La reforma del Libro V del Código Sanitario y el reconocimiento del rol de la psicología en el sistema de salud chileno

The Reform of Book V of the Health Code and the Recognition of Psychology’s Role in the Chilean Health System


Recepción: 24 de abril de 2026 / Aceptación: 15 de junio de 2026

Francisca Pesse Hermosilla1

DOI: https://doi.org/10.54255/lim.vol15.num30.12
Liminales. Escritos sobre psicología y sociedad.
Vol XV. N° 30. Agosto 2026. pp. 273-280.
Licencia CC BY 4.0.

Resumen

Desde el año 2009, los colegios profesionales y el Ministerio de Salud han trabajado en la actualización de un marco normativo históricamente centrado en la medicina, que había relegado a otras disciplinas. La indicación sustitutiva de 2024 introduce cambios estructurales al redefinir el Libro V del Código Sanitario, incorporando descripciones específicas para trece profesiones de la salud, incluida la psicología, y estableciendo principios de interdisciplinariedad, derechos humanos y enfoque biopsicosocial. Entre las principales novedades para la psicología destacan su reconocimiento explícito como profesión sanitaria, la ampliación del campo de acción —que abarca diagnóstico, intervención, neuropsicología, crisis y emergencias—, una mayor autonomía profesional, la creación de protocolos oficiales para la psicoterapia y la incorporación de deberes de colaboración en el bienestar de los equipos de salud. Asimismo, se elimina la obligación de notificar de inmediato al médico en casos de enfermedad mental. En conjunto, la indicación sustitutiva de 2024 posiciona a la psicología como una disciplina clave dentro del trabajo interdisciplinario, acercando el marco chileno a los modelos latinoamericanos contemporáneos y planteando desafíos pendientes, como la acreditación universitaria obligatoria y la implementación de mecanismos de certificación profesional.

Palabras clave: colegios profesionales; Código Sanitario; indicación sustitutiva; acreditación universitaria; Ministerio de Salud

Abstract

Since 2009, professional associations and the Ministry of Health have worked to update a regulatory framework historically centered on medicine, which had relegated other disciplines. The 2024 substitutive indication introduces structural changes by redefining Book V of the Health Code, incorporating specific descriptions for thirteen health professions, including psychology, and establishing principles of interdisciplinarity, human rights, and a biopsychosocial approach. Among the main developments for psychology are its explicit recognition as a health profession, the expansion of its scope of practice —including diagnosis, intervention, neuropsychology, crisis, and emergency response—, greater professional autonomy, the creation of official protocols for psychotherapy, and the incorporation of duties related to the well-being of health teams. Furthermore, the requirement to immediately notify a physician in cases of mental illness is eliminated. Taken together, the 2024 substitutive indication positions psychology as a key discipline within interdisciplinary work, aligning the Chilean framework with contemporary Latin American models and highlighting ongoing challenges such as mandatory university accreditation and the implementation of professional certification mechanisms.

Keywords: professional associations; Health Code; substitutive indication; university accreditation; Ministry of Health

Introducción

El proceso de modificación del Libro V del Código Sanitario ha representado uno de los esfuerzos más significativos de los últimos años para actualizar el marco normativo que regula el ejercicio de las profesiones de la salud en Chile. Desde el año 2009, los colegios profesionales hemos desarrollado un trabajo sostenido con el Ministerio de Salud, que ha atravesado cuatro gobiernos y el paso de varios ministros y ministras, con el objetivo de construir una regulación contemporánea, interdisciplinaria y coherente con los principios de los derechos humanos y el enfoque biopsicosocial.

La versión vigente del DFL N.º 725/1967 se encuentra profundamente desactualizada: su redacción original centra la regulación en la medicina, relegando a las demás profesiones de la salud a un rol accesorio o subsidiario. En ese contexto, la indicación sustitutiva ingresada el 19 de enero de 2024 propone una transformación estructural, redefiniendo el Libro V como “Del ejercicio de los integrantes del equipo de atención de salud”, e introduciendo por primera vez descripciones específicas del ejercicio profesional de trece disciplinas de la salud, entre ellas, la psicología.

Cronología del proceso de trabajo

A fines del año 2009, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet, comenzó el trabajo de reforma del Libro V del Código Sanitario con los colegios profesionales de la salud, proceso que se interrumpió con el cambio de mando y la reconstrucción posterremoto (Ministerio de Salud, s. f.). En el año 2010 se realizaron múltiples reuniones en el Ministerio de Salud (MINSAL), que no llegaron a puerto, por lo que varios colegios profesionales optaron por continuar el trabajo con el Poder Legislativo. En 2017, el MINSAL convocó formalmente y por segunda vez a los colegios profesionales para continuar con el proceso de revisión del Libro V. Tras múltiples reuniones, se firmó un protocolo de acuerdo que estableció cuatro principios fundamentales: 1) modificar el artículo 112 para actualizar la enumeración de profesiones sanitarias; 2) no regular las profesiones únicamente vía reglamento; 3) incorporar un texto que definiera el ámbito disciplinario de cada profesión; y 4) consolidar un protocolo entre el MINSAL y los colegios profesionales. Lo anterior ocurrió durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet.

En 2018, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, el ministro Santelices retomó el trabajo, que consistió en desarrollar un texto refundido de los procesos anteriores, el que no fue consultado a los colegios profesionales, y creó una comisión de expertos, en la que todas y todos debían contar con el grado académico de doctorado. Esta comisión de expertos se “apoyaba” en una comisión asesora en la que participaban los colegios profesionales (Ministerio de Salud, 2020). El 17 de diciembre de 2019 se presentó un informe técnico que fue ampliamente observado por los colegios y, en noviembre de 2020, se propuso formalmente el nuevo título del Libro V: “Del ejercicio del equipo de salud”. Los colegios profesionales se organizaron para rechazar la indicación posterior a la comisión de expertos, ya que se consideró que beneficiaba a un solo gremio en desmedro de los demás. En el año 2022, se reactivó el proceso con el retiro de la indicación sustitutiva en trámite por parte de la ministra Begoña Yarza y con el ingreso formal de una nueva indicación sustitutiva ante la Cámara de Diputadas y Diputados en el año 2024. Lo anterior fue producto de un intenso trabajo convocado por el MINSAL con los colegios profesionales. Luego del cese de la mesa de trabajo, la que sesionó por aproximadamente un año, la autoridad sanitaria sostuvo reuniones con los colegios profesionales por separado, y el texto de la indicación sustitutiva solo fue conocido cuando este fue ingresado para su tramitación en el Parlamento. El Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Chile ha sido parte activa del proceso desde el año 2009 (Colegios Profesionales y Ministerio de Salud, 2020).

Principales transformaciones introducidas por la indicación sustitutiva

El texto de la indicación sustitutiva de 2024 (Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 2024) introduce cambios estructurales al Código Sanitario, destacando los siguientes aspectos:

Principales implicancias para la psicología y los equipos de salud

Tras comparar el Libro V del Código Sanitario vigente y la indicación sustitutiva de 2024, y en particular respecto de la regulación de la psicología, los principales cambios para la profesión son los siguientes:

Reconocimiento explícito y ampliación del rol de psicólogas y psicólogos

El Código vigente define los servicios de psicólogas y psicólogos en términos de aplicación de principios y procedimientos psicológicos para asistir, aconsejar o hacer psicoterapia, promoviendo el desarrollo potencial de la personalidad y corrigiendo alteraciones o desajustes. Si atienden a personas “mentalmente enfermas”, deben dar aviso inmediato a un médico especialista y pueden colaborar con este en la atención del paciente.

La reforma propone una definición mucho más detallada y moderna del ejercicio profesional, estableciendo que:

Profesionalización, marco normativo y protocolos

El proyecto exige que la psicoterapia siga protocolos aprobados oficialmente, lo que estructura y estandariza la intervención, algo que antes no se especificaba. El texto nuevo establece un enfoque interdisciplinario, territorial, de género, de derechos humanos y biopsicosocial tanto en la definición del equipo de salud como en el quehacer de psicólogas y psicólogos.

Eliminación de la obligación de notificar “enfermedad mental” de inmediato

Mientras el texto anterior exigía notificar inmediatamente a un médico ante la presencia de enfermedad mental, el nuevo texto exige solo derivar si se trata de una alteración que requiera atención médica, en línea con una visión más moderna e integral de la salud mental y de la autonomía profesional.

Inclusión expresa de nuevas áreas de competencia

Se reconoce a la psicología como interviniente en áreas como la neuropsicología, emergencias, crisis, catástrofes y otras experiencias traumáticas, ampliando considerablemente su campo de acción legal reconocido.

Participación y cuidado de equipos

La reforma introduce deberes de colaboración para el bienestar psicológico de los equipos de salud y la promoción del cuidado de quienes los integren, fortaleciendo el rol de psicólogas y psicólogos dentro de la organización sanitaria.

En resumen

La nueva versión amplía el rol, competencias y autonomía de psicólogas y psicólogos, incorpora explícitamente ámbitos como la neuropsicología y la intervención en crisis, exige protocolos oficiales para la psicoterapia y adapta la derivación médica a estándares internacionales, reflejando un enfoque contemporáneo y formalizado de la profesión.

Estas transformaciones acercan el marco normativo chileno a modelos latinoamericanos contemporáneos, como los de Argentina, Brasil y Uruguay, que reconocen la psicología como una profesión sanitaria con plena capacidad de diagnóstico, intervención y derivación dentro de equipos interdisciplinarios.

Reflexiones finales

El proceso de reforma del Libro V representa un hito histórico en la regulación del trabajo sanitario en Chile. A través de un diálogo prolongado y técnico entre el Estado y los colegios profesionales, se ha avanzado hacia una visión más justa, moderna y plural de la salud, donde las distintas disciplinas aportan desde sus saberes específicos al bienestar de las personas y comunidades.

En el caso de la psicología, esta modificación restablece la coherencia entre la formación universitaria, la práctica profesional y la normativa legal, reconociendo su rol en la evaluación, el acompañamiento y la reconstrucción del bienestar psíquico.

Sin embargo, el proceso aún presenta importantes desafíos: garantizar la participación activa y vinculante de los colegios profesionales en la redacción final de los reglamentos —por ejemplo, qué se entenderá por diagnóstico psicológico y cuál será su alcance—; desarrollar un examen habilitante para el ejercicio de la profesión en el ámbito de la salud; definir criterios y mecanismos de certificación de especialidades; y crear dispositivos de supervisión. Todo ello, junto con asegurar la exclusividad universitaria en la formación y fortalecer la articulación entre el MINSAL y el Ministerio de Educación (MINEDUC) para resguardar la calidad y autonomía disciplinar. Asimismo, como colegio consideramos que la carrera de psicología debe ser incorporada como obligatoria para el proceso de acreditación universitaria, lo que no se contempla en el proyecto en trámite.

En síntesis, el nuevo Libro V no solo redefine el marco legal del ejercicio sanitario en Chile: reconoce el valor del trabajo interdisciplinario, la salud mental como derecho humano y la centralidad de los equipos en el cuidado integral de la vida.

Referencias bibliográficas

Colegios Profesionales y Ministerio de Salud. (2020). Cronología del trabajo para la modificación del Código Sanitario. Colegios Profesionales y Ministerio de Salud.

Ministerio de Salud. (2020). Informe técnico Comité de Expertos: Propuesta de actualización del Libro V del Código Sanitario. Ministerio de Salud.

Ministerio de Salud. (s. f.). Libro V del Código Sanitario vigente (DFL N.º 725/1967). Ministerio de Salud.

Ministerio Secretaría General de la Presidencia. (2024). Indicación sustitutiva al Proyecto de Ley que modifica el Código Sanitario: Libro V. Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

Notas

1 Presidenta del Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Chile.
Afiliación: Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Chile, Chile.
Correspondencia: Román Díaz 935, Providencia, Santiago, Chile.
Código postal: 7500724, Chile.
Correo electrónico: franpesse@gmail.com