Matrimonio igualitario, perspectivas socioculturales y ético políticas desde las voces de estudiantes universitarias/os

Equal marriage, sociocultural and ethical-political perspectives from the voices of university students

 

Fecha recepción: julio 2022 / Fecha aceptación: octubre 2022

DOI: https://doi.org/10.51188/rrts.num28.696

ISSN en línea 0719-7721 / Licencia CC BY 4.0.

RUMBOS TS, año XVII, Nº 28, 2022. pp. 245-268

RumbosTS

Proyecto aprobado por el Comité Ético Científico de la Universidad Autónoma de Chile N° CEC 32-21, con fecha 02 de septiembre de 2021.

 

 

Sonia Brito Rodríguez

Doctora en Ciencias de la Educación, mención educación intercultural, Universidad de Santiago de Chile. Magister en Educación superior, Universidad Andrés Bello, Chile. Trabajadora social, Universidad Tecnológica Metropolitana, Chile.
Académica-Investigadora, Escuela de Trabajo Social, Universidad Alberto Hurtado, Chile.

sbrito@uahurtado.cl https://orcid.org/0000-0002-1211-1125

 

Lorena Basualto Porra

Magister en Educación, Universidad Andrés Bello, Chile.
Magíster en Teología Dogmática, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Académica Universidad Católica Silva Henríquez, Chile.

lbasualtop@ucsh.cl https://orcid.org/0000-0001-8780-0841

 

Rodrigo Azócar González

Doctor en Estudios Interdisciplinares de Género, Universidad de Huelva. Máster en Mediación Intercultural y Género, Universidad de Valencia; Mestre em Antropologia Social, Universidade Federal de Goiás. Trabajador social y licenciado en Trabajo Social, Universidad de Valparaíso. Académico de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Chile. Director Social del Observatorio Sociedad & Género. Investigador grupo de investigación Género y Sexualidades en contextos de diversidades culturales.

rodrigo.azocar@uautonoma.cl https://orcid.org/0000-0003-1940-7743

 

Claudia Flores Rivas

Magíster Administración y Negocios, mención en Recursos Humanos (MBA), Universidad de Chile. Trabajadora social, Universidad Tecnológica Metropolitana, Académica. Coordinadora de prácticas profesionales Universidad Autónoma de Chile. Investigadora grupo de investigación Género y Sexualidades en contextos de diversidades culturales.

claudia.flores@uautonoma.cl https://orcid.org/0000-0002-4991-3965

 

Resumen

El propósito de la investigación es indagar sobre las distintas visiones que tienen las/los jóvenes universitarias/os chilenos respecto del matrimonio igualitario en su alcance sociocultural y ético político. Los principales abordajes refieren al reconocimiento en perspectivas de derechos humanos, justicia social y cambio de paradigma en la visión del matrimonio y de la familia. La investigación se aborda desde un enfoque cualitativo y hermenéutico, tanto de la revisión documental como de las narrativas de las/los jóvenes universitarias/os, a través de entrevistas semiestructuradas desplegadas en grupos de discusión y encuestas. Los principales resultados dan cuenta de la aceptación de las/los jóvenes para la promulgación de la ley sobre matrimonio igualitario, sin embargo, plantean la necesidad de una transformación profunda en la sociedad chilena desde la perspectiva de la importancia del reconocimiento de la dignidad de la persona humana. Asimismo, la importancia de la educación formal como vehículo de apropiación y socialización de la ley.

Palabras clave

Patrimonio igualitario; Estudiantes universitarios; Reconocimiento; Diversidades sexuales; Derechos humanos;

 

Abstract

The purpose of the research is to inquire about the views that young Chilean university students carry regarding equal marriage in its sociocultural and ethical-political scope. The main approaches refer to the recognition in perspectives of human rights, social justice and paradigm shift in the vision of marriage and the family. The research is approached from a qualitative and hermeneutical approach both to the documentary review, as well as to the narratives of the young university students, through semi-structured interviews deployed in discussion groups and surveys. The main results show the acceptance of young people for the enactment of the law on equal marriage; however, they raise the need for a profound transformation in Chilean society from the perspective of the importance of recognizing the dignity of the human person. Likewise, the importance of formal education as a vehicle for appropriation and socialization of the law.

Keywords

Equal marriage; University students; Recognition; Sexual diversities; Human rights

 

Introducción

Hace algunas décadas que en Chile se está debatiendo sobre matrimonio igualitario. Quienes han instalado el tema en la agenda pública han sido, principalmente, organizaciones, movimientos sociales y grupos de diversidades sexuales. Ellos se movilizaron para sensibilizar a la ciudadanía respecto del derecho de las personas a ver representadas, en un cuerpo legal, los diversos tipos de relaciones de pareja, como también los derechos de filiación. Ciertamente, “la legislación no es neutra pues cambia según las diversas concepciones antropológicas, valóricas y culturales a los cuales una comunidad adhiere” (Brito et al., 2021, p.1), por lo tanto, legislar sobre matrimonio igualitario implica un salto cualitativo paradigmático en la concepción de familia, puesto que la triada clásica de sexualidad, procreación y convivencia, cambia radicalmente (Herrera y Teitelboim, 2010).

Desde una concepción clásica de matrimonio, el país había relegado a contextos de exclusión e invisibilización los vínculos afectivos fuera de la heteronorma, validada culturalmente (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, MOHVIL, 2021). Esto contrasta con los derechos de la diversidad sexual promovidos por organismos de derecho internacional a los cuales Chile ha adherido, como los Principios de Yogyakarta (2007) donde se promulga “el derecho a formar una familia: con independencia de su orientación sexual o identidad de género, incluso a través del acceso a adopción o a reproducción asistida” (p..29). De esta manera, “el sujeto social sexual no heterosexual debe ser reconocible para la política y aparece involucrado en la intervención del Estado como forma de legitimación de esa misma intervención, pero a la vez como legitimación de las demandas colectivas” (Galaz y Sepúlveda, 2020, p.279).

La actual ley de matrimonio igualitario, aprobada en diciembre del 2021, profundiza en el reconocimiento que realizara el Acuerdo de Unión Civil (Ministerio Secretaria General de Gobierno, 2015) que no consideraba el derecho de filiación. Con la aprobación de la Ley 21.400 (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2021), Chile se convierte en el octavo país de América Latina que aprueba una ley de estas características (Romero, 2021).

Con respecto a la percepción de la ciudadanía, la encuesta CADEM (2021) señala que el 74% de las/los chilenas/os están de acuerdo con el matrimonio igualitario y un 65% con la adopción homoparental. A su vez, la encuesta IPSOS (2021) afirma que en Chile el 65% aprueban la legislación del matrimonio igualitario y un 67% cree que las parejas del mismo sexo son capaces de criar correctamente a un niño, niña o adolescente.

Ahora bien, las investigaciones sobre matrimonio igualitario en Chile han proliferado en los últimos años en la agenda legislativa (Basaure, 2021; Galaz y Sepúlveda, 2020; Araya y González, 2019; Azócar y Lathrop, 2018; Palavecino, 2018; Pinto 2017; Villarroel y Vásquez, 2016). Esto, principalmente, por las demandas realizadas a través de organizaciones de la sociedad civil que han permitido “reconceptualizar el significado tanto de la institucionalidad matrimonial, como de la idea del matrimonio igualitario, promoviéndolo como un tema de políticas públicas y derechos humanos” (Muñoz, 2020, p.15-16).

Así, desde la disciplina del derecho se ha visibilizado la desigualdad de género que existe en los regímenes patrimoniales (Quintero, 2021; Jaramillo, 2020), lo cual incluye legislar sobre matrimonio igualitario y filiación homoparental (Araya, 2021; Barros y Guerra, 2021; Morales-Murillo et al., 2020), por lo tanto, una normativa integral debería incorporar la lesbomaternidad, el uso de técnicas de reproducción asistida y adopción (Piedrabuena, 2020). En conjunto con la filosofía, la reflexión sobre matrimonio igualitario se ha instalado desde la perspectiva de derechos humanos, argumentando que es necesario dejar atrás la visión naturalista que tiende a anquilosar los conceptos, impidiendo la perspectiva de diversidad que es propia de la humanidad (Basaure, 2021). Además, los estudios constitucionales y legislativos concluyen que no incluir el matrimonio igualitario en la normativa de un país sería un acto discriminatorio que atenta contra los derechos fundamentales (Astrain, 2021; Díaz, 2021; López-Sánchez y Enríquez-Fuentes, 2020; Brito, et al., 2021).

Por su parte, se han publicado estudios cualitativos desde diversas áreas de las humanidades sobre las experiencias de personas que se identifican desde la disidencia sexual que narran las situaciones de exclusión e inequidad que viven en una sociedad heteronormada que se resiste a aceptar nuevas formas de relaciones (Alday-Mondaca y Lay-Lisboa, 2021; Morrison et al., 2020; Marshall, 2018; Fuentes, 2017). También se han realizados estudios de valoración del matrimonio igualitario, considerando que es una discusión donde coinciden dimensiones éticas, jurídicas, religiosas, políticas y culturales. Al respecto, Farias (2016), en el contexto de la aprobación del Acuerdo de Unión Civil en Chile, considera variables sociodemográficas, familiares, religiosas y de identificación política como elementos que inciden en la aceptación del matrimonio igualitario, donde las personas de mayor edad, tienden a rechazar esta legislación. Castiblanco y Roa (2019), en Colombia, descubren diferencias significativas en cuanto a características etarias, debido a que los jóvenes expresan una actitud más positiva. Esta apertura del mundo juvenil hacia la diversidad sexual y LGTBIQ+ tiene como consecuencia el apoyo a diversas reformas legales que garantizan la no discriminación, entre ellos, el matrimonio igualitario. Estudios similares realizados por Santos-Figueroa et al. (2022) en Panamá, Neira (2020) en Colombia y Barragán-Pérez et al. (2016) en México, cruzan la temática de matrimonio igualitario con las percepciones de estudiantes universitarios.

En Chile, los estudios sobre las visiones que tienen las y los jóvenes universitarias/os respecto del matrimonio igualitario son recientes. En este sentido, la importancia del presente artículo es visibilizar la discusión del matrimonio igualitario con respecto a las razones que los jóvenes construyen para mostrarse a favor o en contra, tanto en sus dimensiones legales como en el cambios de paradigma social, cultural, ético y político que la aprobación de la ley conlleva. Así, la pregunta que guía la investigación es ¿cuáles son los discursos socioculturales y ético políticos que construyen las/los jóvenes universitarias/os respecto del matrimonio igualitario y sus implicancias en la sociedad chilena? Esto, bajo el supuesto de indagación que los jóvenes universitarios tienen una visión abierta y propositiva respecto del matrimonio igualitario y que esto implica cambios en la construcción de nuevos paradigmas socioculturales y ético político que ayudarían a fortalecer una sociedad más equitativa e inclusiva.

El artículo se ordena en cuatro apartados. En primer lugar, el marco teórico, donde se desarrollan tres temáticas que sustentan el estudio, a saber: aspectos legales del matrimonio igualitario, matrimonio igualitario en perspectiva de derechos humanos y más allá del contrato. En segundo lugar, se despliega la metodología considerando sus fundamentos teóricos, instrumento, muestra, análisis de datos y consideraciones éticas. El tercer apartado da cuenta de los resultados considerando cuatro categorías de indagación: derecho, libertad y reconocimiento; filiación y adopción; cambio de paradigmas socioculturales y ético político; y, la educación formal como agente de transformación. Finalmente, se presentan las discusiones considerando la pregunta y el supuesto de indagación además de las categorías de análisis.

Marco teórico

Aspectos legales del matrimonio igualitario

En Chile, el 9 de diciembre se promulga la Ley 21.400 de Matrimonio Igualitario, el 10 de diciembre se publica en el diario oficial y el 10 de marzo del 2022 entraría en vigor (Ministerio de justicia y Derechos Humanos, 2021). La normativa señala que pueden contraer matrimonio personas del mismo sexo, para ello, introduce modificaciones en el Código Civil, como por ejemplo, sustituir la expresión “marido o mujer” por “cónyuge” (Ministerio de justicia y Derechos Humanos, 2021, art.1). Hasta antes de la promulgación de esta ley se definía el matrimonio en términos jurídicos como “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente” (Código Civil, 2000, art.102).

Del mismo modo, se regulan los aspectos de filiación y adopción:

Los hermanos pueden serlo de simple o doble conjunción. Los que sean por parte de ambos progenitores se llaman entonces hermanos de doble conjunción, y los que lo sean sólo por parte de uno de ellos, se llaman entonces hermanos de simple conjunción. (Ministerio de justicia y Derechos Humanos, 2021, art.1)

Otro aspecto que se modifica dice relación a la concepción de las/los progenitoras/es. Al respecto la Ley señala que: “los padres y las madres de una persona son sus progenitores, respecto de los cuales se ha determinado una relación de filiación. Se entenderán como tales a su madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres” (Ministerio de justicia y Derechos Humanos, 2021, art. 1).

Otro componente refiere al patrimonio, la nueva ley señala:

Los matrimonios celebrados entre personas del mismo sexo, las que, por el hecho del matrimonio, se entenderán separadas totalmente de bienes, sin perjuicio de la facultad de optar por el régimen de participación en los gananciales en las capitulaciones matrimoniales, o de sustituirlo por éste durante la vigencia del matrimonio, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1723. (Ministerio de justicia y Derechos Humanos, 2021, art. 35)

Se debe tener presente que la ley de matrimonio que regía antes de la Ley 21.400, se creó en un contexto histórico influenciado por un pensamiento conservador, con raíces canónicas arraigadas y que invisibilizaba nuevas formas de relaciones afectivas y familiares (Rubio, 2021). Sin embargo, en las últimas décadas, se han generado cambios, avances y ajustes en materia de legislación familiar, tales como: el reconocimiento de las capacidades legales de la mujer en el contexto del matrimonio; hijas/os sin distinción de legitimidad; nuevos regímenes de matrimonio más equitativos en relación con el patrimonio y la legislación del divorcio ente otros. Estos cambios legales fueron configurando escenarios menos hostiles para con las personas y más esperanzadores de cambios estructurales, hasta llegar a la aprobación de la ley de matrimonio igualitario.

 

Matrimonio igualitario en perspectiva de derechos humanos

La promulgación de la Ley 21.400, que establece el matrimonio igualitario en Chile, se fundamenta en el perfeccionamiento de la democracia local, la relevancia internacional de la protección de los Derechos Humanos constituidos por derechos civiles y políticos, la discusión y búsqueda de la ampliación a los derechos sociales, económicos y culturales y la relevancia del aseguramiento de los derechos de tercera generación; además, del reconocimiento y protección universal de la libertad humana, la igualdad y dignidad. Es decir, el matrimonio igualitario se comprende como una acción que otorga igualdad y dignidad a las personas, independiente de su origen, género, raza, orientación sexual, género, ideología o religión, pues se complementa con otros derechos para constituir una base importante del orden civil actual.

El reconocimiento de los derechos civiles en su más amplia dimensión ha sido preocupación central de los organismos internacionales. En particular, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2018) se ha preocupado de promover y recomendar a los Estados acciones específicas para asegurar la protección y reconocimiento de las diversidades sexuales y de género que históricamente han sido discriminadas por instituciones, individuos y diferentes sistemas de gobierno en general. En este contexto, estableció una interpretación amplia y obligatoria para todos los Estados parte del sistema americano, orientada a reconocer los fundamentos de la sociedad y reconstruir la identidad de género, la igualdad y la no discriminación de las parejas del mismo sexo en los aspectos legales. Todo ello, con el fin de romper las estructuras patriarcales y heteronormadas de fuentes conservadoras, que han basado su oposición al matrimonio igualitario con base en argumentos religiosos, morales y culturales, permitiendo así dar paso a la evolución de las normas legales en la sociedad actual.

A nivel internacional, la Organización de Naciones Unidas y sus convenciones han sido un referente en materia de discusión y promoción de los derechos civiles. Los resultados de este trabajo se ven reflejados, entre otros, en la Declaración Universal de Derechos Humanos (Organización de las Naciones Unidas, ONU, 2015), que estipula en el artículo 7 el derecho a la igual protección y el derecho a la no discriminación. Otro ejemplo fue la declaración de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, CEDAW, 1992), ratificada por Chile y que ha abierto la discusión en torno a las desigualdades e inequidades que sufren las mujeres y las diversidades sexuales y de género, como reflejo del avance del machismo y patriarcado como sistema de relaciones sociales, procurando establecer lazos con la sociedad civil para evidenciar las condiciones de dominación y procurar su erradicación.

Aunque no existe una convención específica que procure la erradicación de la discriminación a diversidad de género, existen indicaciones específicas que están presentes en los Principios de Yogyakarta (2007) con el fin de establecer una preocupación especial por los abusos y violaciones a los derechos humanos de las personas LGBTIQ+, señalando principios relativos a la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos a la orientación sexual e identidad de género como continuación de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

 

Más allá del contrato

La familia es considerada como una institución central para el desarrollo de la vida de las personas y de la sociedad, además de constituirse en un espacio de socialización de cultura, donde se desarrolla la personalidad, la visión de mundo y los afectos, por tanto, no solo es un deber ser de tipo normativo, sino que es un lugar de múltiples interacciones. Del mismo modo, el matrimonio igualitario no es solo un contrato, sino que refiere al derecho a constituir familias diversas, terminando con la discriminación estructural, institucional y hegemónica que rotula y marca por sexo (que es como las disidencias sexuales han sido invisibilizadas, negándoseles el derecho de vivir la afectividad y la familia, generándose prácticas excluyentes desde los discursos heteronormados).

Ahora bien, existen muchas formas de ser familias, pues la familia está en una permanente tensión evolutiva cuyo rasgo más significativo es la diversidad (Lamas y Ramírez, 2018). En este sentido, el matrimonio constituido por personas del mismo sexo es una posibilidad del ejercicio de identidades abiertas y variadas de representaciones de vida.

De esta manera, las nuevas configuraciones familiares y, específicamente aquellas conformadas por personas del mismo sexo, necesitan de una transformación, aceptación y valoración de visones de mundo y prácticas que incluyen la diversidad de opciones afectivas y sexuales. De esta manera, el matrimonio igualitario forma parte de un proyecto de vida singular y, en este sentido, el Estado es el encargado de velar por que este se desarrolle en igualdad de oportunidades con respecto a todos los ciudadanos (Turkieltaub, 2019).

Finalmente, es necesario señalar que el matrimonio igualitario no es la única bandera de lucha de los movimientos de diversidad sexual pues, para que se reconozca en la sociedad, es necesario acabar con todo tipo de discriminación, de allí la importancia de avanzar en la ley antidiscriminación para construir un país más inclusivo y respetuoso de la diversidad (Sepúlveda, 2021). De hecho, las cifras muestran que el 93% de la comunidad LGTBIQ+ ha sido discriminada al menos una vez en su vida por su identidad de género y esta discriminación se ha traducido en violencia verbal (74%), psicológica (74%), física (34%) y sexual (25%); además, las denuncias durante el año 2020 subieron a un 14,7%, sumando 1.266, siendo la cifra más alta de los últimos años. Para contrarrestar este tipo de acciones es necesario instalar una educación sexual integral que permita la prevención de la violencia de género y los crímenes de odio (Sepúlveda, 2021).

 

Metodología

La metodología propuesta es de tipo cualitativa (Flick, 2015), especialmente por su orientación inductiva y holística que posibilita el resguardo y valoración de las construcciones que realizan las y los estudiantes en torno al matrimonio igualitario. Desde esta concepción, incorporar una perspectiva hermenéutica (Cárcamo, 2005) permite generar estrategias de profundización de los discursos expuestos por las personas, valorando la posición discursiva del sujeto en un contexto determinado.

La técnica de producción de información considerada es el cuestionario y el grupo de discusión. Por sus características, el cuestionario permitió hacer una consulta de manera amplia y rápida a una población específica, utilizándolo como un primer acercamiento al tema por parte de las y los estudiantes (García, 2003). Por su parte, el grupo de discusión es reconocido como una técnica de tipo grupal que permite la interacción en torno a la temática propuesta a través de un cuestionario temático que es puesto en común y tensionado a través de las opiniones que manifiestan las personas convocadas. Esta técnica asegura el cumplimiento de los objetivos propuestos en la investigación, como también cumplir con criterios de pertinencia y atingencia con la temática propuesta en un diálogo más profundo (Barbour, 2013).

 

Instrumento

El guion temático está organizado en función de los objetivos de la investigación. De esta manera, como objetivo general se propuso indagar sobre las visiones que tienen las y los jóvenes universitarias/os de Chile respecto del matrimonio igualitario en su alcance sociocultural y ético político. Luego, se consideraron los objetivos específicos para diseñar preguntas y temáticas a abordar: (1) Explicar los fundamentos que sustentan los planteamientos de las y los jóvenes universitarias/os en perspectiva de reconocimiento y equidad de género; (2) Analizar los discursos de jóvenes universitarias/os chilenas/os respecto del matrimonio igualitario que aporten elementos de discusión en ámbitos socioculturales y sus alcances éticos políticos; (3) Comprender los significados que construyen las y los jóvenes universitarias/os respecto del matrimonio igualitario y desde el abordaje sociopolítico.

Las preguntas que se levantaron se relacionaban con la postura de los y las estudiantes respecto al matrimonio igualitario y el fundamento de tal posición desde las dimensiones culturales, religiosas, políticas u otras. Además, se consultó a los y las participantes sobre el conocimiento que tenían sobre los derechos que garantizaría una ley de Matrimonio Igualitario, tales como derechos patrimoniales (administración de bienes, dineros, derechos sucesorios, herencia), derecho al reconocimiento diversidad sexual, derechos de filiación (posibilidad de tener hijos biológicos o adoptados), derechos vinculados a la seguridad social, o bien, derechos a tener igualdad de condiciones como ciudadanos/as. En tercer lugar, se consultó si, según su percepción, la sociedad chilena se encuentra preparada para incluir familias constituidas por estas uniones matrimoniales, a lo cual se agregó la consulta sobre su percepción de la homoparentalidad y/o la lesbomaternidad.

 

Participantes

Se convocó a estudiantes universitarias/os del país a responder un cuestionario digital a través de la plataforma Google Forms, por medio de un procedimiento de muestra por redes o bola de nieve, el que tiene por característica central la incorporación de nuevos sujetos a la muestra, en la medida que son invitados o referenciados por sujetos que ya están participando de la investigación (Hernández y Mendoza, 2018). El instrumento posibilitó tomar contacto con estudiantes que tuviesen interés en discutir sobre la temática propuesta en la investigación, proponiéndoles preguntas cerradas y abiertas. En la convocatoria no hay exclusión de edad, sexo ni nacionalidad. En esta encuesta participaron 84 estudiantes, en su mayoría mujeres (81%) estudiantes universitarias/os de Chile, quienes en un alto porcentaje fueron jóvenes entre los 18 a 22 años (78%). Principalmente, las respuestas provinieron de jóvenes de la Región Metropolitana (91%), tanto de universidades públicas como privadas.

Posterior a esta etapa, se organizaron cuatro grupos de discusión en las que participaron el 32% de los estudiantes que contestaron el formulario, por lo tanto, en su mayoría eran de la región Metropolitana y de un promedio de edad de 20 años, en este caso, la participación de hombres y mujeres fue más equilibrada numéricamente. La sesión de grupo de discusión se desarrolló en formato virtual a través de la plataforma ZOOM, durante un tiempo aproximado de 90 minutos, las cuales fueron respaldadas a través de la grabación de la sesión. En el grupo de discusión se trabajaron, inicialmente, las mismas preguntas que se realizaron en el Google Forms, aunque el intercambio entre las y los participantes suscitó nuevos cuestionamientos sobre el tema, profundizando en las características de la sociedad chilena, la influencia de las creencias religiosas, elementos de bioética que se entrecruzan en la posibilidad de paternidad y maternidad de las parejas homosexuales, procesos de exclusión-inclusión, garantía de derechos, entre otros.

 

Análisis de datos

El análisis de datos se llevó a cabo a través de la técnica de análisis de contenido dada la relevancia que tiene el develar la significación de los mensajes emitidos por los sujetos en función de su contexto particular (Bardin, 2002). El procedimiento se inicia con las lecturas de las narrativas expuestas por las y los estudiantes, la organización de los discursos en función de categorías y subcategorías emergentes, el análisis de las categorías y el levantamiento de un escrito que dé cuenta de este proceso.

 

Consideraciones éticas

En la investigación se toma en consideración los derechos fundamentales de las y los participantes, tales como el derecho a la intimidad, el anonimato y el consentimiento informado para grabar. Para ello, se toman medidas de resguardo y bioética en la investigación, de tal manera que las y los participantes se sientan libres y seguros. Se envía a las/los participantes el consentimiento informado de tal modo que conozcan el propósito de la investigación, sus alcances metodológicos y la devolución de la información en formato escrito y en presentaciones en seminarios, coloquios, conversatorios, entre otros.

El estudio fue aprobado por el Comité de ética de la Universidad Autónoma, quien evalúa que el estudio no vulnera la dignidad de las y los participantes involucrados, asegura su derecho al anonimato y garantiza la protección de la confidencialidad de los datos. Además, se enmarca en los principios de respeto a los Derechos Humanos garantizados en los procedimientos, metodologías y procesos investigativos. Por último, se señala que el protocolo de investigación se ajusta a los estándares éticos y es coherente con los preceptos y contenidos en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, 2005) y, la Declaración de Helsinki (Asociación Médica Mundial, 2017)1.

 

Resultados

Los resultados serán presentados en cuatro categorías que surgen del análisis de las narrativas de los y las estudiantes tanto en el cuestionario como en los grupos de discusión. De esta manera, se desarrollan las dimensiones de (1) derecho, libertad y reconocimiento; (2) filiación y adopción; (3) cambio de paradigmas socioculturales y ético político; (4) educación formal como agente de transformación. Se utiliza para citar el cuestionario la sigla C, el número de la pregunta (1 al 14) y el número del estudiante (1 al 84), (Cx, Ey). Para los grupos de discusión se utiliza GD, el número del conversatorio (1 al 4) y el número del estudiante que participó (GDx, Ey).

 

Derecho, libertad y reconocimiento

En el cuestionario las/los estudiantes responden una pregunta cerrada sobre su postura de estar a favor o en desacuerdo del matrimonio igualitario, la respuesta arrojó que el 97% lo aprueban. Este número, que pudiese ser esperable para los y las investigadoras del artículo, es significativo en comparación con otros estudios similares realizado en Panamá a estudiantes universitarios/as donde “el 52% de los participantes están de acuerdo con el mismo, y 48% dijo no estarlo” (Santos-Figueroa et al., 2022, p.18).

Ahora bien, las razones de esta postura mayoritaria expresada por las/los estudiantes chilenos/as se fundamentan en el resguardo de los Derechos Humanos. Algunas de las respuestas fueron las siguientes:

Fundamento mi respuesta desde los derechos humanos, no me parece justo que exista una discriminación arbitraria hacia las personas homosexuales a la hora de querer formar una familia y ser protegido por el Estado al igual que a los heteros. (C10, E3)

Yo estoy de acuerdo con el matrimonio igualitario. Creo que las personas homosexuales y lesbianas deben tener los mismos derechos que las personas heterosexuales. Creo que es algo fundamental garantizar los derechos fundamentales de todas las personas independiente de cómo escojan vivir. (GD 3, E2)

Se presentan otros argumentos desde la inclusión, en tanto que el matrimonio como institución no goza de exclusividad solo para las parejas heterosexuales, en este sentido las narrativas critican todo tipo de discriminación y abogan por un reconocimiento efectivo.

Porque se trata de garantizar los mismos derechos para los ciudadanos por parte de un estado garante, sin ningún tipo de discriminación, y al no regularizar este tema se deja al margen a un sector de la población marginada de la ley, sus garantías y seguridad social. (C8, E62)

El matrimonio igualitario es un pequeño escalón en materias de igualdad social y reconocimiento de las diversidades sexuales y de identidad, además de permitirle a las parejas que desean casarse optar por los mismos derechos económicos, sociales y morales que cualquier otro matrimonio. (C8, E45)

Uno de los argumentos utilizados refiere a la libertad personal de elegir en una relación sexo afectiva. Se subraya que esta opción se basa en el amor en cuanto proyecto de vida, donde no debiera ejercerse ninguna presión externa, siempre y cuando esta elección no dañe a otro, como sucede con el matrimonio entre parejas homosexuales.

Amor es amor y todos tienen derecho a estar con la persona que uno ama y con quien desee estar, ya que ser el homosexual no es una enfermedad. (C8, E22)

Derecho a ser felices, nadie debe decidir, ni impedir nuestros deseos y felicidad, más aún si estos sueños no le hacen daño a nadie. (C8, E61)

Finalmente, se puede afirmar que las/los estudiantes universitarias/os que participaron de esta investigación no solo están de acuerdo con la Ley de Matrimonio Igualitario, sino que además la valoran, puesto que la consideran de igual dignidad que una relación heterosexual, reconociendo que la relación homosexual ha sido discriminada históricamente y que es necesario revertir esa situación.

 

Filiación y adopción

Para la encuesta CADEM (2021), el 74% de los encuestados está de acuerdo con el matrimonio igualitario, y un 65% con la adopción homoparental o lesbomaternidad. La pregunta que se les hacía a los y las estudiantes se orientaba hacia su percepción en torno a las razones por la que se producía esta diferencia porcentual y con ello indagar su postura sobre el tema de la filiación y la adopción. Sus respuestas se inclinaron a favor de que se garanticen los mismos derechos que para las parejas heterosexuales, sin embargo, reconocen prejuicios sociales sobre el tema.

Mucha gente piensa: “es su vida y que ellos hagan lo que quieran con ella, pero no metan a los niños en su saco”. Y lo ven como algo solo entre ellos a puerta cerrada. (C14, E37)

Muchas veces las posiciones con respecto a la adopción homoparental/lesboparental se basan en prejuicios hacías las personas diversas porque se dice que si la crían dos papás o dos mamás probablemente vaya a ser después lesbiana o gay y eso viéndolo como un problema siendo que de problema no tiene nada. (GD3, E6)

Se considera que estos prejuicios están anquilosados en una estructura tradicional de familia nuclear, donde la figura masculina/paterna y femenina/materna es el único ambiente adecuado para que el niño o niña se desarrolle. Al respecto, los/las jóvenes muestran una postura rupturista puesto que son enfáticos en señalar que una familia heterosexual no garantiza un espacio sano de desarrollo del infante.

La adopción homoparental se ve de una manera más negativa porque aún se cree que los niños deben nacer y crecer en un ambiente donde haya una figura paterna y materna, aun sabiendo que la realidad del país es otra, ya que muchas familias ahora son de tipo monoparental (una madre o un padre). (C14, E63)

En estos días hubo una noticia de una pareja homoparental que adoptó a una niña con problemas de salud, luego de ser abandonada por sus padres biológicos. Ante esto, creo que es una clara razón por la cual en este país se puede crear una familia con un matrimonio igualitario. (C13, E19)

Junto a estos argumentos, otros agregan el factor contextual nacional del Servicio Nacional de Menores SENAME, institución que no ha logrado entregar una protección adecuada a niños, niñas y adolescentes del país; en este sentido, los/las jóvenes estudiantes argumentan:

Existen muchos casos de violencia y maltrato infantil donde los niños lamentablemente son derivados a instituciones como el SENAME. Estos niños, o aquellos que han sido abandonados merecen tener la oportunidad de formar parte de una familia, de ser amados, cuidados, respetados y valorados. Es por esta razón de suma humanidad que debería considerarse parte de la ley de matrimonio igualitario. (C13, E6)

Hoy en día la política y personas de mente cerrada prefieren que lo niños se queden en el SENAME en donde sufren de violencia y abandono, en cambio de tener la posibilidad de ser adoptado por una familia homoparental que le va a dar amor y cubrir sus necesidades, dándole una mejor vida a estos niños vulnerables. (C13, E47)

Por último, las/los estudiantes refieren a otras formas de filiación, no solo la adopción, utilizando tecnología médica de reproducción, al respecto señalan:

La filiación también se refiere a la reproducción asistida, por tanto (las parejas homosexuales) podrían ser padres o madres si se legislara en ese sentido. Usando vientres de alquiler, prestados o arrendados, como otra forma de tener hijos. (GD1, E5)

Es necesario establecer caminos éticos, temas de resguardo no solo para personas homosexuales, también para parejas heterosexuales que pudieran usar ese tipo de reproducción asistida para tener hijos. (GD1, E3)

En este sentido las/los estudiantes refieren a dimensiones legislativas y éticas de la reproducción asistida, que representa un desafío para la sociedad chilena en vías de ir avanzando en esta materia, donde confluyen intereses de parejas, independiente de su composición de género.

 

Cambios socio culturales

En el cuestionario las/los estudiantes responden una pregunta cerrada, sobre si la sociedad chilena está preparada para incluir familias constituidas por uniones matrimoniales del mismo sexo, al respecto, el 69% responde afirmativamente y el 31% señala que no está preparada. Los argumentos de esta última respuesta se fundamentan en el hecho que aún no existe un cambio socio cultural significativo que permita la inclusión. Algunas respuestas fueron las siguientes:

No, porque nos encontramos en una sociedad sumamente discriminatoria respecto a las disidencias sexuales. Aún falta mucho por aprender, pero mientras continúe la lucha por el reconocimiento e igualdad vamos bien encaminadas/os. (C13, E15)

A pesar de haber avanzado harto en este tema, siento que aún hay mucha gente que está recién aceptando que existan diversas orientaciones sexuales, entonces que se apruebe el matrimonio igualitario no creo que sea bien recibido por una parte de la sociedad. (C13, E62)

En este sentido, cuando se afirma que la sociedad chilena no está preparada para este cambio, las/los estudiantes señalan que hay que provocar transformaciones sociales de igual manera. A su vez, reconocen factores que impiden las transformaciones socio culturales para acoger la ley de matrimonio igualitario, entre ellos se encuentra el patriarcado, el conservadurismo y posturas de tipo religiosas.

Creo que estamos insertos en una sociedad patriarcal, la cual no reconoce más allá del matrimonio hombre-mujer. (C13, E70)

Estamos en una sociedad que de a poco se ha ido desprendiendo de una lógica religioso-conservadora, las nuevas generaciones están preparadas para reconocer las diversidades. (C13, E20)

Considero que la cultura, tanto a nivel nacional como latinoamericana, deben acogerse a nuevos modelos culturales y dejar de lado lo tradicional. (C8, E83)

Otro factor que apareció de forma recurrente es la diferencia etaria, puesto que las/los jóvenes consideran que para las antiguas generaciones es más difícil abrirse a nuevos tipos de relaciones y, más aún, aquellas que refieren a parejas del mismo sexo.

Tengo la sensación de que los jóvenes tenemos más normalizada la comunidad LGBT+, pero son las personas de edad más avanzada, porque vivieron en otra época, que tienen rechazo hacia la comunidad. (C13, E77)

Los jóvenes son los que mueven el país, ha quedado claro en el último tiempo. Por lo tanto, es la mente de los adultos la que debe abrirse y cambiar. (C13, E54)

Aquellos que consideran que la sociedad chilena está preparada lo argumentan desde la perspectiva del proceso, considerando que, si bien la ley de matrimonio igualitario lleva un largo tiempo de discusión y tramitación, a la vez, se han ido produciendo cambios paulatinos importantes.

Hemos podido conocer y vivir las transformaciones y avances que han tenido las diversidades sexuales en contexto de la cultura, ya que históricamente esta diversidad había sido opacada por una sociedad machista y heteronormada, sin embargo, con el tiempo se ha logrado grandes avances en esta materia, como la ley de la identidad de género, la ley Zamudio, entre otros, pero todavía queda un largo camino que recorrer y está ley iguala la cancha con relación al matrimonio, garantizando los derechos de todas las personas por igual. (C8, E82)

Hoy en día hay la gente es más abierta de mente y también hay gente con más estudios, por lo que creo que puede estar más equiparada la balanza hacia la igualdad y aceptación. (C13, E80)

Como se puede apreciar ha habido un camino de visibilización de la diversidad sexual, una trayectoria legislativa y progresos en el conocimiento donde diversas disciplinas han aportado a la comprensión de esta realidad, sin embargo, las/los estudiantes afirman que una transformación fundamental se debe dar en la convivencia y así erradicar todo tipo de violencia relacionada al género.

Para mí, siendo lesbiana, y como miembro de la comunidad, siento que hay temas más prioritarios mucho más importantes como los asesinatos y hechos discriminatorios dentro de la población. Pero también entiendo que para muchas de las personas que conforman la comunidad (LGTBIQ+) el matrimonio sí es algo importante para elles en sus vidas. (GD3, E2)

Estar de acuerdo con el matrimonio igualitario, ayudaría a reducir la homofobia en el país e impulsaría la aceptación. (C8, E10)

Para que sucedan estos cambios socioculturales, las/los jóvenes reconocen la importancia de los movimientos sociales, que han ayudado a visibilizar y a la vez a educar a la población sobre los derechos de las disidencias sexuales.

Personalmente tengo un amigo que falleció. Porque fue asesinado por su orientación sexual. Entonces, las noticias dijeron que fue asesinada una persona. Pero no se mencionó que este asesinato fue por su orientación sexual y ahí fue cuando uno de los movimientos, no sé muy el nombre, se hizo cargo y tuvieron que repetir la noticia diciendo, esta persona fue asesinada por su orientación sexual. (GD2, E4)

Ellos, como movimiento social nos han enseñado eso, que no son solamente lesbiana y gay, sino que hay mucho más... transgénero y todos son tan discriminados e invisibilizados en sus derechos. Creo que eso ha sido importante. (GD2, E1)

En estos cambios socioculturales es imprescindible el papel de los medios de comunicación y redes sociales. Al respecto, los/las participantes de la investigación, aunque no se les preguntó directamente sobre el tema, aludieron a estos medios considerándolo como un sujeto de transformación fundamental.

Quiero destacar que los medios de comunicación juegan un papel importante. Por poner un ejemplo super básico en la televisión en Netflix hay muchas más películas de corte lesbiana. Creo que se está produciendo ese cambio de conciencia y la televisión juega un papel relevante, por ejemplo, lo que les mencionaba en las películas empieza a hacerse más común, empieza a visibilizarlo de manera más seguida y hacerlo parte de la realidad y de la sociedad. (GD3, E1)

 

La educación como pilar de la formación de personas

Las/los estudiantes consideran la educación como un aspecto relevante en los cambios socioculturales, políticos y éticos que la sociedad chilena debiese realizar considerando el matrimonio igualitario excediendo, al mismo tiempo, el marco legislativo, para impactar en las relaciones de trato directo con las personas. En este sentido consideran que la educación en la familia es muy importante.

Yo tuve la suerte de crecer en una familia en donde se me enseñó a no discriminar al resto de las personas por ser diferentes, no soy capaz de entender porqué vamos a criticar a una persona por su identidad de género. (GD 2, E4)

El cambio debe venir desde casa, de la misma familia, y también va de la mano con la educación. Los niños pasan gran parte del tiempo en la escuela, pero lo más importante son los valores que se entregan en la casa el respeto, la tolerancia. Uno puede no estar de acuerdo, pero tiene que dejar ser a la otra persona. (GD4, E6)

También vislumbran la necesidad de articular familia y educación formal, siendo esta la garantía de los cambios sociales, porque la familia pudiese permanecer más en una estructura tradicional. De allí la importancia de educar en inclusión y que haya políticas ministeriales que así lo propicien.

Educar desde pequeños a los niños y niñas en el tema de la inclusión. Que todos los seres humanos somos distintos. Lamentablemente, hay políticos que quieren eliminar cualquier tema de género de la educación. (GD3, E1)

La educación es muy importante, una educación sexual de temprana edad para que temas como estos puedan hablarse desde chiquito y que el niño, al estar en clases de educación sexual, pueda identificarse con lo dicho. Lo anterior puede evitar muchos problemas psicológicos para niños y adolescentes y, también, para educar a las personas que tienen un pensamiento más sesgado en estos temas. (GD3, E1)

 

Discusión

El acento en la reflexión de las/los estudiantes está puesto en la necesidad de cambios socioculturales que implica ser un país con una Ley de Matrimonio Igualitario. Como ellos mismos señalan, si la sociedad civil y las instituciones no se transforman, la promulgación de la ley terminaría siendo estéril, porque no se cumpliría el fundamento básico que es el respeto a las diversidades. En este sentido, existe una visión positiva frente a la Ley 21.400, considerada como adelanto, en cuanto reconocimiento del amor y valoración de proyectos de vida entre parejas homosexuales, a lo que se agregan diversos derechos, como el de filiación, herencia, patrimonio, laborales y reconocimiento público de beneficios. Sin embargo, las/los estudiantes estiman que existen otros asuntos pendientes y que son de alta importancia, como la discriminación, los crimines por odio, el respeto y el reconocimiento; aspectos que coinciden con los estudios académicos sobre las problemáticas que enfrentan las disidencias sexuales en Chile (Sanhueza, 2021). De hecho, se puede percibir en los relatos la preocupación por la violencia de género que ataca a las disidencias sexuales, entonces, se plantea la necesidad de resolver como sociedad la homofobia y la transfobia que también solicitan de un aparataje legal efectivo.

Los y las participantes son conscientes que los cambios se despliegan desde abajo, a través de las colectivas feministas o grupos disidentes, quienes han incidido en la instalación de estos temas, amplificando sus voces a través de los medios de comunicación y las redes sociales. Pero también han sido conscientes que los cambios se realizan desde arriba, a través del soporte de las políticas públicas. En este sentido, las/los estudiantes universitarios/as se manifiestan en favor del matrimonio igualitario, como una forma de institucionalizar los derechos de las diversidades sexuales. Al respecto, es importante considerar los argumentos de esta postura y, en este sentido, se puede descubrir en sus narrativas el reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, ya que las/los universitarios buscan sumarse a los diversos tipos de reivindicaciones y, este ámbito de matrimonio igualitario, formaría parte de estas demandas. En este sentido, tal como señalan Álvarez y Muñoz (2022), el rol de los medios de comunicación ha sido fundamental en visibilizar estas demandas que buscan relacionarse con garantía de derechos de las personas, de allí que no es menor el cambio de lenguaje, en cuanto llamarle “matrimonio igualitario” y no “matrimonio homosexual”.

También se puede apreciar la influencia que ha tenido el movimiento feminista al instalar la perspectiva de género y la denuncia de la naturalización del patriarcado que ha instalado un sistema binario opresivo. De esta manera, se sitúa en la sociedad y, específicamente, en la universidad, una nueva cosmovisión que articula un movimiento en las creencias, creando nuevas narrativas, es decir, innovadoras formas de actuar, distintas a las tradicionales. Al respecto, los y las jóvenes estudiantes son muy críticos con las posturas conservadoras representadas, especialmente, por instituciones eclesiales de tipo autoritarias, siguiendo la nomenclatura de Fromm (1971), quien distingue entre religiones autoritarias y humanitarias. La primera, se desarrolla como paradigma del inmovilismo que no permite que evolucione el pensamiento ni la sociedad, tal como lo denuncian diversos autores latinoamericanos en sus estudios sobre la instalación del matrimonio igualitario en sus respectivos países (León et al., 2022; Wong, 2022; Aguirre et al., 2016; Carbonelli et al., 2011).

En este sentido, el tema de adoptar hijos/as por parte de parejas de homosexuales, pareciera ser una realidad más difícil de aceptar desde posturas más conservadoras. Los y las participantes afirman que hay sectores de la sociedad que no estarían preparados para asumir estos cambios, porque sería aceptar un proyecto de vida de pareja disidente que involucra a niñas/os. Al respecto, las/las universitarias/os denuncian los prejuicios sociales que las parejas homosexuales viven, por cuanto, señalan, que hay segmentos de la sociedad que insisten en considerar su orientación sexual como una aberración donde niñas/os se podrían contagiar de homosexualidad, en el sentido que sería un comportamiento que se aprende por modelamiento. Las narrativas son coincidentes con los estudios de Alday et al. (2022), quienes plantean como un obstáculo para el reconocimiento de las parentalidades y marentalidades desde las diversidades sexoafectivas en el ámbito simbólico “los modelos hegemónicos de relaciones de género, conservadurismo, filosofía natural, machismo y estigma/prejuicio” (p.11).

Al respecto, los y las estudiantes consideran que es un tema de más larga data y que se debe seguir discutiendo la procreación asistida, vientres de alquiler, normativa filial y parental, además de la perspectiva bioética.

Finalmente, aluden a la importancia de la educación para abrir y consolidar los cambios socioculturales; en este sentido, es muy importante la socialización de la Ley, en lo que respecta a sus concepciones antropológicas, culturales y éticas. Al respecto, afirman que la educación informal de las familias y el entorno es fundamental, sin embargo, acentúan el contexto formal, porque sería un ámbito más propicio de transformación debido a que la familia muchas veces queda atrapada en visiones más conservadoras y no se constituirían en agentes de cambio. Al respecto, consideran la necesidad de levantar programas de educación sexual integral, articulando una relación necesaria entre educación y sociedad, para que la institución educativa posibilite mediante el curriculum los fundamentos antropológicos y sociológicos que haga a la ley vinculante. En este sentido, desde las narrativas de los y las universitarias se puede apreciar la necesidad de una política pública de educación sexual, afectiva y de género, con una perspectiva de derechos humanos desde la primera infancia que aún no ha sido posible aprobar en el Congreso (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, BCN, 2021).

 

Conclusiones

La institución del matrimonio ha sido concebida históricamente como un contrato solemne entre un hombre y una mujer con el fin de la procreación y el cuidado mutuo. Esta declaración ha estado naturalizada en nuestra sociedad y potenciada por nociones establecidas e inmutables en las normativas y en la comprensión de la sociedad chilena.

La Ley de Matrimonio Igualitario es una señal de equidad, puesto que no intenta realizar remediales o políticas compensatorias para las diversidades sexuales y de género (de modo de pseudo incorporar las políticas públicas al discurso oficial), más bien, se constituye en una ley que provoca modificaciones profundas, partiendo por el cambio de terminología de hombre y mujer por cónyuges, además de considerar la filiación, adopción y el patrimonio como ámbitos centrales, cuestión muy esperada por algunos sectores de las diversidades sexuales.

Sin embargo, con la aprobación de la ley no se puede afirmar que todo está resuelto en materia de justicia y dignidad, puesto que aún persiste la discriminación y la connotación de censura, rechazo e incomprensión a las otredades sexuales. En ese sentido, el reconocimiento a las diversidades sexuales es un tema pendiente por el rechazo que persiste hacia las personas que viven desde otras subjetividades. Un aspecto peligroso de discriminación es borrar e invisibilizar desde la perspectiva ética y de derechos las posibilidades de vivir una vida plena como ciudadanas y ciudadanos. Existe una heteronormatibilidad y hegemonía patriarcal que ha permeado las instituciones, polarizando lo que se concibe como aceptable, es decir, entre aquellas personas que pueden gozar de prerrogativas, y otras/os que no gozan de estas preeminencias y, cuando lo hacen, es por una excepción o concesión de una pseudo inclusión, al modo de un permiso provisorio para esconder las desventajas históricas que han padecido como prohibiciones las minorías sexuales, y que se manifiestan por negacionismo o privación explicita.

Reconocer los derechos de las disidencias sexuales ha llevado décadas de lucha y se ha logrado sobre todo por las demandas y reclamación de los movimientos ciudadanos, a través de manifestaciones, de coordinación entre colectivos y porque se instala en el imaginario social como un derecho humano ineludible. En este sentido, la Ley 21.400 es relevante en la medida que logra dinamizar, desplegar y articular los dispositivos pertinentes de modo de generar un sistema donde la ley se comprenda y aplique considerando los Derechos Humanos fundamentales de las personas: el respeto, el reconocimiento y la no discriminación.

Lo anterior, requiere de transformaciones sustantivas en la sociedad chilena, que considere una ciudadanía deliberativa y participativa que permita colocar en la agenda pública aquellos aspectos que la ley subentiende, junto con una normativa que sea contundente en su aplicación.

A su vez, desde lo ético, se origina una ruptura con lo establecido, donde se fractura lo tradicional y funcional -familia nuclear (padre, madre, hijas/os), clase media, blanca-, dando paso a nuevas configuraciones familiares. Entonces, el paradigma del ideal de familia se ha derribado, dando pasos a nuevas significaciones que de facto operan en nuestra sociedad, pero que no se le habían reconocido aún sus derechos. Por lo tanto, este reconocimiento es un triunfo que no ha sido regalado, sino que es producto de reclamaciones históricas que superan las demandas clásicas de vivienda, educación, salud, entre otras, sino que más bien las contienen dentro de un marco legal integral de derechos. En este cambio social, las/las jóvenes chilenas/os se perciben como sujetas/os políticas/os de cambios estructurales.

 

Referencias bibliográficas

Aguirre, J., Silva, A. y Pabón, A. (2016). El papel de la religión en la esfera de lo público: análisis a partir de la discusión sobre la regulación del matrimonio igualitario en Colombia en la Sentencia C-577 de 2011. Estudios de Derecho, 73(161), 181-203. https://dx.doi.org/10.17533/udea.esde.v73n161a09

Alday-Mondaca, C. y Lay-Lisboa, S. (2021). Política, orgullo y rebeldía: Tácticas para disputar derechos. Diversidades sexuales y parentalidad. Quaderns de Psicologia, 23(1), e1671.

Álvarez, M. y Muñoz, C. (٢٠٢٢). Provocando el Cambio Cultural: La estrategia comunicacional de las ONG para empujar el Matrimonio Igualitario en Chile. Revista Más Poder Local, 48, 135-157.

Araya, V. (2021). El principio de interpretación conforme a los derechos humanos en dos sentencias: filiación homoparental y matrimonio igualitario. Opinión Jurídica, 20(42), 255-274.

Araya, C. y González, J. (2019). Valoraciones discursivas en torno a la discusión acerca del matrimonio igualitario en Chile. Literatura y lingüística, 39, 251-274. https://dx.doi.org/10.29344/0717621x.39.2013

Asociación Médica Mundial (2017). Declaración de Helsinki. https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm-principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/

Astrain, L. (2021). Matrimonio igualitario en México: entre la discriminación y el discurso de odio. Reflexiones en torno a sus implicaciones jurídico-penales. Alegatos, 107, 75-95.

Azócar, M. y Lathrop, F. (2018). A propósito de la unión civil en Chile: Por una jurisprudencia feminista y queer. Latin American Research Review, 53(3), 485–499. http://doi.org/10.25222/larr.393

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (2021, 06 de octubre). Proyecto propone incluir la educación sexual, afectiva y de género desde la primera infancia. Delibera. https://www.bcn.cl/delibera/pagina?tipo=1&id=proyecto-propone-incluir-la-educacion-sexual-afectiva-y-de-genero-desde-la-primera-infancia.html

Barbour, R. (2013). Los grupos de discusión en investigación cualitativa. Morata.

Bardin, L. (2002). Análisis de contenido. Akal.

Barragán-Pérez, V., Berenzon-Gorn, S., García-De la Torre, G. y Lara-Muñoz, M. (2016). Actitudes hacia la homoparentalidad: validación psicométrica de dos escalas en una muestra de estudiantes mexicanos. MedUNAB, 19(2), 85. https://link.gale.com/apps/doc/A490856114/IFME?u=googlescholar&sid=bookmark-IFME&xid=7cc00ab8

Barros, J. y Guerra, M. (2021). La adopción homoparental en el Ecuador. Análisis desde una mirada constitucional. Revista Científica FIPCAEC6(4), 278-298.

Basaure, M. (2021). Matrimonio igualitario. Reconstrucción y posición frente a una controversia filosófica, política y jurídica. ALPHA: Revista de Artes, Letras y Filosofía, 1(52), 111-131. http://dx.doi.org/10.32735/S0718-2201202100052886

Brito, S., Azócar, R., Flores, C. y Basualto, L. (2021). Matrimonio igualitario un derecho fundamental. Edición chilena Le monde Diplomatique, 21(230).

CADEM (2021, 06 de junio). Plaza Pública nº 386. https://www.cadem.cl/encuestas/plaza-publica-no-386-6-de-junio/

Carbonelli, M., Mosqueira, M. y Felitti, K. (2011). Religión, sexualidad y política en la Argentina: intervenciones católicas y evangélicas entorno al aborto y el matrimonio igualitario. Revista del Centro de Investigación. Universidad La Salle, 9(36), 25-43.

Cárcamo, H. (2005). Hermenéutica y Análisis Cualitativo. Cinta de Moebio, 23, 204-216. www.moebio.uchile.cl/23/carcamo.htm

Castiblanco, A. y Roa, M. (2019). Actitudes hacia la adopción homoparental: un estudio comparativo entre padres de familia de una institución educativa y jóvenes universitarios [tesis de pregrado, Universidad Santo Tomás, Villavicencio, Colombia].

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1992). Recomendación General Nº 19 de la CEDAW: La violencia contra la mujer. https://violenciagenero.org/sites/default/files/cedaw_1992.pdf

Código Civil. (2000). https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2002/1803.pdf

Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2018). Cuadernillo de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos n°19: Derechos de las personas LGTBI. https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo19.pdf

Díaz, B. (2021). Derechos humanos sobre el matrimonio igualitario en Ecuador. RECIMUNDO, 5(2), 89-106. https://doi.org/10.26820/recimundo/5.(2).abril.2021.89-106

Farias, A. (2016). Matrimonio igualitario en Chile: incidencia de la identificación política en la opinión pública. Aposta. Revista de Ciencias Sociales, 71, 34-61.

Flick, U. (2015). El Diseño de investigación cualitativa. Morata.

Fromm, E. (1971). Psicoanálisis y religión. Psique.

Fuentes, M. (2017). Haciendo familia en el Chile del siglo XXI: desafíos y posibilidades para personas LGBT [conferencia]. Seminário Internacional Fazendo Gênero 11 & 13thWomen’s Worlds Congress (Anais Eletrônicos). http://www.wwc2017.eventos.dype.com.br/resources/anais/1500257238_ARQUIVO_FuentesRiquelme_HaciendofamiliaLGBTChile_Final.pdf

Galaz, C. y Sepúlveda, M. (2020). El sujeto sexual preexistente al derecho: fijaciones y territorializaciones en la ley de Acuerdo de Unión Civil en Chile. Discurso & Sociedad, 14(2), 264-285.

García, T. (2003). El cuestionario como instrumento de investigación/evaluación. http://www.univsantana.com/sociologia/El_Cuestionario.pdf

Hernández Sampieri, R., y Mendoza, C. P. (2018). Metodología de la investigación: Las rutas cuantitativa, cualitativa y mixta. McGraw-Hill Education

Herrera, F. y Teitelboim, B. (2010). La mirada de los chilenos a la familia. En Universidad Diego Portales (ed.), Encuesta nacional UDP (pp. 121-135). UDP.

IPSOS (2021). LGBT+ PRIDE 2021. Global Survey. https://www.ipsos.com/sites/default/files/ct/news/documents/2021-06/LGBT%20Pride%202021%20Global%20Survey%20Report_2.pdf

Jaramillo, G. (2020). Necesidad de un régimen patrimonial igualitario y relaciones de familia en Chile. Análisis comparado [tesis de grado, Universidad de Chile].

Lamas, G. y Ramírez, D. (2018). La familia ensamblada: una nueva concepción familiar. Revista Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata. UNLP, 15(48), 229-244.

León, G., Paredes, D., Mora, M. y Hurtado, C. (2022). Matrimonio igualitario como mecanismo de protección de los derechos de la comunidad LGBTI. Revista Universidad y Sociedad, 14(S4), 202-209.

López-Sánchez, R. y Enríquez-Fuentes, G. (2020). El derecho al matrimonio homosexual a la luz de los sistemas interamericano y europeo de Derechos Humanos, y el desplazamiento de la doctrina del margen de apreciación nacional en México. Revista De Investigaciones Universidad Del Quindío, 32(2), 47-58. https://doi.org/10.33975/riuq.vol32n2.439

Marshall, P. (2018). Matrimonio entre personas del mismo sexo: una aproximación desde la política del reconocimiento.  Polis, 49, 1-25.

Ministerio Secretaria General de Gobierno. (2015). Ley 20.830. Crea el acuerdo de unión civil. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1075210

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2021). Ley 21400. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1169572

Morales-Murillo, M., Erazo-Álvarez, J., Pinos-Jaén, C. y Narváez-Zurita, C. (2020). Adopción homoparental en el ordenamiento jurídico ecuatoriano en interés superior de los niños y adolescentes. Iustitia Socialis, Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas, 5(1), 376-396.

Morrison, R., Araya, L., Del Valle, V. y Silva, K. (2020). Occupational apartheid and human rights: Narratives of Chilean same-sex couples who want to be parents. Journal of Occupational Science, 27(1), 39-53. https://doi.org/10.1080/14427591.2020.1725782

Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (2021). Informe Anual de Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género en Chile. https://www.movilh.cl/wp-content/uploads/2021/03/XIX-Informe-Anual-DDHH-MOVILH.pdf

Muñoz, C. (2020). El rol del MOVILH y de la Fundación Iguales en el proceso de incorporación del matrimonio igualitario en la agenda legislativa chilena [tesis de grado], Universidad Alberto Hurtado, Santiago de Chile].

Neira, L. (2020). Actitudes que se presentan en los estudiantes de 1 y 2 semestre del programa de trabajo social en la Universidad Simón Bolívar sede Cúcuta hacia el matrimonio igualitario en la comunidad LGTBI [tesis de pregrado, Universidad Simón Bolívar, Barranquilla, Colombia].

Organización de las Naciones Unidas (2015). Declaración Universal de los Derechos Humanos. https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (2005). Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. https://www.conicyt.cl/fonis/files/2013/03/Declaraci%C3%B3n-universal-sobre-Bio%C3%A9tica-y-Derechos-Humanos.pdf

Palavecino, L. (2018). Matrimonio y acuerdo de unión civil: análisis de la “nueva familia chilena” y próximos desafíos legislativos. Revista de la Facultad de Derecho de México, 68(272), 683-716. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2018.272-2.67587

Piedrabuena, V. (2020). Comaternidad en Chile. Reconocimiento legal de los hijos e hijas en familias lesbomaternales [tesis de grado, Pontificia Universidad Católica de Chile].

Pinto, J. (2017). Análisis crítico de la sentencia del Tribunal Constitucional de Chile, de 3 de noviembre de 2011, en relación al matrimonio igualitario [tesis de grado Universidad de Chile].

Principios de Yogyakarta (2007). Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. https://www.refworld.org/cgibin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&docid=48244e9f2

Quintero, Y. (2021). El matrimonio igualitario un camino hacia la igualdad de derechos con amparo constitucional. Derectum, 6(1), 49-65.

Romero, M. (2021, 21 de julio). El Senado de Chile aprueba el matrimonio igualitario. France 24. https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20210721-chile-senado-aprueba-matrimonioigualitario-camaradiputados

Rubio, B. (2021, 07 de agosto). Todo sobre el matrimonio igualitario. Diario Constitucional. https://www.diarioconstitucional.cl/reportajes/todo-sobre-el-matrimonio-igualitario/

Sanhueza, M. (2021). Construcción sociohistórica de la discriminación de la llamada comunidad de la diversidad sexual. Análisis chileno. Revista Digital SOLONIK Políticas Públicas y Derechos Humanos, 8, 4-17.

Santos-Figueroa, E., Martínez - de Delgado, R. y Delgado-Castellano, J. (2022). Percepción de los estudiantes de la Universidad de Panamá, acerca del matrimonio Igualitario. Revistas Científica Orbis Cognita, 6(2), 17-32.

Sepúlveda, P. (2021, 2 de junio). Matrimonio Igualitario, ¿la principal demanda de grupos de diversidad sexual y de género? La Tercera, Qué Pasa. https://www.latercera.com/que-pasa/noticia/matrimonio-igualitario-la-principal-demanda-de-grupos-de-diversidad-sexual-y-de-genero/437T2CLJ7ZANTNDS7OFEMKGOT4/

Turkieltaub, M. (2019). El daño al proyecto de vida en los casos de Gabriela Blas y del matrimonio igualitario en Chile [tesis de grado, Universidad de Chile]. http://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/170407/El-da%c3%b1o-al-proyecto-de-vida-en-los-casos-de-Gabriela-Blas-y-del-matrimonio.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Villarroel, J. y Vásquez, N. (2016). Del matrimonio igualitario en Chile. Discusión, evolución y regulación en Chile y en el extranjero [tesis de grado Universidad Finis Terrae, Santiago de Chile].

Wong, E. (2022). Discurso fundamentalista religioso cubano sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo y la educación sexual integral. Estudios filológicos, 69, 235-256. https://dx.doi.org/10.4067/S0071-17132022000100235