, psicológica o social para tomar una decisión acerca de conceder o no este derecho.
13 Ver también Francesca Cerbini (2012) y las creencias de los reclusos indígenas acerca de las supuestas enfermedades que podrían causar la comida proporcionada en las cárceles bolivianas.
14 Se destaca, además, a nivel mundial la problemática de la presencia de adultos mayores condenados en calidad de victimarios de guerras. Estos tipos de delitos generan controversias en que influyen mucho las convicciones políticas y es difícil la búsqueda de criterios equilibrados según el derecho comparado (En Chile: Maldonado, 2019, pp.36-38, Vea los adultos mayores reclusos victimarias de guerra en Argentina: https://www.pagina12.com.ar/471298-24-de-marzo-hay-mas-de-1-000-condenados-por-crimenes-de-lesa. Para ver la temática de los prisioneros de mayor edad victimarios de guerra en Alemania, Herzog (2008).